Reflexiones sobre la ley aplicable al contrato internacional en defecto de elección en el derecho de la Unión Europea - Núm. 5-1, Enero 2014 - EAFIT. Journal of International Law - Libros y Revistas - VLEX 640639553

Reflexiones sobre la ley aplicable al contrato internacional en defecto de elección en el derecho de la Unión Europea

AutorWilliam Fernando Martínez-Luna
CargoDoctor en Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid
Páginas25-44
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Journal of International Law
reFlexiones sobre la ley aPliCable al ConTraTo inTernaCional en
deFeCTo de eleCCión en el dereCho de la unión euroPea
Vol. 5, 01. | January - June 2014 Colombia | pp. 25 - 44
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Journal of International Law
rEflExionEs sobrE la lEy apliCablE
al Contrato intErnaCional En dEfECto
dE ElECCión En El dErECho
dE la unión EuropEa
rEflECtions about appliCablE law to intErnational
ContraCts in absEnCE of ChoiCE in thE EuropEan union law
Por: William Fernando Martínez -Luna1
Fecha de recepción: 13 de mayo de 2014
Fecha de aprobación: 6 de junio de 2014
Resumen
El Convenio de Roma de 1980 fue durante más de dos décadas el cuerpo jurídico que
unicó las disposiciones sobre la ley aplicable a los contratos internacionales en la Unión
Europea. Dicho instrumento legal supuso una revolución en cuanto a la uniformidad de las
normas de Derecho internacional Privado, pues cualquier juez de un Estado parte aplicaba
la misma norma de conicto para establecer la lex contractus, lo que incrementaba la
seguridad jurídica al disminuir el forum shopping. Sin embargo, las disposiciones sobre la
ley aplicable al contrato en defecto de elección de parte (Art. 4 Convenio de Roma) no fueron
interpretadas de manera uniforme por la doctrina jurídica, ni por la abundante jurisprudencia
de los tribunales de los Estados parte. Con la transformación del Convenio de Roma en un
instrumento de la Unión Europea “Reglamento Roma I”, se aprovechó para incluir cambios
en el Art. 4 buscando solucionar los múltiples problemas de su antecesor, con el n de
alcanzar un elevado nivel de seguridad jurídica. El presente artículo pretende analizar las
innovaciones incluidas al precepto estableciendo un paralelo entre el Art. 4 Convenio de
Roma y el Art. 4 Reglamento Roma I.
1 Doctor en Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid, Máster en Derecho privado de la Universidad Carlos III de Madrid, Máster en
Derecho de los negocios y litigación internacional de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, profesor de tiempo completo de la Universidad
Jorge Tadeo Lozano de Bogotá. williamf.martinezl@utadeo.edu.co
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reFlexiones sobre la ley aPliCable al ConTraTo inTernaCional en
deFeCTo de eleCCión en el dereCho de la unión euroPea
Vol. 5, 01. | January - June 2014 Colombia | pp. 25- 44
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Journal of International Law
Palabras clave: Contratos internacionales, ley aplicable, Unión Europea, Reglamento
Roma I.
Abstract
The Rome Convention of 1980 was over two decades the unifying legal body concerning
the provisions on the law applicable to international contracts in the European Union. This
legal instrument brought about a revolution in terms of uniform rules of private international
law, because any court of a Member State would apply the same conict rule to establish
the lex contractus, thereby increasing legal certainty by reducing forum shopping. However, the
provisions on the law applicable to the contract in absence of choice of party (Art. 4 Rome
Convention) were not uniformly interpreted by the legal doctrine, or the abundant case law of
the state parties. With the transformation of the Rome Convention into a European Union
instrument Rome I Regulation has been used to include changes in Article 4 in order to
solve the many problems of its predecessor, with a view to achieving a high level of certainty
in the European Union. This article analyzes the innovations included in the provision, in
order to establish a parallel between Article 4 Rome Convention and the Article 4 Rome I
Regulation.
Key words: International contracts, law applicable, European Union, Rome I Regulation.

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