Resolución 47740 de 17 de noviembre de 2017 - Suplemento - Estatuto Tributario de Bogotá (Concordado) 2018 - Libros y Revistas - VLEX 730334209

Resolución 47740 de 17 de noviembre de 2017

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas502-503

Page 502

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS DISTRITALES

"Por medio de la cual se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2018".

EL DIRECTOR DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ,

en uso de las facultades que le confiere el último inciso del artículo 116-2 del Decreto Distrital 422 de 1996 y el artículo 50 del Decreto "Distrital 352 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 116-2 "Presunciones para ciertas actividades de impuesto de industria y comercio" del Decreto Distrital 422 de 1996 "Por el cual se actualiza el *Decreto 807 de 1993" y el artículo 51 "Presunción de ingresos por unidad en ciertas actividades" del *Decreto Distrital 352 de 2002 "Por el cual se compila y actualiza la normativa sustantiva tributaria vigente, incluyendo las modificaciones generadas por la aplicación de nuevas normas nacionales que se deban aplicar a los tributos del Distrito Capital, y las generadas por acuerdos del orden distrital", consagran las tablas de ingreso promedio mínimo diario por unidad de actividad para los moteles, residencias y hostales, así como para los parqueaderos, bares y establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos y de máquinas electrónicas.

Que el artículo 49 de la Ley 643 de 2001 dispone que los "juegos de suerte y azar a que se refiere la presente ley no podrán sergravados por los departamentos, distritos o municipios, con impuestos, tasas o contribuciones, fiscales o parafiscales distintos a los consagrados en la presente ley. (...)". Por lo anterior, y al contemplar la Ley 643 de 2001 en su artículo 32 como juego de azar las tragamonedas, se eliminó de la tabla que contiene los ingresos netos mínimos a declarar en el impuesto de industria y comercio para los establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos y de máquinas electrónicas las tragamonedas.

Que el Decreto Distrital 422 de 1996 en su artículo 116-2 "Presunciones para ciertas actividades de impuesto de industria y comercio" y el artículo 50 "Sistema de ingresos presuntivos mínimos para ciertas actividades" del *Decreto Distrital 352 de 2002 estableció que la Dirección Distrital de Impuestos ajustará anualmente con la variación porcentual del índice de precios al consumidor del año calendario anterior, el valor establecido como promedio diario por unidad de actividad para aplicarlo en el año siguiente.

Que de acuerdo con la certificación suscrita por el coordinador del...

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