A propósito del papel del juez de control de garantías en la audiencia de formulación de imputación. (Comentario a la sentencia de tutela de la Sala de Casación Penal de la CSJ, del 22 de septiembre de 2009, radicado 44103) - Núm. 75, Julio 2010 - Revista Nuevo Foro Penal - Libros y Revistas - VLEX 656099769

A propósito del papel del juez de control de garantías en la audiencia de formulación de imputación. (Comentario a la sentencia de tutela de la Sala de Casación Penal de la CSJ, del 22 de septiembre de 2009, radicado 44103)

AutorMaría Isabel Arango
CargoProfesora de cátedra de la Facultad de Derecho y Ciencia Políticas de la Universidad de Antioquia
Páginas231-242
Revista Nuevo Foro Penal Vol. 6, No. 75, julio-dicie mbre 2010, pp. 231-242, Universidad EAFIT, Medellín (ISSN 0120- 8179)
A propósito del papel del juez de control
de garantías en la audiencia de
formulación de imputación.
(Comentario a la sentencia de tutela de
la Sala de Casación Penal de la CSJ,
del 22 de septiembre de 2009, radicado 44103)
María Isabel Arango H.*
1. Introducción
La implementación del sistema penal acusatorio en nuestro medio, trajo consigo
una f igura realmente novedosa: la del juez de control de garantías, funcionario que
como su nombre lo indic a, está instituido para ejercer una revisión estricta, no sólo
formal sino principalmente sustanci al, de una importante franja de actuaciones
penales, en las que se involucran derechos fundamentales de las personas sometidas
a la acción penal del Est ado; de allí su papel de garante y con ello el ejercicio de una
función eminentemente constitucional1.
* Profesor a de cátedra de la Facul tad de Derecho y Ciencia P olíticas de la Univer sidad de Antioquia.
1 “La me ra formalid ad vacía, tan cara a la tr adición autor itaria ar ticulada al respeto v ano a la forma y
al irr espeto a c ualquier pret ensión de justicia mín ima en el derecho, h a venido siendo susti tuida por
una prevalencia del d erecho m aterial, camino a bierto ya desde hace década y med ia por la Corte
Constituc ional de Colom bia y hoy agen ciado con espe cial responsabil idad por los n uevos operadore s,
muy especialmente por los jueces d e contr ol de garantías , que obran en la prác tica co mo juece s
constituci onales”. Alejandro A ponte Cardona, G uerra y derecho pen al de enemigo. Refle xiones críticas
sobre el eficienti smo penal de enemigo, Bogotá, I báñez, 2006, p. 173.

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