Tasa de dibujo vías obligadas - Parte sustantiva - Acuerdo municipal No. 067 - Estatuto Tributario de Medellín (2° Edición) - Libros y Revistas - VLEX 455846850

Tasa de dibujo vías obligadas

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas126-126
Estatuto Tributario de Medellín126
2. En las reformas que generen destinaciones. En los casos en los cuales por reforma
del 50% o mayor se sub-divide un espacio del avalúo, se cobrará sobre una
fracción del área total construida resultante de multiplicar tal área por el número
de destinaciones nuevas, dividido por el número total de destinaciones resultantes.
3. Cuando se presenten variaciones a planos que generen mayor área, con o sin
destinación, se cobra un reajuste en la tasa de nomenclatura equivalente al área
que se adiciona.
Se considera en este caso, como variación a planos, solo aquellas modificaciones
que se efectúan con anterioridad a la concesión del recibo definitivo por el
Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
CAPÍTULO XVIII
TASA DE DIBUJO VÍAS OBLIGADAS
ARTÍCULO 132: ADOPCIÓN NORMATIVA. La Tasa de Dibujo de Vías
Obligadas, se encuentra adoptada mediante los Acuerdos Municipales Números 37
de 1981 y 58 de 1993.
ARTÍCULO 133: DEFINICIÓN. Es una tasa que se cobra por el dibujo de las
vías obligadas que debe soportar un predio para su urbanización.
ARTÍCULO 134: TARIFA. Toda persona que solicite al Municipio, por intermedio
del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, el dibujo de vías obligadas,
pagará a partir de la vigencia de este acuerdo una tasa equivalente a 1,934 UVT por
cada 200 metros lineales. (Año 2009, $46.000)
CAPÍTULO XIX
TASA POR OCUPACIÓN DE VÍAS
ARTÍCULO 135: ADOPCIÓN NORMATIVA. La Tasa por Ocupación de Vías,
se encuentra adoptada mediante el Acuerdo Municipal Número 58 de 1993.
ARTÍCULO 136: DEFINICIÓN. Es una Tasa que se cobra a la(s) empresa(s)
por el estacionamiento de vehículos autorizados por la Secretaría de Transportes y
Tránsito en determinados puntos de la vía pública.

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