De las tarifas y la producción de residuos facturados - Núm. 19, Diciembre 2015 - Revista de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - Libros y Revistas - VLEX 647505113

De las tarifas y la producción de residuos facturados

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RESOLUCIÓN CRA 720 DE 2015. MARCO TARIFARIO DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO PARA GRANDES PRESTADORES RESOLUCIÓN CRA 720 DE 2015. MARCO TARIFARIO DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO PARA GRANDES PRESTADORES
mes en el que se hizo la úlma actualización según lo establecido en el
Arculo 125 de la Ley 142 de 1994.
Parágrafo 1. La aplicación de los índices de actualización de costos a los que se reere el
presente arculo se sujetará a lo establecido en el arculo 125 de la Ley 142 de 1994.
Parágrafo 2. Para la esmación del factor de actualización, se ulizará el índice de Precios
al Consumidor (IPC) denido por el DANE, al momento de entrada en vigencia de la
fórmula tarifaria, redondeado a la candad de decimales que dicha endad publique de
manera ocial.
Parágrafo 3. El Factor de Actualización obtenido, deberá ser redondeado a cuatro
decimales y las operaciones resultantes de la fórmula de actualización de costos por
acvidad serán redondeadas a dos decimales.
ARTÍCULO 38. Factor de Producvidad. A parr del tercer año de entrada en vigencia de
la presente Resolución, la CRA establecerá anualmente el factor de producvidad con el
cual se actualizarán los costos medios de referencia.
Éste será calculado por la CRA de acuerdo con la siguiente fórmula y siguiendo las
metodologías denidas en el ANEXO V
Para las acvidades de recolección y transporte, barrido y limpieza, CLUS y comercialización:
Donde:
Factor de producvidad para recolección y transporte, barrido y limpieza, CLUS
y comercialización.
Metodología de Frontera Estocásca de Funciones de Costo.
Metodología de Función Estocásca de Distancia de Insumos.
50%:
Factor de distribución del incremento de producvidad entre prestadores de
aseo y usuarios de estas acvidades.
Para la acvidad de disposición nal:
Donde:
Factor de Producvidad para disposición nal y tratamiento de lixiviados.
Metodología de Frontera Estocásca de Funciones de Costo.
Metodología de Función Estocásca de Distancia de Insumos.
Los prestadores deberán diligenciar el formulario de información del ANEXO V
trimestralmente durante los dos primeros años y semestralmente a parr del tercer
año de la entrada en vigencia de la presente resolución.
Parágrafo 1. En los dos primeros años de entrada en vigencia de la presente Resolución, el
factor de producvidad será tomado como cero (0).
Parágrafo 2. El factor de producvidad del año establecido en este arculo es único para
todos los prestadores de cada segmento incluyendo las empresas que inicien operación con
posterioridad a la vigencia de la presente resolución.
TÍTULO III
DE LAS TARIFAS Y LA PRODUCCIÓN DE RESIDUOS FACTURADOS
ARTÍCULO 39. Tarifa Final por suscriptor. Para efecto de calcular la tarifa mensual nal al
suscriptor, los prestadores de recolección y transporte de residuos no aprovechables
aplicarán la siguiente fórmula:
i) Si el usuario no ene aforo:
ii) Si el usuario ene aforo:
Donde:
Tarifa Final por suscriptor po u, en el APS z, de la persona prestadora (pesos/
suscriptor-mes).
Tarifa Final por suscriptor aforado i, en el APS z, de la persona prestadora
(pesos/suscriptor-mes).
Costo Fijo Total denido en el ARTÍCULO 11 de la presente resolución. (Pesos/
suscriptor-mes).
Costo Variable por tonelada de residuos no aprovechables denido en el
ARTÍCULO 12 de la presente resolución (pesos/tonelada).

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