Título XLI. De la prescripción - Libro cuarto. De las obligaciones en general y de los contratos - Código Civil - Código Civil concordado - Libros y Revistas - VLEX 849687957

Título XLI. De la prescripción

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas813-829
Libro Cuarto
De las obligaciones en general y de los contratos 789
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
OFICIO 220-06899 DE 22 DE ENERO DE 2018. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Liquidación social voluntaria - Tercerización laboral.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
SENTENCIA T-557 DE 19 DE JULIO DE 2002. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR.
JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO. Prelación de embargos y prelación de créditos.
ARTÍCULO 2510. CRÉDITOS NO PAGADOS. Los créditos preferentes
que no puedan cubrirse en su totalidad por los medios indicados en los
artículos anteriores, pasarán por el dé cit a la lista de los bienes de la
quinta clase, en los cuales concurrirán a prorrata.
ARTÍCULO 2511. INTERESES DE LOS CRÉDITOS PRIVILEGIADOS.
Los intereses correrán hasta la extinción de la deuda, y se cubrirán con
la preferencia que corresponda a sus respectivos capitales.
CONCORDANCIAS:
• Código Civil: Arts. 1653, 2493 y 2494.
TÍTULO XLI
DE LA PRESCRIPCIÓN
CAPÍTULO I
DE LA PRESCRIPCIÓN EN GENERAL
ARTÍCULO 2512. DEFINICIÓN. La prescripción es un modo de adquirir
las cosas ajenas, o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por
haberse poseído las cosas y no haberse ejercido dichas acciones y
derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás
requisitos legales.
Se prescribe una acción o derecho cuando se extingue por la prescripción.
Artículo 2512 declarado EXEQUIBLE por la Corte Suprema de Justicia, mediante Sentencia
18 de 4 de mayo de 1989, Magistrado Ponente Dr. Hernando Gómez Otálora.
CONCORDANCIAS:
• Código Civil: Arts. 28, 514, 673, 762, 1625 y 2538.
Código General del Proceso: Arts. 282 y 375.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 38763 DE 7 DE JULIO DE 2003. DIAN. La prescripción de la acción de cobro
en la legislación tributaria, se considera institución de derecho sustancial, cuyo ejercicio
lo regula la legislación procedimental.
Art. 2512
790
• CONCEPTO 1427 DE 11 DE JULIO DE 2002. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA.
SUSANA MONTES DE ECHEVERRI. Bienes inmuebles de particulares ocupados por la
E.A.A.B; situación jurídica.
CONCEPTO 697 DE 28 DE JUNIO DE 1995. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. JAVIER
HENAO HIDRÓN. Viabilidad jurídica de adquirir bienes de propiedad de una Empresa
Industrial y Comercial del Estado, mediante prescripción adquisitiva de dominio por parte
de terceros.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 00237-01 DE 15 DE JULIO DE 2013. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ. La posesión que habilita al comunero
para prescribir es aquella que revela inequívocamente que la ejecuta a título individual,
exclusivo, autónomo, independiente y con prescindencia de los restantes condóminos, sin
que tenga que ver con su calidad de coposeedor.
EXPEDIENTE 15391 DE 28 DE JUNIO DE 2007. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA.
MARÍA INÉS ORTIZ BARBOSA. Prescripción de la acción cambiaria.
SENTENCIA C-543 DE 25 DE NOVIEMBRE DE 1993. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P.
DR. JORGE ARANGO MEJIA. ¿La prescripción es una institución de derecho sustancial
o procesal?
EXPEDIENTE 5881 DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2001. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES. La declaración de pertenencia puede
ser pedida por todo aquel que pretenda haber adquirido el bien por prescripción.
ARTÍCULO 2513. NECESIDAD DE ALEGAR LA PRESCRIPCIÓN. El
que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla; el juez no
puede declararla de o cio.
(Inciso 2 adicionado por el artículo 2 de la Ley 791 de 27 de diciembre
de 2002). La prescripción tanto la adquisitiva como la extintiva, podrá
invocarse por vía de acción o por vía de excepción, por el propio
prescribiente, o por sus acreedores o cualquiera otra persona que tenga
interés en que sea declarada, inclusive habiendo aquel renunciado a ella.
Inciso 1 del artículo 2513 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante
Sentencia C-091 de 26 de septiembre de 2018, Magistrado Ponente Dr. Alejandro Linares
Cantillo.
CONCORDANCIAS:
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
• OFICIO 220-179538 DE 30 DE OCTUBRE DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. Prescripción de las acciones de los socios, por el no ejercicio de sus
derechos en una sociedad.
• OFICIO 220-031915 DE 28 DE FEBRERO DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES. Estatutos, junta directiva, impugnación de inscripción, remuneración de
directivos y reparto de utilidades en Sociedades anónimas y/o Limitadas.
CONCEPTO 38763 DE 7 DE JULIO DE 2003. DIAN. La prescripción de la acción de cobro
en la legislación tributaria, se considera institución de derecho sustancial, cuyo ejercicio
lo regula la legislación procedimental.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 10483 DE 6 DE AGOSTO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DR. ARIEL SALAZAR RAMÍREZ. Se vulnera el derecho al debido proceso de disolución y
liquidación de la sociedad patrimonial cuando el juez desconoce la prohibición de declarar
o ciosamente la excepción de prescripción extintiva prevista en el artículo 282 del Código
General del Proceso.
Art. 2513

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