El límite a la tasa de interés remuneratoria en el régimen comercial de Colombia: ¿Costo de transacción y barrera legal? - Núm. 8-1, Julio 2008 - Criterio Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 43907025

El límite a la tasa de interés remuneratoria en el régimen comercial de Colombia: ¿Costo de transacción y barrera legal?

AutorCarlos Andrés Delvasto P.
CargoAbogado y Magíster en Derecho Económico
Páginas98-130

Abogado y Magíster en Derecho Económico. Profesor de la Pontificia Universidad JaverianaCali.

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1. Introducción

Los mercados financieros en Latinoamérica en la década del noventa sufrieron modificaciones sustanciales, producto de un nuevo enfoque económico adoptado en la región a finales de la década del ochenta, cuyo objetivo fue reencontrar el sistema financiero con el mercado, al igual que remediar problemas estructurales, incluyendo dificultades de regulación y supervisión surgidos a partir de mediados de la década del noventa. Estas reformas se conocen como de primera y segunda generación, y adoptaron medidas como: privatización de entidades financieras públicas, liberalización de tasas de interés, adopción de normas de suficiencia de capital, al igual que la implementación de una serie de principios de regulación y supervisión bancaria, conocidos comúnmente como los principios de supervisión bancaria de Basilea, sugeridos por el Banco de Pagos Internacionales, entre otras instituciones.1

A pesar de realizar estas reformas, un problema que aún persiste en el mercado financiero latinoamericano, y es una característica actual del mercado colombiano, es la poca profundidad financiera. La profundización financiera y el crecimiento económico se encuentran relacionados positivamente2: al existir mayor acceso a servicios financieros por parte de los agentes económicos se mejora el bienestar y se incrementa el crecimiento económico de la sociedad.3

En Colombia los niveles de profundización financiera y bancarización son bajos, incluso en comparación con otros países latinoamericanos.4 La Page 99 exclusión de sectores poblacionales es reflejada en cifras alarmantes; a manera de ejemplo, podemos citar el porcentaje de familias que acceden al sistema financiero en Bogotá D.C., el cual es de un cuarenta por ciento (40%). Al comparar esta cifra con la obtenida en un país desarrollado se apreciará una diferencia abismal, puesto que en este último la misma sobrepasa un noventa por ciento (90%) (Rojas, 2006: 1).

Ahora bien, la bancarización de Colombia para el año 2005 es de un 22% como porcentaje de la cartera bancaria en relación con el PIB; con respecto a la cobertura geográfica de las entidades crediticias, a septiembre de 2005, existía una sucursal financiera en el 71% de los municipios, correspondiente a un 92% de la población del país. Sin incluir el Banco Agrario estas cifras disminuyen a un 25% y 73%, respectivamente (CONPES, 2006: 8).

Un sector económico que tiene un bajo porcentaje de acceso financiero, siendo de vital importancia para el mercado y la sociedad, es la micro, pequeña y mediana empresa (en adelante Pymes). De acuerdo con el documento CONPES 3484 (2007: 2), las microempresas y las Pymes en Colombia generan 80.8% del empleo nacional. Las fuentes de financiamiento del capital semilla de las microempresas proveen una evidencia del escaso acceso financiero de estas. En porcentaje, este financiamiento se obtiene en un 72% de ahorros familiares y propios, 16% de préstamos de amigos y familiares, 5% de entidades crediticias y 4% de ONG (CONPES, 2007: 4). El sector Pymes en Colombia tiene una financiación en un 43% por créditos bancarios, 24% por recursos propios, 18% por proveedores, 12% por recursos extrabancarios, 2% por recursos del gobierno y un 1% de recursos de cooperativas. Un 43% de las Pymes no ha solicitado crédito en los últimos dos años, el 64% no lo ha requerido y un 22% considera inadecuadas las condiciones del mismo; además, de un 57% que lo han requerido ha sido rechazada la mitad generalmente por no cumplir con las garantías exigidas para el otorgamiento o desembolso de recursos (FUNDES, 2004: 22-25).

En conclusión, es posible afirmar que el acceso y profundización financiera en Colombia es bajo. Ahora bien, la poca profundización financiera generó Page 100 una reacción de mercado y ocasionó la implementación de una serie de políticas públicas con el objetivo de remediar los problemas que no fueron solucionados al liberalizar el mercado en el pasado.5

Con respecto a esta cuestión, Romy Calderón sostiene:

La liberalización financiera no garantiza que se elimine la segmentación de los mercados de crédito, pues los bancos comerciales privados se orientan a canalizar sus recursos a empresas de alta solvencia, bajo riesgo, y sólidas garantías. Entonces, quedan sin atención las necesidades de aquellos prestatarios que son numerosos y que aportan una contribución significativa a la producción y al empleo, esto es, los pequeños productores (2005: 12).

La reacción de mercado se presentó al desarrollarse un mercado de crédito informal o paralelo al de los establecimientos de crédito, el cual existía incluso con anterioridad a las reformas de primera y segunda generación. Un claro ejemplo de la existencia de mercados informales lo constituyen: las casas de empeño, los canales de distribución de productos tipo tendero o pequeños comercializadores, grupos familiares o de amigos que se organizan a través de cadenas con el objetivo de concederse préstamos sin costo alguno, entre otros.6

No obstante, el mercado informal evolucionó y se presentó el surgimiento y desarrollo de organizaciones financieras no reguladas, usualmente llamadas organizaciones de microfinanzas. Estas son todas aquellas entidades, sean grandes o pequeñas, que se dedican a proveer servicios financieros a los sectores excluidos de acceso. Existe toda una gama de servicios financieros a la que los sectores más excluidos de la población desean acceder, por ejemplo: la obtención de crédito, apertura de cuentas, seguros, transferencia de recursos, entre otros. En Colombia actualmente existen 17 de estas organizaciones no reguladas.7 Page 101

Actualmente el Estado se encuentra implementando reformas en el sector financiero con el objetivo de remediar los problemas generadores del bajo acceso financiero. A través del documento CONPES No. 3424 de 20068, titulado: "La Banca de las Oportunidades. Una política para acceder al crédito y a los demás servicios financieros buscando equidad social", se ha elaborado una serie de estrategias que tienen como propósito ampliar el mercado y proveer un acceso de crédito y otros servicios financieros en forma real a la población, incluyendo dentro de este proceso a las entidades crediticias, a través de la disminución de los costos de transacción entre estas y el mercado (Delvasto, 2006).9

De conformidad con el documento CONPES antes mencionado, los factores que limitan el acceso al crédito desde un punto de vista de oferta y demanda tienen un elemento común, conocido en la literatura económica como costos de transacción.10 Es importante resaltar que algunos costos de transacción pueden ser ocasionados por la intervención del Estado en el mercado (Cooter, 2004: 91). A manera de ejemplo, ténganse en cuenta los gravámenes a las transacciones financieras, es decir, el cuatro por mil (4x1000). En este caso Page 102 particular se produce un incentivo perverso que afecta directamente las operaciones pasivas y activas de las entidades crediticias11; otra condición legal que, de acuerdo a la literatura económica produce costos de transacción, es la existencia de un tope máximo a las tasas de interés remuneratorio.12

Este trabajo tiene como propósito analizar si el tope máximo de la tasa de interés remuneratoria en el régimen comercial ocasiona un costo de transacción y constituye una barrera legal en el mercado colombiano. Ahora bien, en orden a responder a la problemática inicialmente planteada es necesario desarrollar los conceptos insertos en ella. A continuación se expone el régimen jurídico existente sobre el límite de la tasa de interés remuneratoria en Colombia.

2. Régimen de intereses
2.1. Noción de interés

En las operaciones crediticias normalmente existen dos agentes: uno de estos se caracteriza por ser el propietario del recurso económico; el otro agente es un tercero (con respecto a la cosa) que se caracteriza por valorar más ese recurso económico. Al primero se le denomina mutuante o prestamista (A), al segundo mutuario o prestatario (B). El mecanismo de precio es la manera en que se determina quién valora más el recurso económico en el mercado. Dicho en otras palabras, (A) le prestará a (B) el recurso económico solo en la medida en que (B) se encuentre dispuesto a pagar más por usar el recurso de lo que (A) estaría dispuesto a pagar para retenerlo. Este precio se conoce como la tasa de interés.

El padre del liberalismo clásico, Adam Smith, efectúa una descripción prolija con respecto al préstamo de un capital o recurso económico, al igual que a la manera en que se retribuye el mismo. Al respecto dicho autor sostiene13: Page 103

Casi todos los préstamos con interés se concretan en dinero, sea en billetes, oro o plata. Pero lo que el prestamista en realidad desea, y lo que el prestatario en realidad le facilita, no es el dinero sino lo que el dinero vale, o los bienes que puede adquirir. Si lo desea como fondo para su consumo inmediato, son sólo esos bienes de consumo los que incluye en su fondo. Si lo desea como capital para emplear...

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