La responsabilidad por producto defectuoso en la Ley 1480 de 2011. Explicación a partir de una obligación de seguridad de origen legal y constitucional - Núm. 28, Enero 2015 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 736806749

La responsabilidad por producto defectuoso en la Ley 1480 de 2011. Explicación a partir de una obligación de seguridad de origen legal y constitucional

AutorBrenda Espinosa Apráez
Páginas367-399
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La responsabilidad
por producto defectuoso
en la Ley  de .
Explicación a partir
de una obligación
de seguridad de origen
bren da esPi nosa aPráez
**
R: La responsabilidad por producto defectuoso prevista en la Ley 
de  es un ejemplo de ruptura con paradigmas como la exigencia de la culpa
como elemento estructural de la responsabilidad, la disyuntiva entre responsabi
lidad contractual y extracontractual, y el hecho de que categorías como las obli
gaciones de seguridad o la distinción entre obligaciones de medios y de resulta
do solamente tienen sentido en el marco de un vínculo contractual, puesto que
se trata de un supuesto de responsabilidad objetiva que puede explicarse a partir
del incumplimiento de una peculiar obligación de seguridad que existe aun con
prescindencia de un vínculo contractual entre consumidor y empresario.
P : responsabilidad por producto defectuoso, responsabilidad obje
tiva, obligación de seguridad, protección al consumidor.
* Este trabajo condensa las principales conclusiones de la investigación desarrollada como tesis

Fecha 
Para citar el artículo: B. E A. “La responsabilidad por producto defectuoso en la
Ley  de . Explicación a partir de una obligación de seguridad de origen legal y cons
titucional”, Revista de Derecho Privado
./.n.
** 

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brenda e sPi n o s a aPr á e z
revis ta de d erecH o Pri vado, n.º 28, ener o - j unio d e 2015, PP. 367 a 3 99
The products liability in the Ley 1480 of 2011. An approach based on
a duty of care arising from the Constitution and the Statutes
A: The liability from defective products introduced by the Law  of
    


    
contractual relationship, among others, because it is an event of strict liability
which may be explained by the breach of a peculiar safety obligation which exists

K: Products liability, strict liability, safety obligation, consumer protection.
S: . Introducción. . La obligación de seguridad: una categoría que nació
ligada al contrato, para ampliar el contenido de la prestación a cargo del deudor.
. Replanteamiento de la obligación de seguridad y aplicación a la responsabi
lidad por producto defectuoso prevista en el estatuto de protección al consumi
dor. . La responsabilidad por producto defectuoso tiene fundamento en una
obligación de seguridad de fuente constitucional y legal. . La obligación de
seguridad que sustenta la responsabilidad por producto defectuoso no requiere
de un vínculo contractual previo para existir. . La responsabilidad por producto
defectuoso prevista en la Ley  de  es un supuesto de responsabilidad
objetiva o sin culpa. Reexión nal.
I. Introducción
Con la Ley  de [1] se expidió el actual estatuto de protección al con
      
cumplido en  treinta años de vigencia, y que ya no respondía a la realidad
económica colombiana, por lo que la actualización era más que necesaria.
      
expresa un régimen de responsabilidad por productos defectuosos, en desarrollo
[2].
1     
, empezó a regir seis meses después de su promulgación, es decir, el  de abril de .
2 
comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización.
“Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización
de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a
consumidores y usuarios.
“El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el
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la re s P o n s a b i l i d a d P o r P r o d u c t o d e F e c t u o s o e n l a ley 1480 d e 2011
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Al comparar dicho régimen con los lineamientos tradicionales de la res
   
Mientras que de acuerdo con el esquema clásico la culpa del ofensor es un ele
mento que necesariamente debe estar presente para que la responsabilidad se
estructure, en el régimen previsto en la Ley  de  no se requiere de la
demostración de la culpa del empresario para hacerlo responsable, lo cual se
justica porque se ha considerado que su exigencia constituye un obstáculo para
3.
Si se abandona la culpa como fundamento de la responsabilidad habrá que
buscar este último en otra parte. Este trabajo pretende encontrar el sustento de
la responsabilidad por producto defectuoso en una obligación de seguridad de
singulares características, al menos en comparación con el entendimiento tradi
cional de la categoría.
Para ello, se comenzará por exponer algunas consideraciones generales en
relación con el origen de la obligación de seguridad como categoría, para luego
explicar de qué manera esta noción, que mayoritaria e inveteradamente se ha
considerado necesariamente ligada al contrato y a la responsabilidad contractual,
puede replantearse y ser aplicada en el ámbito de la responsabilidad por producto
defectuoso prevista en el Estatuto del Consumidor colombiano, como posible
explicación de la misma, entendiendo que este supuesto de responsabilidad se
funda en el incumplimiento de una especial obligación de seguridad puesta a car
go de productores y proveedores y a favor de los consumidores, directamente por
la Constitución y la ley, que se caracteriza por prescindir de un vínculo contrac
tual para producir sus efectos, y que asume además el carácter de obligación de
resultado, haciendo que la consecuente responsabilidad sea objetiva o sin culpa.
II. La obligación de seguridad: una categoría que nació ligada
al contrato, para ampliar el contenido de la prestación a cargo
del deudor
El término ‘obligación de seguridad’ fue acuñado por la jurisprudencia francesa
[4] reconoció la existencia de “deberes de comportamiento
estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones
deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos”.
3 En este sentido cfr., entre otros, F. H, “Responsabilidad por producto defectuoso”,
en Derecho Económico, Colección Enrique Low Murtra, vol. ,  
  . C E, “La responsabilidad del fabricante por productos
   Revista de Derecho Privado
     , “La responsabilidad civil por
productos defectuosos y su aseguramiento”, Revista Ibero-Latinoamericana de Seguros
4  R O,
“Deberes de protección, ‘aun frente a terceros’, en la dogmática alemana”, Revista de Derecho
Privado 

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