Resolución 060 de 30 de octubre de 2017
Autor | Jorge Enrique Beltran Triana |
Páginas | 19-121 |
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1ra. Parte - Año Gravable 2018 a Presentar 2019
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RESOLUCIÓN 060 DE 30
DE OCTUBRE DE 2017
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar
información tributaria a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas
para la entrega.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales, en especial las consagradas en el
señalado en el artículo 2.8.4.3.1.2 del Decreto número 1068 de 2015 -
Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público,
CONSIDERANDO:
de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá solicitar a las personas o
entidades, contribuyentes o no contribuyentes, la información que se lista
información necesarios para el debido control de los tributos y cumplir
20 Información Exógena en Medios Electrónicos para la DIAN
con otras funciones de su competencia, incluidas las relacionadas con los
compromisos consagrados en los convenios y tratados tributarios suscritos
por Colombia;
1, 631, 631-1, 631-3, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario y artículo
del Sector Hacienda y Crédito Público, en el artículo 58 de la Ley 863 de
2003 y en el Decreto número 4660 de 2007, señalan los obligados y el
mismo artículo, así como la establecida en los artículos 624, 625, 628 y 629
último día del año gravable anterior al cual se solicita la información;
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 numeral 8 de la *Ley
1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
RESUELVE:
TÍTULO I
SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR INFORMACIÓN
EXÓGENA POR EL AÑO GRAVABLE 2018
ARTÍCULO 1. SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR INFORMACIÓN
EXÓGENA POR EL AÑO GRAVABLE 2018.
Deberán
suministrar información, los siguientes obligados:
cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus
programas o proyectos, con organismos internacionales.
las cooperativas de ahorro y crédito, los organismos cooperativos
de grado superior, las instituciones auxiliares del cooperativismo, las
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1ra. Parte - Año Gravable 2018 a Presentar 2019
cooperativas multiactivas e integrales y los fondos de empleados que
hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de
ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales
privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta
y complementarios o de ingresos y patrimonio, que en el año gravable
2016 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de
y no laborales, las personas jurídicas y sus asimiladas, entidades
públicas y privadas, y demás obligados a practicar retenciones
y autorretenciones en la fuente a título del impuesto sobre la renta,
tales como consorcios, uniones temporales, contratos de mandato,
administración delegada, contratos de exploración y explotación de
hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación
y convenios de cooperación con entidades públicas.
descentralizado contemplados en el artículo 22 del Estatuto Tributario,
no obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.
ejercicio de sus funciones.
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