Régimen de Compañías Holding Colombiana (CHC) en el Impuesto sobre la Renta y Ganancias Ocasionales - Parte V. Medidas para la reactivación económica - Nueva ley de financiamiento. Ley 1943 de 2018 - Libros y Revistas - VLEX 812024817

Régimen de Compañías Holding Colombiana (CHC) en el Impuesto sobre la Renta y Ganancias Ocasionales

AutorJosé Hilario Araque Cárdenas - Juan Diego Araque Durán - William Dussán Salazar - Leonardo Varón García - Julián Alberto Zambrano Sánchez - Yhony Alberto Lee Yara
Páginas154-159
154 Nueva Ley de Financiamiento - Ley 1943 de 28 de diciembre de 2018 -
Redacción nueva
Parágrafo 7. Los contratos de estabilidad tributaria aplican solamente para los beneficios y condiciones
tributarias señaladas en el artículo 235-3 de este Estatuto. Por lo tanto, los contratos no conceden
estabilidad tributaria respecto de otros impuestos directos, impuestos indirectos, impuestos territoriales
u otros impuestos, tasas y contribuciones, o elementos de impuestos, tasas y contribuciones que no
hayan sido definidos expresamente en el artículo 235-3 de este Estatuto.
La estabilidad tributaria tampoco podrá recaer sobre las disposiciones de este artículo que sean declaradas
inexequibles durante el término de duración de los contratos de estabilidad tributaria.
Explicación
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caso realizadores de las mega-inversiones, en el cual se busca ofrecer estabilidad al
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contrato. Persigue que no se le cambien las reglas de juego durante el tiempo que dura
el contrato.
En esta oportunidad, el valor a pagar como prima por parte del inversionista que opta
por el contrato de estabilidad tributaria será del 0.75% del valor de la inversión que se
realice cada año durante los cinco años en que se debe realizar la inversión y tendrá
una vigencia de veinte (20) años.
RÉGIMEN DE COMPAÑÍAS HOLDING COLOMBIANA (CHC)
EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y GANANCIAS OCASIONALES
La Ley 1943 de 2018 adiciona el título segundo al libro séptimo al Estatuto Tributario,
en esta ocasión por la incorporación en Colombia del Régimen de Compañías Holding
Colombiana (CHC) en el Impuesto sobre la Renta y Ganancias Ocasionales.
En este caso el régimen CHC busca hacer a Colombia un país más atractivo para para
que grupos multinacionales establezcan sus matrices de inversiones internacionales a
través de la creación de sociedades nacionales con un objeto exclusivo (tenencia de
acciones o cuotas partes de empresas nacionales o del exterior).
ARTÍCULO 69. Compañías Holding Colombianas (CHC).
Redacción nueva
Podrán acogerse al régimen CHC las sociedades nacionales que tengan como una de sus actividades
principales la tenencia de valores, la inversión o holding de acciones, o participaciones en sociedades o
entidades colombianas y/o del exterior, y/o la administración de dichas inversiones, siempre que cumplan
con las siguientes condiciones:
Art. 69

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