Prueba y verdad en el proceso civil. Un intento de aclaración de la base ideológica de determinadas posiciones pretendidamente técnicas - Núm. 49, Enero 2019 - Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal - Libros y Revistas - VLEX 847981201

Prueba y verdad en el proceso civil. Un intento de aclaración de la base ideológica de determinadas posiciones pretendidamente técnicas

AutorJuan Montero Aroca
CargoCatedrático Emérico de la Universidad de Valencia (España)
Páginas117-147
Juan Montero Aroca
 - • pp. - • Enero - Junio de 2019 • Bogotá, D.C. - Colombia 117
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Un intento de aclaración de la base
ideológica de determinadas posiciones
pretendidamente técnicas*
Juan Montero Aroca**
Resumen
El cuestionamiento de la verdad como función de la prueba tiene
varias aristas entre las que se desarrollarán temas como: La verdad
en el proceso, no en abstracto, La función de la jurisdicción, Las
pretendidas funciones del proceso, Los principios del proceso. En
un segundo momento se estudiarán las funciones complementarias
de la prueba entre los que se buscará adentrar en tema de fijación de
hechos, convencimiento al juez y la certeza. Para terminar este escrito
se centrará en las concepciones políticas totalitarias y la persecución
obsesiva de la llamada verdad objetiva o material, y como cierre
del artículo se concluirá cuál de las posiciones en la tomada para
aplicación en el cuestionamiento de la verdad como función de la
prueba mostrando todo el recorrido de las diversas teorías expuestas.
* Artículo inédito.
Para citar el artículo: MONTERO AROCA, Juan. Prueba y verdad en el proceso c ivil: un
intento de aclaración de la base ideológica de determinadas posiciones pretendidamente
técnicas. Rev ista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal. No. 49 Enero – Junio,
2019, pp. 117-147.
Recibido: 30 de noviembre de 2018 - Aprobado 30 de mayo de 2019.
Este escrito será la base para la presentación de la ponencia en el XL Congreso Interna-
cional de Derecho Procesal, Medellín – septiembre 4, 5 y 6 y en las memorias escritas del
mismo.
** Catedrático Emérico de la Universidad de Valencia (España). Ex Magistrado del Tribunal
Superior de Justicia. Ha publicado sobre 340 trabajos, de ellos 85 son libros y el resto
artículos de revista. Socio honorario del Instituto Colombiano de Derecho Procesal. En
Colombia ha pronunciado conferencias en Bogotá, Manizales, Pereira, Cali, Medellín,
Cartagena, Santa Marta, Cúcuta, Bucaramanga .
Prueba y verdad en el Proceso Civil
Revista del Instituto Colombiano de Derecho Procesal • No. 49
118
Abstract
e questioning of the truth as a function of the test has several edges
among which topics will be developed such as: e truth in the process,
not in the abstract, e function of the jurisdiction, e intended
functions of the process, e principles of the process. In a second
moment, the complementary functions of the test will be studied,
among which it will be sought to enter into a matter of fixing facts,
convincing the judge and certainty. To finish this paper, it will focus
on the totalitarian political conceptions and the obsessive persecution
of the so-called objective or material truth, and as closing of the article
it will be concluded which of the positions taken for application in
questioning the truth as a function of the evidence showing the whole
route of the various theories exposed.
Introducción
Cuando se habla de la prueba –y nos ocupamos ahora del proceso civil
pero podríamos generalizar al proceso, sin calificativos– una de las preguntas
a hacerse es la de cuál es la función de la misma o, de otra manera, qué papel
es el que la prueba cumple en el proceso. Normalmente la pregunta se contesta
relacionando prueba con verdad, pero esa relación no es unívoca.
I. El cuestionamiento de la verdad como función de la
prueba
1. La verdad en el proceso, no en abstracto
Tradicionalmente la función de la prueba ha venido refiriéndose a la búsqueda
y descubrimiento de la verdad y en dicho sentido se pronunció toda la doctrina
del siglo XIX para la que “las pruebas son los diversos medios por los cuales
llega la inteligencia al descubrimiento de la verdad”1. Entonces no se estaba
1 BONNIER, E., Tratado teórico y práctico de las pruebas en derecho civ il y en derecho
penal, I, 5.ª edición, Madrid, 1928 (traducción de De Vicente y Caravantes, del que la 1.ª
edición es de 1869, y notas de Rives Martí), p. 9; pero pueden recordarse otros muchos
autores, entre los que destacamos a RICCI, F., Tratado de las pruebas, traducción de
Buylla y Posada, Madrid, s.f., tomo I, p. 22: “La prueba, en efecto, no es un fin por sí
mismo, sino un medio dirigido a la consecución de un fin, que consiste en el descubri-
miento de la verdad”. En España VICENTE Y CAR AVANTES, José de, Tratado histórico,
crítico filosófico de los procedimientos judiciales en materia civil, según la nueva Ley de
Enjuiciamiento, II, Madrid, 1856, p. 124.

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