La proporcionalidad de las sanciones administrativas - Núm. 22, Julio 2019 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 798642717

La proporcionalidad de las sanciones administrativas

AutorJacques Petit
CargoDoctor en Derecho, Universidad Paris II, Panthéon-Assas, París, Francia - Abogada de la Universidad Externado de Colombia
Páginas367-397
Revista digital de deRecho administRativo, n.º 22, segundo semestRe/ 2019, pp. 367-397
La proporcionalidad
de las sanciones
administrativas
JacQ ues petit1
tRaducción de iR it milkes s.2
RESUMEN
El presente artículo aborda las sanciones administrativas en el derecho ad-
ministrativo en general, haciendo particular énfasis en el principio de pro-
porcionalidad y su influencia en la práctica de potestades sancionatorias de
autoridades administrativas. A partir de un estudio teleológico de las finali-
dades de la imposición de sanciones administrativas, a lo largo del escrito se
observan las razones por las cuales en cada caso en concreto deben analizarse
los fines perseguidos con la imposición de una sanción. A partir del examen
de la jurisprudencia del Consejo Constitucional y Consejo de Estado francés,
además de jurisprudencia de la cedh, la presente investigación busca eviden-
ciar algunos criterios de determinación de la proporcionalidad que deberán ser
tenidos en cuenta por el legislador al momento de preverlas en las disposicio-
nes normativas, por la autoridad administrativa cuando impondrá la sanción
en concreto y, de igual forma, por el juez en el escenario de control del acto
administrativo mediante el cual se impone una sanción.
Palabras clave: sanciones administrativas, proporcionalidad, poder sancio-
natorio, Administración pública, control judicial.
1 Doctor en Derecho, Universidad Paris ii, Panthéon-Assas, París, Francia. Profesor de la
Universidad de Rennes i, Rennes, Francia. Correo-e: jea.petit@wanadoo.fr. Enlace orcid:
https://orcid.org/0000-0002-7852-5988.
2 Abogada de la Universidad Externado de Colombia. Docente investigadora del Depar-
tamento de Derecho Administrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá,
Colombia. Correo-e: irit.milkes@uexternado.edu.co. Enlace orcid: https://orcid.org/0000-
0003-3802-481x. Fecha de recepción: 10 de noviembre de 2019. Fecha de modificación:
22 de enero de 2019. Fecha de aceptación: 22 de abril de 2019. Para citar el artículo:
petit, JAcQ ues, “La proporcionalidad de las sanciones administrativas”, Revista digital de
Derecho Administrativo, Universidad Externado de Colombia, n.º 22, 2019, pp. 367-397.
doi: https://doi.org/10.18601/21452946.n22.14.
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Revista digital de deRecho administRativo, n.º 22, segundo semestRe/ 2019, pp. 367-397
Jacques Petit
The Proportionality of Administrative
Sanctions
ABSTRACT
This paper analyzes administrative sanctions in general Administrative Law,
with particular regard to the proportionality principle and its role in how ad-
ministrative authorities exercise sanctioning powers. Through a teleological
study of administrative sanctions, this research aims to reveal the importance
of determining the purposes that, in each single case, the corrective measure
is sought to attain. By examining specific rules of proportionality in the case
law of the French Constitutional Council and the Council of State, along with
the jurisprudence of the cedh, it intends to fuel the debate on the criteria to
be incorporated by lawmakers, applied by administrative authorities, and
considered by judges during judicial review.
Keywords: Administrative Sanctions, Proportionality, Sanctioning Powers,
Public Administration, Judicial Review.
Con el objetivo de estudiar la proporcionalidad de las sanciones administrati-
vas, deberemos hacer algunas precisiones, ya que resulta necesario indicar qué
es lo que entendemos por sanción administrativa y por qué esta noción puede ser
entendida en diferentes sentidos. Cuestión que en un orden lógico se desdobla:
debe definir tanto el componente de sanción, como el componente administrativo.
La noción de sanción será entendida en el presente trabajo en sentido es-
tricto, como designación de una medida represiva, es decir, una medida que
menoscaba la situación material o moral de un individuo, con el objetivo de
reprimir una falta cometida por este. En otras palabras, se trata de una falta a
una obligación. De esta definición se desprende que la sanción es una medida
que define a la vez su contenido (el menoscabo a una situación), su fundamento
de hecho o su condición legal (la falta), y su objetivo o finalidad (castigar al
autor de la falta y no, en particular, reparar el perjuicio que ella hubiese podido
causar). Así, es importante resaltar que la finalidad punitiva es el objetivo direc-
to de la sanción, pero esta última persigue, necesariamente, una finalidad más
amplia: proteger los intereses públicos que constituyen el fundamento de las
obligaciones desconocidas. Por ejemplo, las sanciones aplicadas a las empresas
culpables de prácticas restrictivas de la competencia pretenden reprimir estos
comportamientos, al igual que asegurar el buen funcionamiento del mercado.
Por otro lado, el carácter administrativo de la sanción puede ser comprendi-
do de manera amplia. En el sentido más estricto, entendemos por sanciones
administrativas aquellas emitidas por una autoridad administrativa y despro-
vistas de un carácter disciplinario, lo cual hemos denominado algunas veces

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