Variabilidad de la regla de reconocimiento: reglas secundarias y metalenguaje prescriptivo del derecho - Núm. 44, Julio 2016 - Revista Pensamiento Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 687200349

Variabilidad de la regla de reconocimiento: reglas secundarias y metalenguaje prescriptivo del derecho

AutorOscar Alexis Agudelo Giraldo
CargoAbogado de la Universidad Católica de Colombia
Páginas35-59
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PENSAMIENTO JURÍDICO, No. 44, ISSN 0122 - 1108, JUL IO-DICIEMBRE, BOGOTÁ 2016, PP. 35-59
Variabilidad de la regla de reconocimiento:
reglas secundarias y metalenguaje
prescriptivo del derecho*
Variability of the rule of recognition: secondary
rules and prescriptive metalanguage of law
Oscar Alexis Agudelo Giraldo**
Fecha de recepción: 20 de ju lio de 2015
Fecha de aceptación: 1 de sep tiembre de 2015
RESUMEN
Atendiendo a una metodolog ía dogmá-
tica, se aborda ra como problema a desa-
rrollar, la var iabilidad en el contenido de
la regla de reconoci miento, su hipotética
existenc ia plural, su natu raleza pres-
criptiva o concept ual, sus problemas de
circula ridad y, su posible trasplante a lo s
sistemas que por adop ción, implementan
la tradición del Der echo Continenta l
Europeo.
Palabras claves: Reg la de reconoci-
miento, aplicabil idad, valide z, pers-
pectiva de l participa nte, metaleng uaje
prescriptivo.
ABSTRACT
Attending to dog matic methodolog y,
be addressed as a proble m to develop,
variabil ity in the content of the r ule
of recognition, it s hypothetica l plural
existence, pre scriptive or concept ual
nature, problems of c ircularity a nd pos-
sible transpla nt systems for adopt ion,
implemented the trad ition of European
Continental law.
Keyword s: Rule of recognition, applica-
bility, valid ity, participant point of v iew,
prescript ive metalangu age.
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* El presente ar tículo se est ructur a como desar rollo del proyecto de i nvestigación “Met odología del positiv ismo
jurídico. Met ateoria y form as contempor áneas” del Gr upo de estud ios legales y sociale s ”Phronesis”, adsc rito
al Centro de Inve stigaciones Socio Ju rídicas “CISJ UC” de la facultad d e derecho de la Univers idad Católica
de Colombia.
** Abogado de la Univer sidad Católica de Colombia. Mas ter en Filosofía del derecho. Doc ente Universidad
Catolica de Colombia e i nvestigador en asuntos de lógic a, argumentación jur ídica y, teoría del derecho.
Correo elect rónico: oaagudelo@u catolica.edu.co.
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VARIABILIDAD DE L A REGLA DE RECONOC IMIENTO: REGLAS SECUNDA RIAS
Y METALENGUAJE PR ESCRIPTIVO DEL DER ECHO
INTRODUCCIÓN
En el año 1961, Herber t Hart publicaba la primera ed ición de su obra magna
The concept of law En esta obra de la mano de la tradición an alítica
anglosajona, se dema rca un criterio de sistematización jur ídica y social
para la raigambre de reg las que persist ían y, sobre las cuales, subsis tía con
univocidad, el hábito genera l de obediencia como criterio de aceptación. Es así
como, con la demarcación de la regla de reconoci miento, se dota de contenido
social, restá ndole contenido político – hegemónico, a la naturaleza de los si s-
temas jur ídicos.
La regla de reconocim iento apareció como criterio de validez para el conjunto
de reglas prima rias, propias de los ma ndatos del soberano. Con su inst aura-
ción se estatuye la noción de orden jurídico como sistema posición que para
el devenir de la teoría ju rídica situara como objeto de debate la determinación
de las normas morales como elemento exógeno o a ledaño a la naturaleza de los
sistemas jur ídicos, planteando, en sede de revisión, la posibilidad de e xistencia
de una regla de reconocim iento incluyente.
A su vez la regla de reconocimiento fue dada con la n alidad de dotar al sis-
tema jurídico de un grado superior de certeza jurídic a frente a los criterios de
vinculatoried ad o per tenencia de una regla al sistema juríd ico situación que
supone un examen de va lidez. Al respec to, atendiendo a investigaciones ulte-
riores sobresa len como hipótesis cientícas i La posibilidad de que la regla
de reconocimiento constituya un test de validez , sin encontrarse in mersos en
ella la totalidad de los c riterios de validez, ii) La posibilidad de que la regla de
reconocimiento determi ne la validez de las fuentes legales que da n nacimiento
a las reglas, ma s no las reglas en sí m ismas, iii) La posibilidad, tomada de la
literatura juríd ica Norteamericana, de que el hecho de aceptación de las re glas
como válidas de la regl a de reconocimiento, devenga no con exclusiv idad de
la autoridad judicial, sino ademá s, de la misma profesión legal, los teóricos del
derecho y las inst ituciones de enseñanza de éste.
Por ello atendie ndo a los problemas de ambig üedad vaguedad  y circularid ad
en las reglas secundarias y, por lo tanto, en la reg la de reconocimiento, se
atenderá a la posibilidad de exi stencia plural de reglas de reconocim iento o, en
sentido inverso, la idea de una sola reg la de reconocimiento con varios criterios
de validez posición que como se demostrará afecta el ideal de coherencia de
los sistemas jur ídicos. Lo anterior, implica, una posibilidad adicional, y es que
la regla de reconocimiento puede variar en cu ando a la determinación de su
criterio de identicación lo que dependerá del régimen político que coexista
con el sistema ju rídico.

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