El riesgo en el seguro de crédito conforme a la legislación chilena - Núm. 46, Julio 2016 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 652804633

El riesgo en el seguro de crédito conforme a la legislación chilena

AutorJuan Luis Goldenberg Serrano
CargoDoctor en Derecho, Universidad de Salamanca
Páginas1-38
1
REVISTA DE DERECHO
N.º 46, Barranquilla, 2016
ISSN: 0121-8697 (impreso)
ISSN: 2145-9355 (
on line
)
artículo de investigación
El riesgo en el seguro de crédito
conforme a la legislación chilena*
The risk in the credit insurance
pursuant to the Chilean regulation
Juan Luis Goldenberg Serrano**
*Este trabajo forma parte de la investigación que se realiza en el marco del proyecto de inves-
tigación Fondecyt Regular n° 1141220, titulado “El contrato de seguro como contrato de consumo.
Examen crítico de su estructura y sistematización después de las reformas de la ley de protección
del consumidor y el Código de Comercio”, en el cual el autor de este artículo es coinvestigador.
** Doctor en Derecho, Universidad de Salamanca. Profesor de Derecho Privado de la Facultad
de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Dirección postal: Av. Libertador Ber-
nardo O’Higgins n° 340, Santiago. Teléfono 562 354 1834. jgoldenb@uc.cl
2revista de derecho, universidad del norte, 46: 1-38, 2016
ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2145-9355 (on line)
Fecha de recepción: 14 de octubre de 2015
Fecha de aceptación: 9 de noviembre de 2015
Resumen
Inserto en el marco de la nueva regulación del contrato de seguro en el Código
de Comercio chileno, los artículos 579 a 581 nos ofrecen un contexto regulato-
rio del seguro de crédito alejado de la lacónica referencia dada previamente por
el artículo 11 del Decreto con Fuerza de Ley n° 251 de 1931. Sin embargo, una
controversial referencia al riesgo cubierto, enunciado como el incumplimiento
de la obligación, y su difícil ajuste a los hechos típicos desencadenantes de la
obligación indemnizatoria de la aseguradora, dan cuenta de la necesidad de
revisar el tópico, especialmente en un área del mercado de seguros, en que el
diseño institucional asigna reglas particulares para conformación a las asegu-
radoras del primer grupo. A su vez, desplazada la lógica contractual liberal del
seguropropiadelaregulacióncodicadayreemplazadaporunámbitodeapli-
cación reducido de la autonomía privada, los eventuales desajustes normativos
no pueden ser fácilmente resueltos a la luz del texto de los condicionados gene-
rales sin afectar el marco imperativo que pretende ampliar los niveles de pro-
tección del tomador, en este caso con relación a la individualización del riesgo.
Palabras clave: seguro de crédito, riesgo, insolvencia.
Abstract
Inserted in the framework of the new regulation of the insurance agreement in
the Chilean Commercial Code, articles 579 to 581 provide a regulatory context
of the credit insurance, departed from the brief reference previously granted by
the article 11 of the Decree with Legal force n° 251 of 1931. However, a contro-
versial reference to the hedged risk, related to the breach of the obligation, and
adicultadjustmentwiththelegalfactsthattriggertheindemnityobligation
of the insurer, show the need to revisit the topic, especially in an area of the
insurance market in which the institutional design determine particular rules
fortheincorporationoftheinsurersoftherstgroupInturnonceshiftedthe
liberallogic ofthe insuranceagreement basisof thecodied regulationand
replaced by a reduced scope of the private autonomy, the possible normative
mismatches may not be easily solved within the general conditions of the agree-
mentwithoutaectingtheimperativeframeworkthataimstoextendthelevel
ofprotectionofthe insuredpartyinthis casereferredtothe identicationof
the risk.
Keywords: credit insurance, risk, insolvency.
3
EL RIESGO EN EL SEGURO DE CRÉDITO CONFORME A LA LEGIS LACIÓN CHILENA
revista de derecho, universidad del norte, 46: 1-3838, 2016
ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2145-9355 (on line)
INTRODUCCIÓN
Resulta indudable que hace un buen tiempo el crédito ha sido uno de
los motores fundamentales de la economía, quedando patente en las
lógicas del endeudamiento como forma de dotación de recursos para
el logro de los propósitos corporativos. En este sentido, la irrupción de
la mecánica de las obligaciones a plazo o, incluso, fraccionadas en el
tiempo, requieren de una mayor tutela hacia el acreedor, que se con-
vierte así en una especie de financista del deudor por el lapso que me-
dia entre la constitución del crédito y la época de su satisfacción. Ahora
bien, junto a las figuras habituales de fortalecimiento del crédito, bajo
la idea de cauciones reales o personales, el mercado asegurador tam-
bién ha dotado al acreedor de un instrumento específico para el alivio
del riesgo de crédito1. Pero dado que dicho riesgo puede presentarse
de varios modos, el seguro de crédito ha pretendido asegurar la posi-
bilidad de un específico evento dañino dentro del universo del riesgo
crediticio (Marimón, 2002a, p. 779). De este modo, este trabajo preten-
de identificar el citado riesgo como elemento estructural del seguro
de crédito, tomando especialmente en cuenta la nueva regulación del
contrato de seguros prevista en la legislación chilena.
LA NOCIÓN DEL RIESGO EN EL SEGURO DE CRÉDITO
Antecedentes normativos en el ordenamiento chileno
Como parte de la estructura común a todo seguro, el artículo 521 del
Código de Comercio (“CCom”) nos señala la existencia de un riesgo
asegurado como uno de sus requisitos esenciales, cuya ausencia puede
1 Morral (2002, p. 25). Para una revisión de las ventajas de esta clase de seguros, vid. Achurra
(2005, pp. 189 y 190; Arellano, 2013, pp. 264 - 266, y Contreras, 2014, pp. 466 y 467). En Chile, la
Superintendencia de Valores y Seguros ha informado que “las compañías de seguro de crédito ven-
dieron US$ 72,5 millones durante 2013 por concepto de seguros de crédito”, con un crecimiento im-
portante desde 2009 (US$ 53,1 millones), pero estabilizado en relación con 2012 (US$ 72,7 millones).
Asimismo, la siniestralidad de los seguros de crédito descendió en el año 2013 en US$2,32 millones
con respecto al año anterior (Macías, 2014 [recurso electrónico]).

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