Introducción - Prestaciones patronales especiales - Derecho individual del trabajo - Código Sustantivo del Trabajo - Código Sustantivo y Procesal del Trabajo - Libros y Revistas - VLEX 439187474

Introducción

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas261-261

Page 261

ARTICULO 259. REGLA GENERAL. (Apartes en cursiva, remplazados por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 1990).

  1. Los empleadores o empresas que se determinan en el presente Título deben pagar a los trabajadores, además de las prestaciones comunes, las especiales que aquí se establecen y conforme a la reglamentación de cada una de ellas en su respectivo capítulo.

  2. Las pensiones de jubilación, el auxilio de invalidez y el seguro de vida colectivo obligatorio dejaran de estar a cargo de los empleadores cuando el riesgo correspondiente sea asumido por el Instituto de los Seguros Sociales, de acuerdo con la ley y dentro de los reglamentos que dicte el mismo Instituto.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

· Código Sustantivo del trabajo: Art. 193.

· * Ley 1562 de 2012 : Por la cual se modiica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.

· * Ley 776 de 2002 : Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.

· Ley 100 de 1993: Art. 6.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

· EXPEDIENTE 30227 DE 28 DE FEBRERO DE 2008. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. Dr. GUSTAVO JOSÉ GNECCO MENDOZA. No le es permitido a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR