La responsabilidad civil extracontractual, contractual y precontractual de las personas jurídicas - Derecho de las obligaciones con propuestas de modernización. Tomo III - Libros y Revistas - VLEX 777555337

La responsabilidad civil extracontractual, contractual y precontractual de las personas jurídicas

AutorAlberto Zuleta Londoño
Páginas343-368
CAPíTUlO VI*
LA RESPONSABILIDAD CIVIL
EXTRACONTRACTUAL,
CONTRACTUAL Y PRECONTRACTUAL
DE LAS PERSONAS JURÍDICAS**
alBERto zulEta loNDoño***
1. INtRoDuCCIóN
La responsabilidad civil siempre tiene su fundamento en la conducta
deunapersonaquesecalicacomoresponsable1. Es muy fácil saber
cuándo una persona natural ha incurrido en una conducta y, en esa me-
dida, cuándo puede ser responsable; pero ¿cómo se establece que una
persona jurídica ha actuado? ¿De qué forma se comporta esa persona?
¿Dieresuconductadeladesusfuncionarios?Laideamismadela
personicaciónjurídicadelaspersonasmoralessebasaenladedeslin-
dar la actuación de las personas naturales de aquella de la persona moral
propiamente dicha. No obstante, en el mundo cotidiano observamos
constantemente el comportamiento de personas naturales que tienen
algún tipo de relación con una persona moral: empleados, contratistas,
administradores con facultades de representación o, en otros casos, sin
ellas. ¿En qué casos las actuaciones de estas personas naturales obli-
gan a la persona moral y no a la persona natural que las lleva a cabo?
¿Cuándo se están obligando las dos? ¿En qué casos no se obliga la una
* Este capítulo fue escrito con la ayuda de Paula Torres Holguín.
** http://dx.doi.org/10.15425/2017.180
*** Máster en Leyes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Harvard. Es-
pecialista en Régimen Contractual Internacional y abogado de la Universidad de los
Andes. Profesor de la Universidad de los Andes, Facultad de Derecho. Exdirector de
la Especialización en Derecho de los Negocios Internacionales, Facultad de Derecho,
Universidad de los Andes.
1 JaVIER taMayo JaR aMIllo, Tratado de responsabilidad civil, t. I, Bogotá, Legis
Editores, 2007, pág. 189.
Derecho De las obligaciones344
ni la otra? Todas estas son preguntas complejas, cuya solución en el
derecho no ha sido fácil, y que han llevado, incluso, a crear conceptos
e instituciones jurídicas que buscan responderlas. El estudio de estos
conceptos y su desarrollo en la jurisprudencia es muy importante para
tener criterios claros que se apliquen de manera consistente en el tiempo
y que permitan determinar en qué casos se obliga la persona jurídica y
cuál es el alcance y contenido de sus obligaciones.
Este capítulo artículo se limita, entonces, a señalar brevemente el
desarrollo de la jurisprudencia que ha tenido la respuesta a la pregunta
planteada al principio: ¿cómo se establece que una persona jurídica ha
incurrido en una conducta? O, en otras palabras: ¿cuándo se enfrenta el
derecho a la conducta de una persona jurídica? Los regímenes de res-
ponsabilidad civil en los ámbitos contractual y extracontractual, junto
con la responsabilidad precontractual (una especie de la responsabilidad
extracontractualquehaidotomandosonomíapropia),serántratados
en forma exhaustiva en otro capítulo del libro. En el presente escrito
se analizarán con el propósito exclusivo de responder a la pregunta
sobre la responsabilidad de las personas jurídicas en sí mismas. Y se
hará, además, en un debate circunscrito al derecho civil. Si bien este
régimen sirvió en alguna época para soportar la responsabilidad de las
personas jurídicas estatales, hoy el régimen de responsabilidad de la
administración pública cuenta con un sistema propio que no se nutre
de las normas civiles, sino de principios constitucionales, legales y ju-
risprudenciales,especícamenteconcebidosentornoalanaturalezay
función de las autoridades públicas.
2. RESpoNSaBIlIDaD ExtRaCoNtRaCtual DE la pERSoNa JuRíDICa
A) Delimitación del problema
En materia de responsabilidad extracontractual existen tres siste-
mas fundamentales en nuestro Código Civil2, a saber:
—Laresponsabilidaddirecta,esdecir,aquellaenquelapersona
responde por su propia conducta, la cual está cobijada por los artículos
2341 a 23463.
2 gIlBERto MaRtíNEz Ra, La responsabilidad civil extracontractual en Colombia,
Bogotá, Biblioteca Jurídica Diké, 1990, pág. 17.
3 A lo largo del capítulo se hará referencia a la responsabilidad aquiliana propiamente
dicha. No se hará referencia a la responsabilidad por el hecho de las cosas en la modalidad

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