Violaciones graves a derechos humanos de comunidades LGBTI en el conflicto armado interno colombiano como crimen de lesa humanidad - Núm. 60, Enero 2021 - Revista Estudios Políticos - Libros y Revistas - VLEX 862280612

Violaciones graves a derechos humanos de comunidades LGBTI en el conflicto armado interno colombiano como crimen de lesa humanidad

AutorGloria Cristina Martínez Martínez
CargoAbogada. Magíster en Ciencias Penales y Criminológicas. Profesora e investigadora de la Universidad Militar Nueva Granada, co-líder de la Red de Estudios Sociojurídicos Comparados y Políticas Públicas de la misma entidad, en la línea de investigación Política Criminal, Derecho Penal y Criminología.

Artista invitada

Sara Ramírez Rodas

La muerte, la consciencia pura (detalle)

Pintura acrílica sobre lona

2019

Cortesía revista Ojo de Pez

(https://issuu.com/ojodepez6)

SECCIÓN GENERAL

Violaciones graves a derechos humanos de comunidades LGBTI en el conflicto armado interno colombiano como crimen de lesa humanidad

*

Serious Violations of Human Rights of LGBTI Communities in the Colombian Internal Armed Conflict as a Crime Against Humanity

Gloria Cristina Martínez Martínez1 (Colombia)

Robinson Sánchez Tamayo2 (Colombia)

Adelaida María Ibarra Padilla3 (Colombia)

1 Abogada. Magíster en Ciencias Penales y Criminológicas. Profesora e investigadora de la Universidad Militar Nueva Granada, co–líder de la Red de Estudios Sociojurídicos Comparados y Políticas Públicas de la misma entidad, en la línea de investigación Política Criminal, Derecho Penal y Criminología. Correo electrónico: gloria.martinezm@unimilitar.edu.co – Orcid 0000–0001–5759–9147 – Google Scholar https://scholar.google.com/citations?user=T5HTBLIAAAAJ&hl=es

2 Abogado. Magíster en Derecho. Candidato a Doctor en Derecho de la Universidad de los Andes. Docente e investigador de la Facultad de Derecho, Universidad Militar Nueva Granada. Correo electrónico: robinson.sanchez@unimilitar.edu.co – Orcid 0000–0003–2343–3637 – Google Scholar https://scholar.google.com/citations?hl=es&user=H1vmPwcAAAAJ

3 Abogada. Magíster en Derecho Internacional. Doctora en Derecho. Profesora e investigadora de la Facultad de Derecho, Universidad Militar Nueva Granada. Correo electrónico: adelaida.ibarra@unimilitar.edu.co – Orcid 0000–0002–4921–1664 – Google Scholar https://scholar.google.com/citations?hl=es&user=rWPtBxYAAAAJ

Fecha de recepción: julio de 2020

Fecha de aprobación: noviembre de 2020

Cómo citar este artículo: Martínez Martínez, Gloria Cristina; Sánchez Tamayo, Robinson y Ibarra Padilla, Adelaida María. (2021). Violaciones graves a derechos humanos de comunidades LGBTI en el conflicto armado interno colombiano como crimen de lesa humanidad. Estudios Políticos (Universidad de Antioquia), 60, pp. . DOI: 10.17533/udea.espo.n60a08

Resumen

Las personas LGBTI son víctimas de diferentes tipos de violencia que pueden constituir delitos ordinarios, crímenes de prejuicio y crímenes de lesa humanidad. El propósito de este artículo es analizar las debilidades y fortalezas del marco normativo de investigación y juzgamiento de las violencias contra este tipo de población cometidas en el conflicto armado interno en Colombia, según las anteriores categorías. Se recurre al método dogmático jurídico con revisión doctrinal y análisis documental. El estudio concluye que formas de violencia contra personas LGBTI como asesinato, violencia sexual, tortura, desplazamiento y desaparición forzada en el conflicto armado deben investigarse y sancionarse como crímenes de lesa humanidad, a pesar de que tal tipificación no esté contemplada en el derecho penal doméstico.

Palabras clave: Conflicto Armado; Derechos Humanos; Derecho Internacional Humanitario; Crímenes de Lesa Humanidad; LGBTI; Colombia.

Abstract

LGBTI people are victims of different types of violence, which can constitute ordinary crimes, crimes of prejudice, and crimes against humanity. The purpose of this article is to analyze the weaknesses and strengths of the regulatory framework for investigation and prosecution of violence against LGBTI people committed in the armed conflict in Colombia, according to the previous categories. It uses the dogmatic legal method with doctrinal review and documentary analysis. The study concludes that forms of violence against LGBTI persons such as murder, sexual violence, torture, displacement, and forced disappearance in the the scenary of the armed conflict should be investigated and punished as crimes against humanity, even though such crime is not contemplated in domestic criminal law.

Keywords: Armed Conflict; Human Rights; International Human Rights; Crimes Against Humanity; LGBTI; Colombia.

Introducción

La investigación, juzgamiento y sanción de las violencias contra personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) debe distinguir, por un lado, los atentados en los cuales existe un propósito del autor fundado en el prejuicio hacia las expresiones de género, identidad de género y orientación sexual, de aquellas conductas en las cuales esos móviles no están presentes; por el otro, debe identificar si los comportamientos criminales se realizan de manera sistemática y generalizada, como parte de un plan o política de Estado.

Cuando las violencias contra personas LGBTI tienen un trasfondo de discriminación y, además, cumplen un patrón de continuidad que perdura en el tiempo, en las cuales han participado agentes del Estado, procede su investigación y juzgamiento como crímenes de lesa humanidad, a pesar de que, en el ordenamiento jurídico interno, aún no se haya tipificado esta categoría delictiva.

El propósito de este artículo es analizar las debilidades y fortalezas del marco normativo de investigación y juzgamiento de las violencias cometidas contras las personas LGBTI en el conflicto armado interno colombiano. Se emplea un estudio dogmático–jurídico, con alcance descriptivo y enfoque cualitativo. Se recurre a fuentes documentales tales como doctrina, literatura científica especializada e informes oficiales y de organizaciones no gubernamentales sobre la materia.

En este artículo se realiza la diferenciación conceptual entre género, identidad de género, expresión de género y orientación sexual; caracteriza las violencias contra personas LGBTI como instrumentos de control territorial, sistemáticos y generalizados, desligándolas de los crímenes por prejuicio y de los delitos ordinarios; analiza las fortalezas del sistema normativo colombiano que, en la incorporación paulatina del derecho internacional, ha transitado de la aplicación del aforismo nullum crimen, nulla poena sine lege al postulado nullum crimen sine iure para posibilitar el juzgamiento por tribunales nacionales de crímenes internacionales; y examina las debilidades del ordenamiento jurídico interno, esto es, la resistencia de ampliar el principio de legalidad para condenar los crímenes internacionales, los precarios registros de denuncias sobre violaciones a los derechos de las personas LGBTI, la existencia de prejuicios en el poder investigativo y judicial que, ausentes de un enfoque de género, desconocen la existencia de móviles específicos y contextos particulares de dominio como determinantes de la adecuación típica.

Con esto presente, existen móviles que llevan a perpetrar violencias a las personas LGBTI, en razón a su identidad, expresión de género y orientación sexual, en contextos de dominación, que no están presentes en violencias contra heterosexuales. La reconstrucción probatoria de los anteriores elementos visibiliza la gravedad de una conducta que, al ser sistemática y generalizada, constituye crimen de lesa humanidad.

1. Género, identidad de género, expresión de género y orientación sexual

A partir de la década de 1960 los estudios de género han reflexionado sobre la distribución de poder que se desprende de la asignación de roles sociales de las personas según se identifiquen como hombres o mujeres (Scott, 1986; Burin, 1996; Cranny–Francis, Waring, Stavropoulos y Kirkby, 2017). El género se concibe como una construcción social (Haraway, 1995; Butler, 2007; Lamas, 2013), lo que se entiende como femenino y masculino

1 se refiere a características conductuales, culturales y psicológicas de las personas que se asumen socialmente como hombres o mujeres (Morrow y Messinger, 2006). Por lo tanto, se opone a consideraciones biologicistas centradas en las características biológicas, anatómicas, hormonales, morfológicas y fisiológicas: «lo que la distinción busca poner en evidencia es que una cosa son las diferencias biológicamente dadas (sexo) y otra la significación que culturalmente se les asigna a esas diferencias (género)» (Jaramillo, 2020, p. 29). Asimismo, «el sexo clasifica a las personas como machos, hembras e intersexuales con base a las características genotípicas y fenotípicas del cuerpo; mientras el género [estudia] las representaciones sociales que se construyen sobre el sexo y los roles que en virtud de éste son atribuidos a las personas» (Sánchez, 2013, p. 7).

El sistema sexo–género se formó como un conjunto de disposiciones socioculturales —normas— que transforman la sexualidad biológica en prácticas humanas y las relaciones sociales que de ellas se derivan (Rubin, 1986). Este par teórico se ha erigido en relaciones hegemónicas de poder (Millet, 1995) y opresión (Firestone, 1976) de heterosexualidad obligatoria como indicador de adscripción o normalización social (Aguilar, 2008) utilizado para diferenciar, manipular (Butler, 2007) y ejercer violencia contra personas que transgreden la asignación del género al sexo.La idea naturalizada del sexo esconde los dispositivos discursivos y de poder que definen la idea «natural» del sexo y, por ende, del género, bajo esa lógica de la relación causal del binarismo sexo–género y naturaleza–cultura (Butler, 2007). La autora critica que bajo ese binarismo se pretende mostrar una idea «natural» del sexo que es precultural y prenormativo —previo a la norma patriarcal— como un estado previo al concepto del género que aparece como contingente y definido cultural y normativamente —dentro de la norma patriarcal—, lo cual sustenta y reafirma la dicotomía de la diferencia sexual. Así, Judith Butler utiliza el texto de Gayle Rubin (1986) para explicar cómo el sexo —el antes— es definido en términos normativos, es decir, convertido en género —el después—, para determinar unas prácticas sexuales subalternas. Considera que ese «antes» solo puede ser determinado en el marco ofrecido por el «después», por lo que cuestiona la preexistencia de esa categoría natural del sexo que no puede ser leída sin los marcos discursivos...

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