Agentes de retención - Retención en la fuente del IVA - Cartilla Impuesto sobre la ventas IVA e Impuesto Nacional al Consumo INC 2014 - Libros y Revistas - VLEX 514055174

Agentes de retención

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena/Jaime Monclou Pedraza
Páginas173-197

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12. 2 ¿Quiénes son Agentes de Retención?

Actuarán como agentes retenedores del IVA en la adquisición de bienes y servicios gravados:

  1. Las siguientes entidades estatales:

    La Nación, los departamentos, el distrito capital, y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y directas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles y en general los organismos o dependencias del Estado a los que la Ley otorgue capacidad para celebrar contratos.

  2. Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la DIAN, sean o no responsables del IVA, y los que mediante resolución de la DIAN se designen como agentes de retención en el IVA.

    Es importante saber que a partir del año gravable 2014 se modiican criterios y parámetros para pertenecer al grupo de Grandes Contribuyentes, así mismo deberán consultar el listado de los nuevos Grandes Contribuyentes; por lo tanto, sugerimos al lector consultar las Resoluciones 27 y 41 de 2014 emitidas por la DIAN, las cuales encontrará en el suplemento de la presente Cartilla.

  3. Quienes contraten con personas o entidades sin residencia o domicilio en el país la prestación de servicios gravados en el territorio Nacional, con relación a los mismos.

  4. Los responsables del régimen común, cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados, de personas que pertenezcan al régimen simpliicado.

  5. Las entidades emisoras de tarjetas crédito y débito y sus asociaciones, en el momento del correspondiente pago o abono en cuenta a las personas o establecimientos

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    afiliados. El valor del impuesto no hará parte de la base para determinar las comisiones percibidas por la utilización de las tarjetas débito y crédito.

    Cuando los pagos o abonos en cuenta en favor de las personas o establecimientos ailiados a los sistemas de tarjetas de crédito o débito, se realicen por intermedio de las entidades adquirentes o pagadoras, la retención en la fuente deberá ser practicada por dichas entidades.

  6. La Unidad Administrativa de Aeronáutica Civil, por el 100% del IVA que se cause en la venta de aerodinos.

  7. Los responsables del Régimen Común proveedores de Sociedades de Comercialización Internacional cuando adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados de personas que pertenezcan al Régimen Común, distintos de los agentes de retención mencionados en los numerales 1 y 2, o cuando el pago se realice a través de sistemas de tarjeta débito o crédito, o a través de entidades inancieras469.

  8. Los productores de licores destilados nacionales, o sus comercializadores directamente o mediante concesión del monopolio470.

  9. El Banco de la República471.

  10. Las Cámaras de Riesgo Central de Contraparte472.

  11. Todos los contribuyentes pertenecientes al Régimen Tributario Especial son agentes de retención en la fuente por concepto del IVA473.

  12. En el caso que el servicio de arrendamiento de inmuebles sea prestado por un responsable del régimen simpliicado a un responsable del régimen común, este deberá asumir el impuesto aplicando el mecanismo de la retención en la fuente474.

  13. Los productores industriales que importen o adquieran el arroz o el maíz para transformarlos en productos diferentes al grano para consumo, de conformidad con la autorización que expida el Director General de la DIAN475.

  14. Las entidades emisoras de las tarjetas crédito o débito, sus asociaciones, entidades adquirentes o pagadoras efectuarán en todos los casos retención del IVA en la venta de bienes o prestación de servicios476.

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12.2. 1 ¿Cuáles son las obligaciones del Agente Retenedor del IVA?

Cuando el agente de retención en el IVA adquiera bienes o servicios gravados, deberá liquidar y retener el impuesto aplicando la tarifa de retención correspondiente, que en ningún caso podrá ser superior al 50% del impuesto liquidado, y expedir el certiicado bimestral con los requisitos exigidos en el artículo 381 del Estatuto Tributario (Hoy en día el 15%).

Las entidades estatales, deberán discriminar el valor del IVA retenido en el documento que ordene el reconocimiento del pago. Este documento reemplaza el certiicado de retención del IVA477.

Si de responsables pertenecientes al régimen común del IVA se trata, y éstos adquieran bienes o servicios gravados de personas que pertenezcan al régimen simpliicado, deben asumir la retención del IVA sobre dichas transacciones, aplicando el porcentaje pertinente.

Es así que, el responsable del régimen común elaborará la respectiva nota de contabilidad, que servirá de soporte al registro de la transacción y de la retención en la fuente.

Dicha nota de contabilidad deberá contener:
• Apellidos y nombre o razón social y NIT del vendedor o de quien preste el servicio;
• Fecha de la transacción;
• Descripción especíica de los artículos o servicios gravados adquiridos;
• Valor total de la operación;
• Monto de la retención asumida.

Cuando una entidad estatal responsable del IVA, actúe como agente de retención, deberá realizar la afectación contable teniendo en cuenta la prestación principal, de conformidad con las normas presupuestales478.

Además de lo anterior, los agentes de retención del IVA deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Efectuar la retención en la fuente del IVA del quince por ciento (15%) del valor del impuesto correspondiente a la respectiva transacción, salvo cuando se trate de servicios gravados prestados por personas o entidades sin residencia o domicilio en el país, en cuyo caso la retención será del ciento por ciento (100%) del valor del impuesto que se genere.

  2. Llevar una subcuenta de la cuenta retenciones en la fuente, denominada impuesto a las ventas retenido, la cual se acreditará con las retenciones practicadas y se debitará con los pagos mensuales que por dicho concepto se efectúen.

    Lo anterior sin perjuicio de las obligaciones contables previstas en el artículo 509 del Estatuto Tributario, para los responsables del régimen común.

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  3. Expedir en el mes de enero de cada año un certiicado al responsable en donde se discriminen todas las retenciones practicadas en cada uno de los bimestres del año inmediatamente anterior.

  4. Presentar declaración y pagar las retenciones efectuadas, por períodos mensuales, en el formulario establecido por la DIAN, y dentro de los plazos que anualmente señale el Gobierno Nacional.

    Los agentes de retención de que trata el numeral 3 del punto anterior, elaborarán una nota de contabilidad como soporte de registro de la transacción y de la retención en la fuente efectuada479.

    Adicionalmente, las entidades que reciban aportes del Presupuesto General de la Nación -administración central y establecimientos públicos-, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, del orden nacional, en su calidad de agentes retenedores del IVA, deben ser realizados en entidades inancieras que cuenten con capital garantía otorgado por el Fogain o en establecimientos bancarios comerciales con régimen de empresa industrial y comercial del Estado480.

12.2.1. 1 ¿Cuál es el contenido del Certificado de Retención por IVA?

Los agentes de retención del IVA deberán expedir por las retenciones practicadas, un certiicado dentro de los quince (15) días calendario siguientes al bimestre en que se...

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