Prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad y realizar acuerdos con terceros en el seguro de responsabilidad civil - Núm. 43, Julio 2015 - Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros - Libros y Revistas - VLEX 646062729

Prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad y realizar acuerdos con terceros en el seguro de responsabilidad civil

AutorGustavo Andrés Correa Valenzuela
CargoEgresado de la Universidad del Rosario con mención meritoria y profundización en derecho comercial, abogado con experiencia en litigios civiles y comerciales
Páginas123-158
Fecha de recepción: agosto 18 de 2015
Fecha de aceptación: septiembre 21 de 2015
RIS, Bogotá (Colombia), 43(24): 123-158, julio-diciembre de 2015
Prohibición al asegurado de reconocer
su responsabilidad y realizar
acuerdos con terceros en el seguro de
responsabilidad civil*
GUSTAVO ANDRÉS CORREA VALENZUELA*
* El presente artículo realiza una reflexión respecto de la naturaleza jurídica de la pro-
hibición al asegurado, principalmente en el contexto del régimen jurídico de los deberes
del asegurado en el contrato de seguro, pero también analizando los efectos prácticos y
jurídicos del incumplimiento de la prohibición objeto de estudio. Así, el artículo inicia con
apreciaciones del régimen jurídico que se ha dado a nivel nacional e internacional a la
prohibición estudiada, para concluir el estudio proponiendo la consecuencia jurídica que
el autor considera adecuada al incumplimiento de dicha prohibición en el ordenamiento
jurídico colombiano.
** Egresado de la Universidad del Rosario con mención meritoria y profundización en dere-
cho comercial, abogado con experiencia en litigios civiles y comerciales. Especializado en
Derecho de Seguros en la Universidad Javeriana y profesor designado de la Universidad
del Rosario en la asignatura de Contratos Civiles y Mercantiles. Contacto: guancova@
gmail.com
SUMARIO
Introducción
1.1. Prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad y realizar
acuerdos con el tercero en el seguro de responsabilidad civil en algunas
legislaciones latinoamericanas.
ISSN 0123-1154
Para Citar este artículo/To cite this article
Correa-Valenzuela, Gustavo Andrés, Prohibición al asegura-
do de reconocer su responsabilidad y realizar acuerdos con
terceros en el seguro de responsabilidad civil, 43 RIS, 123-158
(2015). http://dx.doi.org/10.11144/Javeriana.ris43.parr
doi:10.11144/Javeriana.ris43.parr
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RIS, Bogotá (Colombia), 43(24): 123-158, julio-diciembre de 2015
GUSTAVO ANDRÉS CORREA VALENZUELA
1.2. Contexto jurídico de la prohibición al asegurado de reconocer su responsabilidad
y realizar acuerdos con el tercero en el seguro de responsabilidad civil.
Naturaleza de los deberes del asegurado en razón de su relación con el riesgo
asegurable.
2.1. Deberes del asegurado al momento de transferir el riesgo al asegurador.
2.2. Deberes del asegurado durante la asunción del riesgo por parte del asegurador.
2.3. Deberes del asegurado al realizarse el riesgo.
Obligación de evitar que el Siniestro se extienda y propague.
Obligación de dar aviso al asegurador de la ocurrencia de Siniestro.
Obligación de proveer al salvamento de las cosas aseguradas.
Obligación de procurar la subrogación del asegurador, incluyendo no renun-
ciar a sus derechos frente a terceros
Obligación de declarar seguros coexistentes
Naturaleza y consecuencia jurídica de la cláusula que prohíbe al asegurado
reconocer su responsabilidad y efectuar acuerdos con el tercero.
3.1. Efectos del reconocimiento de responsabilidad del asegurado y del acuerdo
con el tercero.
3.2. Improcedencia de liberación del asegurador de efectuar el pago de indemni-
zación como consecuencia jurídica del incumplimiento de la cláusula prohi-
bitoria.
3.3. Aplicación del artículo 1078 del Código de Comercio a la cláusula que pro-
híbe al asegurado reconocer su responsabilidad y realizar acuerdos con el
tercero.
Conclusiones.
Bibliografía.
RESUMEN
El estudio abarca genéricamente los deberes del asegurado como contexto del análisis
de la prohibición al asegurado en el seguro de responsabilidad civil de no reconocer
su responsabilidad ni efectuar acuerdos con terceros. Se estudia el régimen general
de los distintos deberes del asegurado en la celebración y la ejecución del contrato
de seguro, con mención especial al contrato de seguro de responsabilidad civil por
ser en este en el que se contempla la prohibición.
Se analiza la forma en que los deberes del asegurado desarrollan principios rectores del
contrato de seguro como la buena fe y el principio indemnizatorio, identificando así su
naturaleza y su consecuencia jurídica. Se identifican tres distintas especies de deberes
a cargo del asegurado en el contrato de seguro que se distinguen a partir del estado
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temporal del riesgo en el contrato de seguro, bien sea: i) al momento de transferirse
al asegurador, ii) siendo asumido por parte del asegurador, y iii) habiéndose realizado
estando a cargo del asegurador.
El riesgo es el elemento aleatorio del contrato de seguro que le da el carácter de ser de
tracto sucesivo, de manera que el estado temporal del riesgo determina la conducta
que deben asumir los intervinientes en el contrato de seguro durante su celebración
y ejecución, analizándose puntualmente la conducta que debe asumir el asegurado
por ser quien él para quien se establece la prohibición objeto de estudio.
En algunas legislaciones latinoamericanas se observan distintas consecuencias al in-
cumplimiento de esta prohibición. A nivel nacional, es común la asignación de la
consecuencia jurídica de pérdida del derecho a la indemnización como también se
observa que se establece la prohibición sin contemplar consecuencia jurídica a su
incumplimiento. Este estudio plantea que en nuestro ordenamiento esta consecuencia
se da como sanción a la mala fe en la reclamación y no es adecuada para el incum-
plimiento de la prohibición objeto de estudio.
Se analizan los efectos del incumplimiento del reconocimiento de responsabilidad por
parte del asegurado y del acuerdo entre este y terceros, proponiendo la consecuencia
que se considera jurídicamente adecuada en razón de la naturaleza de la prohibición
al asegurado.
Palabras Clave: Seguro de responsabilidad civil, deberes del asegurado, consecuencia
jurídica de incumplimiento de deberes del asegurado, obligaciones del asegurado
ocurrido el siniestro.
ABSTRACT
This study considers the insured party’s duties in a generic manner, as context for
analyzing the prohibition in liability insurance of the insured to recognize his civil
liability or arrive at agreements with third-parties. The general framework of law for
the different duties of the insured during the execution performance of the insurance
contract is studied, with special emphasis on the liability insurance contract, as this is
the type of insurance that carries the prohibition.
The way in which the insured party’s duties develop primary principles of the insurance
contract, such as good faith and the indemnity principle, are analysed, thus identifying
their nature and juridical consequences. Three different types of insured’s duties in
the insurance contract are identified, distinguished by the temporary state of the risk
in the aforementioned contract, be they: i) at the moment of transmitting the risk to
the insurer, ii) the risk being assumed by the insurer, and iii) the risk having occurred
while assumed by the insurer.
Risk is the random element in the insurance contract which gives it the unbroken
chain character, so that the temporary state of the risk determines the behavior the
parties involved must maintain during the execution and performance of the insuran-

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