Territorio sin Estado. El caso de los pueblos palafíticos en la Ciénaga Grande de Santa Marta - Núm. 43, Enero 2015 - Revista de Derecho de la División de Ciencias Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 592496786

Territorio sin Estado. El caso de los pueblos palafíticos en la Ciénaga Grande de Santa Marta

AutorJuan Pablo Sarmiento Erazo
Páginas110-157
110
Juan Pablo Sarmiento E.**
Universidad del Norte (Colombia)
REVISTA DE DERECHO
N.º 43, Barranquilla, 2015
ISSN: 0121-8697 (impreso)
ISSN: 2145-9355 (
on line
)
artículo de investigación
* Este documento fue elaborado con la colaboración de los investigadores de la Universidad
del Norte Carolina Mariño Manrique (ingeniera y candidata a maestría en Ingeniería de esta
universidad) y Dagoberto Lavalle Navarro (candidato al título de abogado por la misma uni-
versidad), financiado por el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Florida
en el marco del proyecto USAID-HED Colombia-U.S. Human Rights Law School Partnership, y
financiado en el convenio marco n° 2013- 20644 celebrado entre la Universidad del Norte y la
Universidad de Florida. Los contenidos de esta obra son responsabilidad del autor y no reflejan
necesariamente el punto de vista de USAID o del gobierno de los Estados Unidos. Agradezco la
lectura, el apoyo y lo aportes del profesor y director del Centro, Dr. Philip J. Williams. Finalmen-
te, quienes hemos escrito estas líneas y nos hemos aproximado a esta población esperamos que
este documento brinde un homenaje a las víctimas del conflicto armado y a quienes residen o se
han visto obligados a desplazarse de los pueblos palafíticos de la Ciénaga Grande de Santa Marta,
cuya tenacidad y valentía debe ser resaltada. Queremos exaltar la historia de vida y la fortaleza y
templanza de la población a la que nos hemos acercado.
** Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana (Colombia), magíster y doctorado en Dere-
cho de la Universidad de los Andes (Colombia). Profesor de la Universidad del Norte (Colombia).
Director del Grupo de litigio de interés público de la misma universidad. jpsarmiento@uninorte.
edu.co, jua-sarm@uniandes.edu.co
Territorio sin Estado. El caso de los pueblos
palafíticos en la Ciénaga Grande de Santa Marta*
Territory without State, the case of the stilt villages
of Ciénaga Grande de Santa Marta
http://dx.doi.org/10.14482/dere.43.7475
111
revista de derecho, universidad del norte, 43: 110-157, 2015
ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2154-9355 (on line)
Fecha de recepción: 23 de octubre de 2014
Fecha de aceptación: 9 de diciembre de 2014
Resumen
Este estudio argumenta que en Colombia, donde el Estado no tiene pre-
sencia, las comunidades crean y recrean formas paraestatales de gobierno
que les permiten organizarse pacíca, política y jurídicamente. A través de
un estudio de caso (los pueblos palafíticos de la Ciénaga Grande de Santa
Marta) se expondrá la manera como una sociedad sin una singularidad cul-
tural determinada, pero en la que el Estado ha sido incipiente, ha generado
formas de gobierno local, diferenciadas y paralelas a la organización jurídico-
legitimadora del Estado.
Palabras clave: pluralismo jurídico, monismo jurídico, pueblos pa-
lafíticos de la Ciénaga Grande de Santa Marta, derecho extralegal,
formas de gobierno extraestatal.
Abstract
This study argues that in Colombia, where the state presence is lacking,
communities create and recreate extra-state forms of government, allowing
them to organize peaceful, politically and legally. Through the case study
(the stilt villages of Cienaga Grande de Santa Marta) will expose how a
society without a clearly dierentiated cultural uniqueness, but where the
state has been emerging, have generated dierent forms of local government
and parallel to the legal state-legitimating organization.
Keywords: Legal pluralism, legal monism, stilt villages of Cie-
naga Grande de Santa Marta, extralegal law extra-state forms of
government.
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Juan Pablo Sarmiento E.
revista de derecho, universidad del norte, 43: 110-157, 2015
ISSN: 0121-8697 (impreso) • ISSN: 2154-9355 (on line)
INTRODUCCIÓN
La teoría del Estado que se ha desplegado en Occidente se ha cons-
truido a partir de tesis normativas que la realidad no parecería sus-
tentar. Efectivamente, podríamos aseverar que existe un “monismo
estatal”1, que considera que en un territorio el Estado domina jurídica
y políticamente y que tiene en su haber el monopolio de la fuerza, la
representación y acción política, la producción del derecho, la solución
institucionalizada y unilateral de los conflictos, y la responsabilidad
de garantizar derechos y asistencia a la población que se encuentra en
su territorio.
No obstante, la experiencia del sur global parecería mostrar que exis-
ten, en realidad, diversas formas de dominio político y jurídico en un
territorio, que compiten y regulan alternativamente las relaciones polí-
ticas y jurídicas de los individuos. Ciertamente, se trata de una multi-
plicidad de formas de “Estados” que se encuentran en un mismo terri-
torio, que tienen instituciones no formales de control y dirección social.
Países multiculturales como Colombia, Perú, Ecuador, México, Bolivia,
Brasil, Chile y Guatemala, entre otros, han reconocido formas de au-
togobierno y capacidad de producción jurídica a las comunidades an-
cestrales, por ser estas portadoras de una tradición sociocultural y una
diferenciación —o singularidad— étnica parcialmente incompatible
con la organización política y jurídica occidental moderna2. Esto per-
1 El término utilizado, “monismo estatal”, se nutre del “monismo jurídico”, explicado por el
profesor Daniel Bonilla (2008), quien expone que en la práctica occidental, a partir de la emer-
gencia del Estado moderno, existe una tesis propositiva que consiste en que en el territorio debe
haber uno y solo un sistema jurídico jerarquizado y centralizado en cada Estado.
2 Por ejemplo, en Colombia la Constitución de 1991 les dio algunas facultades de organiza-
ción y regulación a las comunidades ancestrales para autogobernarse y organizarse política y
jurídicamente, en aras de proteger la subjetividad política y la singularidad cultural de las comu-
nidades étnicas: la jurisdicción especial indígena, la propiedad colectiva, la autodeterminación
administrativa por medio de las entidades territoriales indígenas y su intervención en decisiones
legislativas o administrativas que las puedan afectar por medio de la consulta previa (Sarmiento,
2013). No obstante, las formas de autogobierno y pluralismo jurídico se encuentran claramente
limitadas, pues sus productos normativos y políticos están subordinados a la Constitución y la
ley nacional.

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