Título IX. Procedimientos y actuaciones especiales en el impuesto sobre las ventas - Libro tercero - Impuesto sobre las ventas - Estatuto Tributario - Estatuto Tributario 2019 - Libros y Revistas - VLEX 821040185

Título IX. Procedimientos y actuaciones especiales en el impuesto sobre las ventas

AutorGherson Grajales Londoño - Carlos Arturo Vargas Sierra - Luz Deicy Agudelo Giraldo
Páginas368-379
368
ESTATUTO TRIBUTARIO 2019
ARTÍCULO 503. CUANDO LOS INGRESOS SUPEREN LA CIFRA ESTABLECIDA SE LIQUIDARA COMO
EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - IVA [Expresión modi-
cada por el artículo 18 de la Ley 1943 de 2018, derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de 1995]
Comentarios para el artículo 503.
ARTÍCULO 504. OPORTUNIDAD DE LOS DESCUENTOS PARA EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - IVA [Expresión modicada por el artículo 18 de la Ley 1943 de
2018]. [Derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de 1995]
Comentarios para el artículo 504.
ARTÍCULO 505. CAMBIO DEL RÉGIMEN COMÚN AL SIMPLIFICADO. [Derogado por el artículo 122
Comentarios para el artículo 505.
ARTÍCULO 506. OBLIGACIONES PARA LOS RESPONSABLES DEL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS – IVA. [Derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018]
Comentarios para el artículo 506.
TÍTULO IX: PROCEDIMIENTOS Y ACTUACIONES
ESPECIALES EN EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS.
ARTÍCULO 507. OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO NACIONAL DE VENDEDORES.
[Derogado por el artículo 122 de la Ley 1943 de 2018]
Comentarios para el artículo 507, inciso.
ARTÍCULO 508. QUIENES SE ACOJAN AL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUESTO SOBRE
LAS VENTAS - IVA [expresión modicada por el artículo 18 de la ley 1943 de 2018] DEBEN MANIFES-
TARLO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS NACIONALES [Derogado por el artículo 122 de la
Comentarios para el artículo 508.
ARTÍCULO 508-1. CAMBIO DE RÉGIMEN POR LA ADMINISTRACIÓN. [Modicado por el artículo 14
de la Ley 1943 de 2018] Para efectos de control tributario, la Administración Tributaria podrá ocio-
samente reclasicar a los no responsables en responsables, cuando cuente con información objetiva
que evidencie que son responsables del impuesto, entre otras circunstancias, que:
1. Formalmente se cambia de establecimiento de comercio, pero en la práctica sigue funcionando
el mismo negocio y las ventas son iguales o superan las 3.500 UVT, o
2. Se fracciona la facturación entre varias personas que ocupan el mismo local comercial y la suma-
toria de las mismas son iguales o superan las 3.500 UVT, o
3. Quienes pagan bienes o servicios reportan la existencia de operaciones que son iguales o supe-
ran las 3.500 UVT, mediante el sistema de factura electrónica emitida por el contratista cuando
realiza operaciones con no responsables.

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