Resumen aplicación normativa vigente - Cartilla declaración de renta IMAN e IMAS. Personas naturales 2014 - Libros y Revistas - VLEX 511155446

Resumen aplicación normativa vigente

Páginas17-30

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Resumen sistemas de determinacion de la renta para personas naturales

Reforma Tributaria Ley 1607 de Diciembre 26 de 2012

EMPLEADOS

REGIMEN ORDINARIO

(Artículo 330 E´T.)

OBLIGATORIO-IMAN

(Artículo 331-332-333 E.T.)

OPCIONAL-IMAS RGA inferior a 4.700 UVT $126.153.000

(Artículo 334 E.T.)

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

REGIMEN ORDINARIO

(Artículo 336 E.T.)

OPCIONAL-IMAS RGA inferior a 27.000 UVT ($724.707.000)

Patrimonio líquido periodo gravable anterior inferior a 12.000 $312.588.000 (Artículo 336 al 341 E.T.) Art.- 3. DR. 3032 Dic-27-2013

PERSONAS NATURALES QUE NO SE ENCUENTREN CLASIFICADAS COMO

EMPLEADOS O TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

REGIMEN ORDINARIO

(Artículo 329 Parágrafo E.T.)

Los notarios * Personas naturales nacionales o extranjeras residentes ingresos por pensiones de jubilación, invalidez ect. * Los servidores públicos diplomáticos,
Las sucesiones ilíquidas de causantes nacionales o extranjeros *
Las personas que no clasiiquen dentro de la categoría de empleado o T.C.P.

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Resumen empleado para efectos tributarios

Personas naturales residentes

Normatividad referenciada Art.- 2. DR. 3032 DIC-27-2013

[VER PDF ADJUNTO]

Resumen no obligados a declarar renta por el año gravable 2013
Los empleados

Normatividad referenciada Art.- 7o. Literal a) DR. 2972 Dic-20-2013

• Los empleados cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior al 80% mediante vinculación laboral o legal o reglamentaria

• Los trabajadores que presten servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales

• Los que presten servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumos o de maquinaria especializada

• Que sus ingresos correspondan al en un porcentaje igual o superior al 80% del ejercicio de dichas actividades

• Que no sean responsables del impuesto sobre las ventas régimen común

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Cumplir la totalidad de los siguientes requisitos

• Que el patrimonio bruto del año gravable 2013 no exceda de 4.500 UVT ($120.785.000)

• Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($37.577.000)

• Que los consumos mediante tarjetas de crédito no excedan de 2.800 UVT ($75.155.000)

• Que el valor total de las compras y consumos no supere 2.800 UVT ($75.155.000)

• Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones inancieras no exceda 4.500 UVT ($120.785.000)

Los trabajadores por cuenta propia

Normatividad referenciada Art.- 7o. Literal b) DR. 2972 Dic-20-2013

• Que no sean responsables del impuesto sobre las ventas régimen común

• Que sus ingresos brutos se encuentren debidamente facturados

• Y sobre los cuales se hubiere practicado retención en la fuente

• Que provengan en una proporción igual o superior al 80% de la realización de una de las siguientes actividades:

- Actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento

- Agropecuario, silvicultura y pesca

- Comercio al por mayor

- Comercio al por menor

- Comercio de vehículos automotores, accesorios y productos conexos o Construcción

- Electricidad, gas y vapor

- Fabricación de productos minerales y otros

- Fabricación de sustancias químicas

- Industria de la madera, corcho y papel

- Manufactura alimentos

- Manufactura textiles, prendas de vestir y cuero

- Minería

- Servicio de transporte, almacenamiento y comunicaciones

- Servicios de hoteles restaurantes y similares

- Servicios inancieros

Cumplir los siguientes requisitos adicionales:

• Que el patrimonio bruto del año gravable 2013 no exceda de 4.500 UVT ($120.785.000)

• Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($37.577.000)

• Que los consumos mediante tarjetas de crédito no excedan de 2.800 UVT ($75.155.000)

• Que el valor total de las compras y consumos no supere 2.800 UVT ($75.155.000)

• Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones inancieras no exceda 4.500 UVT ($120.785.000)

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Las demas personas naturales y asimiladas a estas residentes

Normatividad referenciada Art.- 7o. Literal c) DR. 2972 Dic-20-2013

• Que no se encuentren clasiicados en la categoría de EMPLEADOS o TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA

• Que no sean responsables del impuesto sobre las ventas régimen común

Cumplir los siguientes requisitos

• Que el patrimonio bruto del año gravable 2013 no exceda de 4.500 UVT ($120.785.000)

• Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($37.577.000)

• Que los consumos mediante tarjetas de crédito no excedan de 2.800 UVT ($75.155.000)

• Que el valor total de las compras y consumos no supere 2.800 UVT ($75.155.000)

• Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones inancieras no exceda 4.500 UVT ($120.785.000)

Declaracion voluntaria del impuesto sobre la renta

Artículo 1º. Ley 1607 de Diciembre 26 de 2012 Modiica el Artículo 6º. ET.

El impuesto sobre la renta de los no obligados a declarar es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente en el año gravable

Las personas naturales residentes en el país a quienes les hayan practicado retenciones en la fuente y que no estén obligadas a declarar

Podrán presentar la declaración de renta y dicha declaración producirá efectos legales

Residencia para efectos fiscales

Artículo 2º. Ley 1607 de Diciembre 26 de 2012 Modiica el Artículo 10º. ET.

Se consideran residentes las personas naturales que cumplan cualquiera de las siguientes condiciones:

  1. Permanencia continua o discontinua en el país por más de 183 días

  2. Encontrarse por su relación con el servicio exterior del Estado Colombiano exentos de tributación en el país en que se encuentran en misión , respecto de toda o parte de sus rentas y ganancias ocasionales

  3. Ser nacionales y que en el año gravable

  1. Su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o los hijos dependientes menores de edad tengan residencia iscal o

  2. El 50% de sus ingresos sean de fuente nacional o

  3. El 50% de sus bienes sean administrados en el país o

  4. El 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país o

  5. Habiendo sido requeridos por la Administración Tributaria para ello no acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios o

  6. Tengan residencia iscal en una jurisdicción caliicada por el Gobierno Nacional como paraíso iscal

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Las personas naturales nacionales que acrediten su condición de residentes en el exterior deberán hacerlo ante la DIAN mediante certiicado de residencia iscal, expedido en el país donde se hayan convertido en residentes

Residencia para efectos fiscales permanencia continua o discontinua

Permanencia por más de 183 días

[VER PDF ADJUNTO]

En el entendido que cuando la permanencia continua o discontinua en el país recaiga sobre más de un año o periodo gravable, se considerara que la persona es residente a partir del segundo año o periodo gravable

Deduccion a fondos de pensiones y fondos de cesantias

Artículo 3º. Ley 1607 de Diciembre 26 de 2012 Modiica el Artículo 126-1 ET.

Los aportes del empleador serán deducibles hasta 3.800 UVT por empleado

El monto obligatorio de los aportes que haga el trabajador, el empleador y el participe independiente al fondo de pensiones , no hará parte de la base de retención y será considerado como una RENTA EXENTA

Los aportes voluntarios que haga el trabajador, el empleador o el participe independiente serán considerados como RENTA EXENTA hasta una suma que adicionada al valor de los aportes de las cuentas AFC , y el valor de los aportes obligatorios no exceda del 30% del ingreso laboral o tributario del año, y hasta un máximo de 3.800 UVT ($101.996.000 Valor base año 2013)

Retiro de aportes voluntarios

Los retiros de aportes voluntarios provenientes de ingresos que se excluyeron de la base de retención en la fuente , implica que el trabajador pierda el beneicio y que se efectué por parte del respectivo fondo o seguro la retención inicialmente no realizada en el año de percepción del ingreso, se produce sin el cumplimiento de las siguientes condiciones:

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Que los aportes, rendimientos o pensiones, sean pagados con cargo a aportes que hayan permanecido por un periodo mínimo de diez (10) años, en los seguros privados de pensiones y los fondos de pensiones voluntarias, administrados por las entidades vigiladas por la...

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