Requisitos para entrevista no presencial SARLAFT - Núm. 1584, Junio 2019 - Boletín Colegio de Abogados Comercialistas - Libros y Revistas - VLEX 830275761

Requisitos para entrevista no presencial SARLAFT

AutorJuliana Pérez Polanco
Páginas20-21
20
y económicos y, por tanto, pueden ser objeto
de prescripción adquisitiva de dominio
invocada por otro socio o por un tercero,
más no por la sociedad. La norma aplicable
es el artículo 2528 del Código Civil: “para
ganar la prescripción ordinaria se necesita
posesión regular no interrumpida, durante
el tiempo que las leyes requieren”. En el
caso en concreto y en concordancia con la
Ley 791 de 2002, el término aplicable es de
tres (3) años, por tratarse de bienes muebles.
Desde el punto de vista del título y el modo
en el contrato de enajenación de acciones, es
preciso aplicar el artículo 765 del Código
Civil que señala: “el justo título es
constitutivo o traslaticio de dominio. Son
constitutivos de dominio la ocupación, la
accesión y la prescripción”. De igual forma,
la Corte Suprema de Justicia (Sala de
Casación Civil, sentencia 495901 del 16 de
diciembre de 2013) indicó que:
“Tratándose de una compraventa de
acciones, el título se materializa en el
contrato, cuyo perfeccionamiento se da por
el simple acuerdo de las partes, mientras
que el modo se concreta con la tradición de
las acciones, que se realiza normalmente
por endoso, y la inscripción del adquirente
en el libro de accionistas no afecta el modo,
ya que, el objeto de esta formalidad es que
la cesión produzca efectos frente a la
sociedad y terceros”.
En torno al segundo interrogante,
relacionado con la acción social de
responsabilidad, el despacho señaló que ésta
consiste en la posibilidad que tiene todo
sujeto de derecho de acudir a los órganos
jurisdiccionales para reclamarles la
satisfacción de una pretensión mediante un
proceso y los requisitos de procedibilidad de
la misma están establecido en el artículo 25
La mencionada norma reviste a los
administradores, revisor fiscal, asociados y a
los acreedores de la compañía, para que en
interés de la sociedad se encuentren
legitimados y puedan ser sujetos activos de
la acciona social de responsabilidad, para
poder encontrar los responsables a los
administradores por los perjuicios que por
dolo o culpa ocasionen a la compañía.
El documento completo puede ser
consultado aquí:
https://www.supersociedades.gov.co/nuestra
_entidad/normatividad/normatividad_concep
tos_juridicos/OFICIO_220-
034448_DE_2019.pdf
DERECHO FINANCIERO
Requisitos para entrevista no presencial
SARLAFT
Superintendencia Financiera De Colombia
Concepto 2019004872-001
Juliana Pérez Polanco
(Universidad del Rosario)
De acuerdo con las normas que se
encuentran en el Capítulo SARLAFT de la
Circular Básica Jurídica, para que se lleve a
cabo una entrevista no presencial dentro del
procedimiento SARLAFT deben cumplirse
unos requisitos especiales.

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