Sentencia final del proceso a Manuel Quintín Lame y otros en abril de 1921 - La Quintiada - La quintiada (1912-1925). La rebelión indígena liderada por Manuel Quintín Lame en el Cauca. Recopilación de fuentes primarias - Libros y Revistas - VLEX 777684505

Sentencia final del proceso a Manuel Quintín Lame y otros en abril de 1921

AutorJulieta Lemaitre Ripoll
Páginas189-205
XI
SENTENCIA FINAL DEL PROCESO A MANUEL
QUINTÍN LAME Y OTROS EN ABRIL DE 1921
En este capítulo se transcribe la sentencia condenatoria de Manuel
Quintín Lame y otros. Si bien la sentencia es de 1921, la copia dis-
ponible es la que se envió a Bogotá en 1924 como resultado de las
indagatorias por parte del Gobierno nacional. De allí que la fecha del
documento en el archivo sea 1924. La sentencia es adoptada en 1921
contra varios de los detenidos en 1917, por diversos delitos relaciona-
dos con el alzamiento.
Popayán, 30 de julio de 1924
97
El Secretario del Juzgado Superior del Distrito Judicial de Popayán,
en acatamiento al Oficio No. 2273 del Sr. Secretario General de
Gobierno, fechado el 11 el presente mes, expide las siguientes copias,
tomadas de la causa que se adelanta a Manuel Quintín Lame y otros,
por los delitos denominados: “Motines o tumultos”, “cuadrilla de mal-
hechores”, “raptos”, “robos”, “hurtos”, “alteración de documentos”,
etc., etc., etc.
   :98 Juzgado Superior. Popayán,
abril quince de mil novecientos veintiuno.
97 , Bogotá, República, Ministerio de Gobierno, sección 4 varios, t. 129, ff.
249-263.
98 Nota de la compiladora: A la manera de los documentos judiciales, este no tiene
espacios entre líneas ni abre párrafos, cosa que dificulta la lectura. Para facilitarla le he
agregado algunos espacios entre las líneas que no están en el original.
190 la quintiada (1912-1925)
: Este juzgado, en auto de doce de octubre de mil novecien-
tos diez y nueve que confirmó el Tribunal Superior en el de siete de
mayo de mil novecientos veinte, abrió causa criminal, con intervención
del Jurado, a Manuel Quintín Lame, Ángel Quimboa, Julio Niquinás,
Espiritusanto Valencia, Félix Camayo, Ricardo Campo, José Gregorio
Camayo y José Gonzalo Sánchez por los delitos denominados “Motines
o tumultos” y otras connotaciones populares y disposiciones comunes
a los dos capítulos precedentes; “cuadrilla de malhechores”; raptos,
fuerzas y violencias contra las personas: violación de los enterramien-
tos, robo y hurtos, al primero; Cuadrilla de malhechores y robos, al
segundo; cuadrilla de malhechores, homicidio, robos y sustracción,
alteración o destrucción de documentos o efectos custodiados en
archivos u otras depositarias públicas; apertura ilegal de testamentos u
otros instrumentos cerrados; quebrantamiento de secuestros, embar-
gos o sellos puestos por autoridad legítima, al tercero; Cuadrilla de
malhechores, robos hurtos e incendios y otros daños, al cuarto; cuadri-
lla de malhechores, heridas, golpes y malos tratamientos, robos, hur-
tos e incendios y otros daños, al quinto; Cuadrilla de malhechores al
sexto; hurtos al séptimo; hurtos al octavo.
En auto de fecha veintiuno de junio de mil novecientos veinte, este
juzgado abrió causa criminal, con intervención del Jurado, a Sebastián
Ramos, por los delitos denominados Cuadrillas de malhechores, homi-
cidio, sustracción, alteración o destrucción de documentos o efectos
custodiados en archivos u otras depositarias públicas; apertura ilegal
de testamentos u otros instrumentos cerrados; quebrantamiento de
secuestros, embargos o sellos puestos por autoridad pública, y robos.
Dicho auto se ejecutorió por no haber apelado el reo de él. Por esta
razón, se siguió la causa bajo una misma cuerda con la referente a
Manuel Quintín Lame y demás indígenas ya citados, por tratarse de
delitos cometidos en el mismo tiempo y en común con estos indivi-
duos. Acumuladas las dos causas y posesionados los defensores que
nombraron los reos y los que nombró de oficio este Departamento, se
dictó el auto de apertura a prueba y se continuó la tramitación de las
causas, hasta que el siete del mes en curso se principió la celebración
del juicio en la cual, el jurado compuesto de los señores Francisco

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