Puede una entidad pública declarar el siniestro en un contrato de compraventa, siempre que la póliza esté vigente al momento de ocurrencia del siniestro. - Núm. 2017, Enero 2017 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 667466921

Puede una entidad pública declarar el siniestro en un contrato de compraventa, siempre que la póliza esté vigente al momento de ocurrencia del siniestro.

AutorDerecho Justo

Se determinó que, una entidad pública no puede declarar ocurrido el siniestro de un contrato de compraventa, con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal y cobrar la garantía, cuando la póliza de cumplimiento no se encuentra vigente para el momento de la declaratoria.

Argumentando que el acaecimiento del siniestro, o sea, el incumplimiento, debe ocurrir dentro del plazo de vigencia del seguro fijado en la póliza, para que el Asegurador resulte obligado a la indemnización.

Teniendo en cuenta la ocurrencia de los hechos constitutivos del incumplimiento se dieron por fuera de la vigencia de la garantía, cuyo...

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