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Una aproximación al principio de precaución y sus usos por la jurisprudencia del Consejo de Estado

AutorHéctor Santaella Quintero/José Miguel Sanabria Arévalo
Cargo del AutorMagistrado auxiliar del Consejo de Estado/Abogado y filósofo de la Universidad del Rosario
Páginas321-355
321
Capítulo 14
Una aproximación al principio
de precaución y sus usos por la jurisprudencia
del Consejo de Estado
Héctor Santaella Quintero
Magistrado auxiliar del Consejo de Estado
José Miguel Sanabria Arévalo
Abogado y lósofo de la Universidad del Rosario
Resumen
Con el objetivo de entregar al lector un acercamiento al principio de
precaución que aborde todas sus nociones fundamentales y demostrarle
cómo ha sido su aplicación por la jurisprudencia de la máxima corpora-
ción de lo contencioso administrativo, el presente artículo se preocupa
por conocer dicho principio a partir de un estudio genealógico de este
hasta llegar a su actual uso al interior de Colombia, de tal manera que
permita vislumbrar una visión panorámica e integral. En ese sentido,
el presente artículo se divide en tres capítulos con distintos enfoques.
En el primero de ellos se tratará su origen, objeto y diferencia con el
principio de prevención. Acto seguido, el artículo hace un paneo hacia
los elementos/características congurativos que doctrinalmente se han
elaborado para su aplicación y, nalmente, su existencia en Colombia
y sus usos por la jurisprudencia del Consejo de Estado, los cuales, a su
turno, se diferencian en tres cuerpos: el uso retórico, el uso impropio
Energías renovables no convencionales y cambio climático: un análisis para Colombia
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y, por último, el uso propio. Se concluye que el objeto del principio de
precaución, al igual que su origen, es nubloso o incierto. Su desarrollo
también ha estado rodeado de diversas teorías que lo hacen variar, tal
como ocurre en el caso colombiano en el que el Consejo de Estado lo ha
utilizado cuando no tiene argumentos para tomar una decisión.
Palabras clave: principio de precaución, jurisprudencia, medio ambiente,
bien jurídico, desarrollo tecnológico y cientíco.
Introducción
El principio de precaución resulta paradójico. Si bien aún es relativamente
reciente en Occidente y no se ha desarrollado de manera exhaustiva, es
constantemente aplicado no solo por la jurisprudencia del Consejo de Es-
tado (como se verá), sino de forma globalizada, principalmente en Europa
y en el norte del continente americano. Tal vez este principio, al pretender
cubrir ciertos daños que eventualmente se puedan presentar como producto
de la evolución acelerada de la ciencia y la tecnología, ha respondido de
forma volátil y con cambios permanentes. Dicho esto, resulta entonces
posible arribar a la conclusión de que es muy probable que la causa de su
existencia sea la misma causa de la ausencia de su identidad ontológica.
Precisamente ante tal ausencia, es que nace el objetivo del presente
artículo: analizar el origen y la esencia del principio de precaución y, a partir
de esto, revisar cómo ha sido empleado por la jurisprudencia del Consejo de
Estado. Para tal objeto, la metodología empleada consistió en un método
genealógico que, como su nombre lo indica, consiste en intentar hallar el
origen de su uso con el n de dilucidar de alguna manera su verdadera
esencia. Por tal motivo, el primer capítulo estará destinado exclusivamente
a aspectos históricos sobre su origen, su aplicación y su diferenciación con
otras guras jurídicas, entre ellas, el principio de prevención. Acto seguido,
conociendo su origen, incluso con los debates y los problemas que ello pue-
de suscitar, el artículo se enfocará sobre los elementos que lo estructuran,
lo cual permite “dibujar” las fronteras de su aplicación de forma abstracta
para una eventual aplicación.
Finalmente, habiendo conocido su trayectoria de forma global, el
artículo analiza el caso colombiano, particularmente en la jurispruden-
cia del Consejo de Estado, máxima corporación de la jurisdicción de lo
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contencioso administrativo que, por su papel conexo con la protección al
medio ambiente, resulta apenas necesaria su mención para acercarse de
manera breve a los problemas y las ventajas que el empleo de esta gura
ha representado para el ordenamiento jurídico y la población del país.
1. El principio de precaución, ¿un principio aún desconocido?
La génesis del principio de precaución no resulta pacíca. En efecto, como
a continuación se expondrá, algunos sectores de la doctrina han encontrado
su origen en la losofía, mientras que otros en un análisis de la historia
de las leyes o, al menos, al interior del derecho como respuesta a ciertos
cambios sociales ocurridos en Europa continental, particularmente en
Alemania a partir de la década de los setenta.
Desde la antigua Grecia hasta la Holanda del siglo  han existido
pensadores que, si bien no tratan en concreto de la precaución en lo relativo
a sus implicaciones jurídicas, sí trabajan temas semejantes en las actuacio-
nes del Estado o del ser humano en la esfera de lo público, como Hannah
Arendt lo denomina en su obra La condición humana (2009). Por su parte,
importantes lósofos como Aristóteles, Sócrates, Platón o Descartes, en
su faceta de losofía política o en el campo de la ética, elaboraron teorías
sólidas sobre la prudencia, antecedente directo al principio de precaución,
como manifestación del buen gobierno e instrumento que habilitaba a los
poderes públicos para adoptar, con carácter provisional, medidas preventivas
cuando existiera incertidumbre sobre un riesgo inminente ( Jordan, 2001).
Ya en la losofía jurídica o en la teoría del derecho, Hans Jonas realizó
un importante trabajo sobre los problemas éticos y sociales resultantes del
desarrollo tecnológico de Europa, en particular, y de Occidente, en general,
a partir del cual concluyó que la supervivencia de la especie dependía de los
esfuerzos por proteger al planeta, asunto que desembocó necesariamente
en el principio de precaución como lo conocemos hoy en día (Jonas, 1985).
Abordando una visión diferente a la losóca, jurídico/histórica, se
encuentra en primer lugar un común denominador entre los autores que
propenden por ella, y es que estos se sitúan en el mismo espectro temporo-
espacial como punto de partida: la Europa continental posterior a la Segunda
Guerra Mundial. Según esta forma de exponer el origen del principio de
precaución, el desarrollo tecnológico e industrial experimentado después
de la mencionada guerra estimuló la producción de daños desconocidos

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