La Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, sobre mujeres, paz y seguridad: una retrospectiva en el decimoquinto aniversario de su aprobación - De género y guerra. Tomo 2 - Libros y Revistas - VLEX 697625297

La Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, sobre mujeres, paz y seguridad: una retrospectiva en el decimoquinto aniversario de su aprobación

AutorAna Gemma López Martín
Páginas171-193
Capítulo 6
La Resolución 1325 del Consejo
de Seguridad de Naciones Unidas,
sobre mujeres, paz y seguridad:
una retrospectiva en el decimoquinto
aniversario de su aprobación
Ana Gemma López Martín
Introducción
Como es bien sabido, el 31 de octubre de 2015 se cum-
plieron quince años de la adopción, por unanimidad, de la
Resolución 1325 por parte del Consejo de Seguridad. Una
resolución considerada histórica en la medida en que, por
primera vez en sus entonces cincuenta años de historia, el
Consejo debatía y aprobaba una resolución relativa al papel
de las mujeres en los conictos armados. En este sentido,
dicha resolución exhorta, tanto a los Estados miembros de
la , como a su propio Secretario General, así como al
resto de partes implicadas (agencias humanitarias, sociedad
civil, militares, etc.) a actuar para lograr una mayor y mejor
inclusión de las mujeres en los procesos de construcción de
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la paz, así como para garantizar los derechos de éstas en los
conictos, particularmente ante la violación y otras formas
de abusos sexuales.
La razón de tal indicación la explicaba muy bien el que
era en ese momento presidente del Consejo de Seguridad,
eo-Ben Gurirab, Ministro de Asuntos Exteriores de Na-
mibia, cuando reexionaba en el sentido de que, si las mujeres
son la mitad de toda comunidad, ¿no debían ser también la
mitad de toda la solución?1
En esta misma línea, el antiguo Secretario General de
Naciones Unidas, Ko Anán, al nal de su Informe de 2002
sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, instaba al mundo
a considerar la importancia de la inclusión de las mujeres
en el sistema de adopción de decisiones en el marco de la
resolución de conictos en los siguientes términos:
Ya no podemos permitirnos minimizar o ignorar la con-
tribución de las mujeres y las niñas en todas las fases de
la resolución de conictos, el establecimiento, la con-
solidación y el mantenimiento de la paz y los procesos
de reconstrucción. La paz sostenible no se logrará sin la
participación plena e igual de las mujeres y los hombres”.2
A ello debemos añadir que, si bien hace un siglo las
víctimas de las guerras eran en su gran mayoría personal
militar, actualmente el 90 % de las mismas son población
1 Citado por Carmen Magallón Portolés, “Mujeres en los procesos de paz:
la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad”. Papeles de Cuestiones Internacio-
nales 87 (2004): 97-104. Consultado septiembre 24, 2015. http://www.ceipaz.
org/images/contenido/1Magallon1325.pdf
2 Naciones Unidas, Informe del Secretario General sobre las mujeres, la paz y
la seguridad, S/2002/1154, 16 octubre de 2002, párr.68.
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De género y guerra. Nuevos enfoques en los conictos armados actuales

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