Violencia contra las mujeres y legislación en Colombia. Claroscuros 2000-2010
Autor | Claudia Cecilia Ramírez Cardona |
Páginas | 34-40 |
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este marco, si bien se avanza en la agilización de los procedimientos así como en la
incorporación de los derechos de las vícmas en la búsqueda de un equilibrio pro-
cesal respecto de la garana del derecho de defensa, en la prácca, la desconges-
ón judicial como meta resultado impuesta a scales, jueces y juezas ha hecho que
estos enfacen en la terminación de procesos a través de conciliaciones, preacuer-
dos, negociaciones y aplicación del principio de oportunidad especialmente en rela-
ción con delitos que se consideran “menores” tales como la violencia intrafamiliar y
la inasistencia alimentaria, entre otros, que afectan mayormente a las mujeres.
En su momento, la Mesa de trabajo señaló que la introducción del principio de
oportunidad, acorde a los procedimientos del Código penal, “pone en peligro el de-
recho de acceder a la juscia en condiciones de igualdad, vulnerando los derechos
de las vícmas a la verdad, la juscia y la reparación. Esta reforma afecta de manera
parcular a las mujeres y las niñas”.
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Este principio establece que la Fiscalía puede
“suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal de un delito, en los ca-
sos que determine la ley”.
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Dentro de las causales que determina la Ley, según lo
referenciado por la Mesa, se encuentran dos que pueden afectar parcularmente
los derechos de las mujeres y niñas vícmas de violencia, en tanto el principio de
oportunidad podrá aplicarse:
[y cuan-
do] se trate de delito sancionado con pena privativa de la libertad que no exceda en
ésta, y además, pueda determinarse de manera objetiva la ausencia o decadencia
del interés del Estado en el ejercicio de la correspondiente acción penal.
En relación con la primera causal, la Mesa señaló que un scal cuyo criterio ten-
ga inuencias discriminatorias y patriarcales puede considerar que un delito come-
do contra una mujer no es tan signicavo como para acvar el sistema judicial;
en relación con la segunda causal, la Mesa informa que algunos de los delitos que
afectan a las mujeres enen penas inferiores a los seis años.7
Esto, sumado a una concepción limitada de la reparación que generalmente se
investigación y acusación a cargo de la Fiscalía, entidad a la que compete la carga de la
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Durante diez años la Mesa de trabajo “Mujer y conicto armado” ha llamado la atención
de manera persistente sobre la grave situación de violencia contra las mujeres en el mar-
co del conicto armado que vive el país. De igual manera, se ha referido a la impunidad
frente a estas violaciones de los derechos humanos de las mujeres y ha destacado los
diversos obstáculos que afrontan las mujeres vícmas, tanto en los procedimientos ordi-
narios como en mecanismos extraordinarios de administración de juscia, especialmente
en la juscia penal.
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Este arculo presenta un recuento de los cambios en la legislación penal durante es-
tos úlmos diez años en relación con los delitos de los que son principalmente vícmas
las mujeres, destacando progresos y retrocesos que, vistos en su conjunto, dan cuenta de
una producción legislava carente de la coherencia que requiere la estructuración de una
políca pública en la materia.
Por úlmo, a parr de reexiones y análisis feministas en relación con la jusciabilidad
de las violencias contra las mujeres, se proponen referentes de abordaje transversales,
que aporten marcos de sendo para avanzar hacia la estructuración de una políca penal
que aenda de manera efecva el grave problema de la impunidad actualmente existen-
te en relación con estos delitos.
Modicaciones normativas
En relación con el contexto normavo, durante la úlma década se dio el paso del sistema
inquisivo al sistema acusatorio
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(Ley 906 de 2004, Código de procedimiento penal), en
1 Esta mirada retrospectiva se apoya en el documento interno de sistematización de los nueve
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oral y público, introduciendo tres funciones diferenciadas en el proceso penal: la función de
Violencia contra las mujeres
y legislación en Colombia
Claroscuros 2000-2010
Claudia Cecilia Ramírez Cardona,
Asesora General
de la Corporación Sisma Mujer
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