Acuerdo CNSC 816 de 2016. Criterios y lineamientos para desarrollar los Sistemas Propios de Evaluación del Desempeño Laboral - Segunda parte. Funcionamiento de la carrera administrativa general. Acuerdos comisión nacional del servicio civil - Empleo público y carrera administrativa. Entidades nacionales y territoriales - Libros y Revistas - VLEX 821006741

Acuerdo CNSC 816 de 2016. Criterios y lineamientos para desarrollar los Sistemas Propios de Evaluación del Desempeño Laboral

AutorCarlos Pachón Lucas
Páginas347-356
ACUERDO CNSC 816 DE 2016
347
ACUERDO CNSC 816 de 2016
Por el cual se establecen los criterios y se denen los lineamientos para
desarrollar los Sistemas Propios de Evaluación del Desempeño Laboral
LA COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL (CNSC)
En ejercicio de las facultades conferidas por la ley909de 2004, el decreto ley760de
2005 y teniendo en cuenta las siguientes,
CONSIDERACIONES:
Que la Carta Iberoamericana de la Función Pública de 2003, suscrita por el
Gobierno de Colombia, señala los criterios orientadores, principios recto-
res, conceptos, consideraciones y requerimientos en relación con la fun-
ción pública, los cuales están definidos como un marco de referencia gené-
rico en esta materia.
Que el artículo125de la Constitución Política de Colombia establece como
causal del retiro del servicio, entre otros, la calicación denitiva y en rme en
el nivel no satisfactorio en el desempeño del empleo.
Que el artículo130 de la Constitución Política de Colombia expresa que Ha-
brá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y
vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que
tengan carácter especial”.
Que la ley 489 de 1998 establece en su artículo15el Sistema de Desarrollo Ad-
ministrativo como un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técni-
cas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y
manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos y nancieros de
las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad
administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con la reglamen-
tación que para tal efecto expida el Gobierno nacional.
Que las entidades y empleados están obligados a evaluar y calicar a los servi-
dores, con base en las metodologías y parámetros previamente establecidos,
con el n de dar cumplimiento a las metas institucionales.
Que en cumplimiento de sus funciones de vigilancia en materia de carrera ad-
ministrativa, la CNSC tiene la obligación legal de velar por la correcta aplica-
ción de los procedimientos de Evaluación del Desempeño Laboral.
Que el artículo40de la ley 909 de 2004 señala que conforme con los criterios
establecidos en esta y en las directrices de la CNSC, las entidades desarrolla-
rán sus sistemas de Evaluación del Desempeño Laboral y los presentarán para

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