El significado del procedimiento administrativo - Núm. 38, Enero 2017 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 736457493

El significado del procedimiento administrativo

AutorMartín Loo Gutiérrez
CargoDoctor en Derecho Público por la Universidad de Roma ?Tor Vergata'. Profesor asociado de derecho administrativo en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (Valparaíso, Chile)
Páginas155-175
Revista Derecho del Estado n.º 38, enero-junio de 2017, pp. 155-175
MARTÍN LOO GUTIÉRREZ*
El significado del procedimiento
administrativo**
The meaning of the administrative
procedure
SUMARIO
Introducción. 1. Una noción formal del procedimiento administrativo. 2.
La comprensión sustantiva del procedimiento administrativo. 3. Una com-
prensión funcional del procedimiento administrativo chileno. Conclusiones.
Referencias.
RESUMEN
El artículo busca presentar una noción sustantiva del ‘procedimiento admi-
nistrativo’, esto es, una comprensión que prescinda del significado mera-
mente procedimental o formal que se ha consolidado en Chile a partir de la
definición adoptada por la Ley de Bases de Procedimiento Administrativo
(“lBpa”) y que se haga cargo de las finalidades institucionales que se han
asignado al procedimiento administrativo por la doctrina comparada. El
trabajo desarrolla una explicación acerca de los orígenes de la comprensión
formal y expone la doctrina que se ha consolidado en Europa para explicar la
institución desde un punto de vista sustancial. Se sostiene que dicha noción
sustantiva puede ser construida también en Chile a partir de una lectura
sistemática de algunas de las disposiciones de la ley sobre procedimientos
administrativos.
* Doctor en Derecho Público por la Universidad de Roma ‘Tor Vergata’. Profesor asociado de
derecho administrativo en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso (Valparaíso, Chile).
Correspondencia: martin.loo@pucv.cl Agradezco las valiosas observaciones que hizo Matías
Lepe a un borrador del artículo. Agradezco, asimismo, las sugerencias y críticas realizadas por
los pares evaluadores en el proceso de revisión de este trabajo.
** Recibido el 17 de octubre de 2016, aprobado el 1.º de marzo de 2017.
Para citar el artículo: loo Gutiérrez, M. El significado del procedimiento administrativo.
Derecho del Estado n.º 38, Universidad Externado de Colombia, enero-junio de 2017, pp. 155-
175. doi: https://doi.org/10.18601/01229893.n38.06
156 Martín Loo Gutiérrez
Revista Derecho del Estado n.º 38, enero-junio de 2017, pp. 155-175
PALABRAS CLAVE
Procedimiento administrativo, administración pública, acto administrativo,
Chile, control administrativo, Ley chilena de Bases del Procedimiento Ad-
ministrativo de 2003, Ley 19880.
ABSTRACT
The article seeks to present a substantive notion of the ‘administrative pro-
cedure’, that is, an understanding that departs from the merely procedural or
formal meaning that has been consolidated in Chile from the definition adopted
by the Administrative Procedures Act (“lBpa”) and analyses the institutional
purposes that have been assigned to the administrative procedure by foreign
literature. The paper develops an explanation about the origins of this formal
understanding and exposes the doctrine that has been consolidated in Europe
to explain the institution from a substantial point of view. It is argued that
this substantive notion can also be constructed in Chile from a systematic
reading of some of the provisions of the law on administrative procedures.
KEYWORDS
Administrative procedure, public administration, Chile, administrative act,
administrative control, chilean Administrative Procedure Act 2003, Act 19880.
INTRODUCCIÓN
La Ley 19880, de Bases del Procedimiento Administrativo (“lBpa”), significó
un avance gigantesco en el desarrollo del derecho administrativo chileno. Su
dictación marcó un antes y un después en el crecimiento dogmático y juris-
prudencial de un área del derecho que había sido, por décadas, literalmente
olvidada por el legislador1. Sus pocos cultores habían debido contentarse con
1 La relevancia de la lBpa en el crecimiento dogmático del derecho administrativo chileno
ha sido claramente expuesta por la doctrina. De esta suerte, por ejemplo, Luis Cordero Vega,
al destacar la enorme influencia que Pedro Pierry tuvo en la consolidación de la jurisprudencia
de la Corte Suprema, recuerda que este, a diferencia de Urbano Marín, otro juez cuyos fallos
marcaron el desarrollo de nuestro derecho administrativo, contó con una “herramienta que Marín
no tuvo desde el inicio de su gestión: la ley de procedimiento administrativo y sus principios”.
Véase cordero veGa, 2016. En definitiva, la consolidación de lo que el autor denomina “Factor
Pierry” en la jurisprudencia de la Corte de casación chilena fue posible, entre otros motivos,
porque Pierry pudo echar mano a un instrumento normativo clave al momento de enjuiciar la
legalidad de la actuación formal de la Administración, esto es, la lBpa. Por lo demás, la doctrina
comparada reconoce en la regulación del procedimiento administrativo un signo de madurez
del respectivo ordenamiento. Así, BarneS (2011, 85) afirma que “la evolución y madurez del
Derecho administrativo corre paralela, en muchos casos, a la emergencia del procedimiento
administrativo como institución”.

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