Responsabilidad por el pago del impuesto - Título VII. Extinción de la obligación tributaria - Libro Quinto - Estatuto Tributario Nacional (Concordado) 2018 - Libros y Revistas - VLEX 730325949

Responsabilidad por el pago del impuesto

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas847-851

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ARTÍCULO 792. SUJETOS PASIVOS. Son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligación tributaria sustancial.

CONCORDANCIAS:

- Estatuto Tributario Nacional: Arts. 2, 7, 9, 12, 875, 437 y 514.

DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.nuevalegislacion.com).

- OFICIO 22778 DE 24 DE AGOSTO DE 2016. DIAN. Determinación de Dividendos y Participaciones, Activos, Patrimonio.

- CONCEPTO 8724 DE 20 DE MARZO DE 2015. DIAN. Declaración bimestral del Impuesto sobre las ventas. Periodo Gravable en el Impuesto sobre las ventas.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta ingrese a www.nuevalegislacion.com).

- EXPEDIENTE 8034 DE 7 DE JUNIO DE 2017. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA. Responsabilidad solidaria de los copropietarios en el pago del impuesto predial.

- EXPEDIENTE 14626 DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2005. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA. MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA. Pago de impuestos nacionales; debe efectuarse por los sujetos respecto de quienes se realice el hecho generador de la obligación tributaria.

ARTÍCULO 793. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. (Inciso 1 modificado en lo pertinente por disposición inciso final del artículo 51 de la Ley 633 de 29 de diciembre de 2000 que modificó el artículo 867-1 del presente Estatuto). Responden con el contribuyente por el pago del tributo:

  1. Los herederos y los legatarios, por las obligaciones del causante y de la sucesión ilíquida, a prorrata de sus respectivas cuotas hereditarias o legados y sin perjuicio del beneficio de inventario;

  2. (Literal b) modificado en lo pertinente por disposición inciso final del el artículo 51 de la Ley 633 de 29 de diciembre de 2000 que modificó el artículo 867-1 del presente Estatuto). Los socios de sociedades disueltas hasta concurrencia del valor recibido en la liquidación social, sin perjuicio de lo previsto en el artículo siguiente.

  3. La sociedad absorbente respecto de las obligaciones tributarias incluidas en el aporte de la absorbida;

  4. Las sociedades subordinadas, solidariamente entre sí y con su matriz domiciliada en el exterior que no tenga sucursal en el país, por las obligaciones de ésta;

  5. Los titulares del respectivo patrimonio asociados o copartícipes, solidariamente entre sí, por las obligaciones de los entes colectivos sin personalidad jurídica.

  6. (Literal adicionado por el artículo 82 de la Ley 6 de 30 de junio de 1992). Los terceros que se comprometan a cancelar obligaciones del deudor.

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- Decreto Único Reglamentario 1625 de 11 de octubre de 2016:

ARTÍCULO 1.6.1.27.3. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. De conformidad con lo establecido en el inciso 1 del artículo 793 del Estatuto Tributario, las personas naturales y jurídicas referidas en el literal b) del artículo en mención, modificado por el inciso 1 del parágrafo 2 del artículo 51 de la Ley 633 de 2000, responden solidariamente con el contribuyente, por el pago del impuesto, los intereses y la actualización. (Artículo 5, Decreto 300 de 2001)

CONCORDANCIAS:

- Estatuto Tributario Nacional: Arts. 195, 372, 428-2, 444, 517, 572, 794, 796, 828-1 y Art. 867-1 Par. 2.

- Código de Comercio: Arts. 196 y ss.

DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.nuevalegislacion.com).

- OFICIO 4938 DE 18 DE FEBRERO DE 2015. DIAN. Facilidades para el pago - Prescripción de la acción de cobro.

- OFICIO 61419 DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2012. DIAN. Registro Único Tributario-Cancelación.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta ingrese a www.nuevalegislacion.com).

- EXPEDIENTE 8034 DE 7 DE JUNIO DE 2017. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA. Responsabilidad solidaria de bs copropietarios en el pago del impuesto predial.

- EXPEDIENTE 21068 DE4 DE NOVIEMBRE DE 2015. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. Un consorcio al actuar como cesionariode un contrato responde comodeudor solidario por las obligaciones tributarias del...

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