Decretos reglamentarios y resoluciones del año 2011, relacionados con el impuesto sobre las ventas - Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA 2012 - Libros y Revistas - VLEX 393847254

Decretos reglamentarios y resoluciones del año 2011, relacionados con el impuesto sobre las ventas

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas161-180

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Cartilla Impuesto sobre las Ventas IVA 161

DECRETOS REGLAMENTARIOS Y RESOLUCIONES DEL AÑO 2011, RELACIONADOS CON EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS

DECRETO 359 DE 2011

(Febrero 10)

Diario Oicial No. 47.979 de 10 de febrero de 2011

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se establecen los cupos de bienes importados a que se reiere el inciso 3o del artículo 477 del Estatuto Tributario para el año 2011.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Estatuto Tributario, en concordancia con los artículos 2o y 3o del Decreto 4650 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Gobierno Nacional, con base en

el DANE u otras entidades de carácter público o privado

habitantes, establecer el cupo máximo de importación de los bienes objeto del beneicio en los departamentos de Amazonas, Guainía, Guajira, Vaupés y Vichada.

Que teniendo en cuenta la información del Departamento

Estadística “DANE” sobre los índices de crecimiento de

departamentos y el número de habitantes, se procede a establecer los cupos máximos de importación de los bienes objeto del beneicio en los departamentos citados.

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. CUPOS DE BIENES IMPORTADOS QUE SE ENCUENTRAN EXENTOS DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 3o del Decreto 4650 de 2006, fíjase los siguientes cupos máximos de importación de alimentos de consumo humano y animal procedentes de la República Bolivariana de Venezuela, Brasil y Perú destinados exclusivamente al consumo local de los departamentos de Amazonas, Guainía, Guajira, Vaupés y Vichada, correspondientes al año 2011.

Estos cupos están ijados en las unidades físicas de medida establecidas por la Comunidad Andina de Naciones para cada una de las partidas del arancel de aduanas comprendidas entre los capítulos II al XXIII inclusive, que corresponden a los bienes de consumo humano y animal.

en especial las que le coniere
y el inciso 3o del artículo 477 del
la información que suministre
en relación con el número de
Administrativo Nacional de
la población en cada uno de los

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Los departamentos de Amazonas, Guainía, Guajira, Vaupés y Vichada solo podrán gozar del beneicio consagrado en el artículo 477 del Estatuto Tributario tal como fue adicionado por el artículo 56 de la Ley 1111 de 2006, siempre y cuando las importaciones de alimentos para consumo humano y animal provengan efectivamente del país o los países colindantes con cada departamento en particular, tal como se ilustra a continuación:

DEPARTAMENTO DE CONSUMO PAÍSES COLINDANTES

Amazonas Perú y Brasil

Guainía Venezuela y Brasil

Guajira Venezuela

Vaupés Brasil

Vichada Venezuela

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales efectuará un seguimiento permanente sobre las importaciones objeto de la exención por cada uno de los departamentos beneiciarios. En el momento en que se alcancen los cupos máximos de importación asignados, se entenderá que el beneicio ha cubierto completamente el consumo local de cada departamento y en consecuencia se suspenderá la exención del impuesto sobre las ventas para estas partidas arancelarias.

A in de controlar lo dispuesto en este artículo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicará en su portal de Internet, el peso neto de las importaciones acumuladas de los bienes y mercancías objeto del beneicio, provenientes

de los países colindantes
los que iguran en la siguiente UNIDAD FÍSICA DE MEDIDA CANTIDAD Litros 10.427 Kilogramos 4.588 Kilogramos 2.711

con cada departamento.

Para el año 2011, los cupos máximos de importación son

tabla:

VICHADA

Partida y Subpartida Arancelaria

DESCRIPCIÓN

04.03 Yogurth y Kumis

04.05.10 Mantequilla

04.06.30 Queso fundido y para untar

11.01 Harina de trigo Kilogramos 69.234
11.02.90 Harina de avena Kilogramos 10.844
11.02.20 Harina de Maíz Kilogramos 60.475
15.16.20 Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones. Kilogramos 31.697
15.17.10 Margarina, excepto la margarina líquida. Kilogramos 15.223
16.02. Embutidos de carnes y similares Kilogramos 45.878
16.04.13 Sardinas, sardinelas y espadines Kilogramos 11.511

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VICHADA

DESCRIPCIÓN

Kilogramos 31.072

19.04.10 Productos a base de cereales obtenidos por inlado o tostado. Kilogramos 8.758
19.05 Productos de panadería, pastelería o galletería. Kilogramos 17.517
20.07 Conituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.


20.09 Jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.


21.03 Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

Litros 361.392

23.09.10.10 Alimentos para perros Kilogramos 42.541
23.09.10.10 Alimentos para gatos (concentrados) Kilogramos 2.919
23.09.90.90 Alimentos para pollos (los demás) Kilogramos 8.341
23.09.90.90 Alimentos concentrados para cerdos Kilogramos 62.561
23.09.90.90 Alimentos concentrados para caballos Kilogramos 22.522
23.09.90.90 Alimentos concentrados para conejos Kilogramos 1.001
23.09.90.90 Alimentos concentrados para aves Kilogramos 200.194

Partida y Subpartida Arancelaria

UNIDAD

SICA DE MEDIDA

CANTIDAD

16.04.14.10 Atún Kilogramos 14.431
16.05.90. Los demás crustáceos, moluscos y demás invertebrados
acuáticos, preparados o conservados Kilogramos 834

17.01.11.90 Azúcar Kilogramos 60.475
18.06 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan
cacao. Kilogramos 1.752

19.01.10 Preparaciones para alimentación infantil acondicionada para la
venta al por menor. Kilogramos 16.266

19.02 Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, ideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.

Kilogramos 14.597

Litros 39.622

Kilogramos 26.067

21.04.10.10 Mezclas para preparar sopas Kilogramos 9.593
21.06.90.21 Mezcla en polvo para preparar bebidas Kilogramos 3.337
21.06.90.30 Hidrolizado de proteínas Kilogramos 21.688
22.02 Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09.

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LA GUAJIRA

DESCRIPCIÓN

Kilogramos 43.321

19.04.10 Productos a base de cereales obtenidos por inlado o tostado. Kilogramos 1.601.280
19.05 Productos de panadería, pastelería o galletería. Kilogramos 33.631
20.07 Conituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.


21.03 Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.

Kilogramos 218.740

22.09 Vinagre y sucedáneos del vinagre obtenidos a partir del ácido
acético. Litros 141.022

GUAINÍA

DESCRIPCIÓN

Partida y

Subpartida Arancelaria

UNIDAD

SICA DE MEDIDA

CANTIDAD

11.08 Almidón y fécula; Inulina. Kilogramos 859.812
15.17.10 Margarina, excepto la margarina líquida Kilogramos 31.085
16.04.13.10 Sardinas en salsa de tomate. 1.347.159
17.02.40.20 Jarabe de glucosa. Kilogramos 435.256
18.06 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan
cacao. Kilogramos 22.775

19.01.10 Preparaciones para alimentación infantil acondicionada para la
venta al por menor. Kilogramos 32.754

19.02 Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, ideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.

Kilogramos 1.482.129

Partida y

Subpartida Arancelaria

UNIDAD

FÍSICA DE MEDIDA

CANTIDAD

11.02.20 Harina de Maíz Kilogramos 32.824
11.08 Almidón y fécula; Inulina Kilogramos 39.500
12.01.00.90 Habas (porotos, fríjoles, fréjoles) de soja (soya), incluso
quebrantadas excepto para siembra. Kilogramos 16.015

15.16.20 Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones. Kilogramos 22.573
15.17.10 Margarina, excepto la margarina líquida. Kilogramos 2.938
16.04.13 Sardinas, sardinelas y espadines Kilogramos 61.890
17.01.11.90 Azúcar Kilogramos 36.081
17.02.40.20 Jarabe de glucosa Kilogramos 19.996
18.05 Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante Kilogramos 5.056
18.06 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan
cacao. Kilogramos 1.046

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GUAINÍA

CANTIDAD

19.01.10 Preparaciones para alimentación infantil acondicionada para la
venta al por menor. Kilogramos 1.504

19.02 Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, ideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.

Kilogramos 68.091

Litros 31.991

Kilogramos 10.049

Litros 49.048

22.03 Cerveza de Malta. Litros 40.754
22.09 Vinagre y sucedáneos del vinagre obtenidos a partir del ácido
acético. Litros 6.478

23.09.10.10 Alimentos para perros Kilogramos 25.381
23.09.10.10 Alimentos para gatos (concentrados) Kilogramos 1.742
23.09.90.90 Alimentos para pollos (los demás) Kilogramos 4.977
23.09.90.90 Alimentos concentrados para cerdos Kilogramos 37.325
23.09.90.90 Alimentos concentrados para caballos Kilogramos 13.437
23.09.90.90 Alimentos...

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