Gustav Radbruch:¿Constituye hoy el positivismo una condición del pluralismo liberal? - Núm. 2005, Enero 2005 - Precedente. Anuario Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 416493730

Gustav Radbruch:¿Constituye hoy el positivismo una condición del pluralismo liberal?

AutorAlejandro Aponte
CargoAbogado de la Universidad Externado de Colombia. Doctor en Derecho Penal y Filosofía del Derecho de la Universidad de Saarland. Consultor del Consejo Superior de la Judicatura y de la Escuela Judicial
Páginas55-78
GUSTAV RADBRUCH: ¿CONSTITUYE HOY
EL POSITIVISMO UNA CONDICIÓN DEL
PLURALISMO LIBERAL?*
ALEJANDRO APONTE
In this work, Gustav Radbruch´s text “Relativism in the Philosophy of Law”
is the initial point for a study on the subject of relations between pluralism
and law, between pluralism and positivism. This treatise constitutes a liberal
manifesto. The intention is to enrich it attending diverse authors and, above
all, in view of events which are currently fundamental challenges, both in our
country and worldwide.
1. Supralegal Law 2. Valued Skepticism 3. Positivism and Pluralism
4. Tolerance
Presentación
En los más diversos ámbitos del derecho, como es el caso del derecho
internacional y del derecho constitucional, abocado hoy a la discusión sobre
la necesidad o no de una Constitución europea que refuerce la perspectiva
histórica inevitable de la unificación, son asuntos importantes y relacionados
entre sí los problemas del multiculturalismo, del pluralismo étnico, de las hege-
monías culturales. Detrás de la discusión de esas cuestiones yace la pregunta
por el relativismo valorativo.1 También, y sobre todo, en Estados con alto
* Agradecemos al autor la amable autorización para publicar esta versión, revisada especialmente
para PREC EDENTE, del texto pu blicado en la recopilación: Miguel Rujana (editor), Teoría
Jurídica. Reflexiones cr íticas, Siglo del hombre editores y U. Libre. Cátedra Gerard o Molina.
Bogotá, 2003.
1 Dieter Grimm por ejemplo, profesor y ex juez constitucional del tribunal constitucional alemán,
en reciente trabajo titulado Die Verfassung und die Politik. Einsprüche in Störfällen. (La Constitución
y la Política. Objeciones en casos perturbadores), analiza problemas actuales como la posible
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grado de fragmentación y de anomia, como es el caso colombiano, el tema del
pluralismo es central, y más por el impacto de la joven Constitución política.
Por eso es también central, desde luego, el tema del liberalismo.
No es objetivo de este trabajo adentrarse en el estudio del multicultura-
lismo o del pluralismo con ejemplos empíricos que los destaquen. Tampoco
se trata de adelantar un estudio de derecho constitucional que tematice el
pluralismo, o el de las normas que propician en una Carta Política la tolerancia
a universos valorativos diversos. Se trata, más bien, de establecer un diálogo
con textos básicos que han destacado la opción del pluralismo valorativo: se
recogen esos textos, se los revisa y se los pone en escena hoy, sobre todo en
consideración de las tendencias actuales de afirmación de valores absolutos
y de hegemonías culturales. En un mundo inevitablemente compuesto por
justicias transnacionales, la pregunta por el valor —por las diversas opciones
valorativas— es insoslayable; en el mundo de la globalización, la pregunta por
especificidades culturales se hace cada vez más fundamental.
El énfasis que en este escrito se hace del positivismo se debe al propósito de
indagar si es posible, como algún día lo pensó Radbruch, siguiendo a Kelsen o
a Max Weber, que la norma positiva pueda preservar el derecho y mantener la
seguridad del orden jurídico, al mismo tiempo que logra preservar el pluralismo
valorativo. Es la ecuación positivismo-liberalismo y pluralismo, la que lleva a
tomar como punto de partida la obra citada de Gustav Radbruch. Analizado
ese texto, se lo confronta con su trabajo escrito después de la guerra y que
contiene su famosa fórmula sobre derecho supralegal justo. Allí el autor se
enfrenta a sus propias convicciones, abrumado por la arbitrariedad que se
puede generalizar en nombre de la ley.
1. Relativismo y derecho: una apuesta por el escepticismo valorativo
Gustav Radbruch escribe “El relativismo en la filosofía del derecho” en
una época de afirmación autoritaria de valores absolutos y de la errónea com-
prensión de que sólo es auténticamente comprometido aquél que profesa e
impone valores absolutos a los otros. De hecho, al filósofo y penalista se lo
despojó de su cátedra en Heidelberg por motivos políticos. La recuperó con
autonomía del juez constitucional en un universo cada vez más complejo de decisión política que
trasciende el ámbito nacional, sobre los problemas constitucionales derivados de la reunificación
alemana, de la necesidad o no de una Constitución para Europa, etc. Berlín, 2001.

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