La venta total o parcial y el alquiler de marcas ¿está gravado con el impuesto de industria y comercio? - Generales del impuesto - Impuesto. Industria, comercio y avisos - Cartilla ICA de Villavicencio. Impuestos de industria, comercio y predial unificado - Libros y Revistas - VLEX 454820934

La venta total o parcial y el alquiler de marcas ¿está gravado con el impuesto de industria y comercio?

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Páginas87-87
Preguntas y Respuestas 87
En efecto, el artículo 26 del Estatuto Tributario al indicar el procedimiento para determinar la
renta líquida gravable, toma como base la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios
realizados en el año o período gravable, “que sean susceptibles de producir un incremento neto del
patrimonio en el momento de su percepción.”
La totalidad de los ingresos percibidos en los mencionados contratos de cuentas en participación
le producen a la sociedad actora al obrar como gestor, incremento patrimonial, sólo en la cuota
que le correspondió. El excedente constituye incremento para cada partícipe en la parte que se le
asignó en la distribución, de conformidad con el acuerdo de voluntades.
A lo anterior se agrega que dado que cada partícipe es sujeto pasivo del impuesto sobre la renta
y por consiguiente debe pagar el tributo por los ingresos generados en el contrato de cuentas en
participación y si además a la sociedad actora en su calidad de gestora se le obliga a pagar el
impuesto por la totalidad de los ingresos recibidos por el mismo contrato, se está ante un caso de
doble tributación por un mismo hecho, lo que está proscrito en nuestra legislación. (Consejo de
Estado, Sentencia 13724 del 1º de abril de 2004, Exp. 13724 C:P. María Inés Ortiz Barbosa).
(033) La venta total o parcial y el alquiler de marcas ¿está gravado con el impuesto
de industria y comercio?.
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(034) En el evento de no tener ingresos durante un período, ¿puedo presentar mi
declaración en ceros?.
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(035) ¿Cuál es la base gravable en los contratos de administración delegada?.
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