El arbitraje comercial internacional en América Latina - Núm. 2007, Enero 2007 - Precedente. Anuario Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 456711302

El arbitraje comercial internacional en América Latina

AutorDiego Ricardo Galán
Páginas185-210

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El arbitraje comercial internacional en América Latina

Diego Ricardo Galán Barrera

For more than a century in Latin America, several international treaties have been issued to regulate international commercial arbitration. This essay presents a historical review of the conventions where these treaties have been produced, and also examines their current validity and enforcement in relation to the unification process of private international law.

1. Introducción

La trascendencia del arbitraje comercial internacional en la solución de conflictos del mundo moderno tiene un reflejo singular en América Latina, toda vez que su implantación, aplicación y reconocimiento han sido materias objeto de regulación desde mucho antes de que esfuerzos similares se emprendieran en Europa o en los Estados Unidos. Esto amerita, por lo tanto, desde la óptica del derecho comparado, que se efectúe una revisión ordenada y sistemática de su complexión regulatoria, como un punto de partida de estudios ulteriores que se llegaren a producir acerca de su eficacia respecto de los negocios internacionales que se llevan a cabo en el hemisferio, así como de la conveniencia de seguir resguardando la reglamentación con un criterio eminentemente regional. En tal virtud, este ensayo tiene como propósito central realizar un relato del recorrido histórico del arbitraje comercial internacional en el contexto latinoamericano, particularmente a través de la reseña pormenorizada de las convenciones internacionales que lo han tratado y regulado. El objetivo es que el lector que se aproxime a su contenido encuentre en él una fuente de información clara, basada en una configuración definida, que le sirva de estructura funcional para acometer ejercicios analíticos sobre aspectos puntuales de la temática arbitral internacional. Para lograr el objetivo propuesto, he procedido a seleccionar y revisar no sólo los instrumentos internacionales celebrados a lo largo de más de un siglo en el entorno latinoamericano en materia de arbitraje comercial

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internacional, sino también la bibliografía que sobre el particular es posible encontrar en diversas bibliotecas universitarias de Colombia, lo mismo que la consulta a las inconmensurables bases de datos y la necesaria búsqueda en diferentes páginas de la internet, ese increíble sistema de acopio de información cada vez más amplio, generoso, abundante y diverso.

Ahora bien, todo ese repertorio normativo, elaborado durante décadas por juristas latinoamericanos de distintas generaciones, plantea en los tiempos actuales un dilema cuya solución deberá ser producto tanto de las necesarísimas discusiones académicas que deben fomentarse, como de las decisiones políticas que deben comenzar a ambientarse, en el sentido de definir cuáles de ellas tienen vigencia y cuáles no, así como confrontarlas con esquemas normativos de similar estirpe, pero de mayor influjo, lo cual supone realizar escrutinios comparativos en el núcleo mismo del concepto de unificación del derecho internacional privado.

Esbozada así tal disyuntiva, y mientras no se concrete una estrategia encaminada a dilucidar el problema en un ámbito más universal, acorde con los retos de la globalización jurídica, cabe anticipar que, para efectos de dotar de certidumbre a los operadores jurídicos, debe ser la Organización de Estados Americanos el foro privativo que determine acerca de la validez material de algunos de los tratados que se examinarán a continuación, pudiendo expedir, tal vez, un texto refundido que ordene los contenidos y concentre la aplicación eficaz de la normatividad en tratándose del arbitraje comercial internacional o, como mínimo, que expida una declaración que indique, sin lugar a dudas, que son las convenciones de Panamá (1975) y Montevideo (1979) el conjunto normativo que con mayor idoneidad regula la temática del arbitraje comercial internacional.

2. Aproximación al tema y breve recuento de su historia

El arbitraje, tan antiguo1como las divergencias entre humanos, cada día se afianza como una institución jurídica de singular naturaleza, que alcanza una trascendencia adicional en la medida en que los intereses involucrados corresponden a los del comercio internacional. En tal virtud, ha sido del arbitraje comercial internacional de donde se ha desprendido toda una novísima

1Cfr. AntiguoTestamento, Libro del Génesis 31(38); Platón, De Legibus, Libros 6 y 12; Ley de las XII Tablas, tabula XII: “(...) Si servo furtum faxit noxiamve noxit. Si vindiciam falsam tulit, si velit is…tor arbitros tris dato, eorum arbitrio..fructus duplione damnum decidito (...)”; Ley Licinia, Digesto (4, 8, 17, 18, 6). Cfr. González de Cancino, Emilssen, “Arbitraje romano”, en: Silva Romero y Mantilla Espinosa (coords.), El Contrato de Arbitraje, Facultad de Jurisprudencia. Universidad del Rosario, Legis, Bogotá, 2005, pp. 21-39.

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forma de enfocar el derecho de los negocios, no sólo por el remozamiento impreso a la noción de lex mercatoria,2sino también por la reivindicación de la costumbre y los usos comerciales internacionales como fuente jurídica, por la creación de entidades especializadas que han desarrollado el concepto de arbitraje institucional o administrado,3hasta el punto que la jurisprudencia de ellos emanada tiene un influjo uniformizador en la aplicación del derecho en las más diversas latitudes y, finalmente, por la necesidad de los operadores del comercio internacional, de los organismos multilaterales y de los gobiernos nacionales de optar por la utilización de métodos de solución de controversias alternativos a la justicia estatal.

Por contera, no debe sorprender, entonces, que desde mediados del siglo antepasado las naciones americanas hayan adelantado acercamientos y diseñado proyectos de regulación del arbitraje internacional en asuntos privados. La confluencia de los distintos pensamientos, bajo la égida de una pléyade irrepetible de juristas americanos, vinculados por propósitos comunes, cuando la interacción de los actores internacionales y su propio entorno era aún incipiente, debe encontrar hoy una sólida vocación de continuidad, no sólo en su estudio sino en su cabal aplicación por parte de las nuevas generaciones de abogados, especialmente cuando la globalización económica y los procesos de cooperación e integración en materia comercial configuran la nueva realidad de las relaciones internacionales de nuestros pueblos.

En este orden de ideas, se debe destacar que la regulación jurídica del arbitraje comercial internacional tiene como centro de gravedad la necesidad que encuentra un laudo arbitral dictado en un determinado lugar de ser reconocido en el territorio donde puede ser ejecutado. Es apenas obvio que cuando el fallo

2Cfr. Baron, Gesa. “Do the UNIDROIT Principles of International Commercial Contracts form a new lex mercatoria?” Disponible en Internet: ; Gabor, Francis A., “Stepchild of the New Lex Mercatoria: Private International Law from the United States Perspective”, Disponible en internet: ; Alvarez Londoño S.J., Luis Fernando y Diego Ricardo Galán Barrera, Derecho Internacional Privado, Parte General, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Jurídicas – CEDI, Bogotá, 2002, pp. 97-99; Calvo Caravaca, Alfonso-Luis y Javier Carrascosa González, Derecho Internacional Privado, Vol 1., 6 ed., Granada, Comares, 2005, p. 102; Jaramillo Vargas, Jorge, “La lex mercatoria: mito o realidad”, en: Negocios Internacionales – tendencias, contratos e instrumentos (octubre 20, 21, 22 de 1998). Tercer Congreso Iberoamericano de Derecho Empresarial, Cámara de Comercio de Bogotá, pp. 35-52; Espinosa Pérez, Carlos Antonio, “La lex mercatoria: el verdadero derecho de los negocios internacionales”, en: Revista de Derecho Privado,
V. III, noviembre de 1993, Facultad de Derecho, U. de los Andes, Bogotá, pp. 6-30; Mantilla Serrano, Fernando, “Ius Mercatorum fuente del derecho internacional”, en: El Arbitraje en los conflictos económicos internacionales, XIII Conferencia Interamericana de Arbitraje Comercial, agosto de 1995, pp. 62-73.

3Es el caso ad. ex. de la Cámara de Comercio Internacional a través de su Corte Internacional

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arbitral es honrado por las partes de manera voluntaria y sin apremios, que es lo que normalmente acontece, no exige ningún tipo de injerencia normativa complementaria para alcanzar su efectividad. Pero cuando, excepcionalmente, se requiere del procedimiento de exequátur, como aval indispensable para enervar la idoneidad del fallo y las condiciones en que fue proferido, surgen, entonces, las convenciones internacionales como habilitadoras de tal función garantista.

Todo este conjunto de circunstancias ha constituido la rationae materia de la regulación jurídica del arbitraje comercial internacional en Latinoamérica, cuyo breve recuento abordo a continuación, siendo todavía una asignatura pendiente la determinación de cuál es la vigencia real y material de toda la normatividad que examinaré en la siguiente sección, resaltando, con todo, la sentida necesidad de comenzar a perfilar estudios consistentes de derecho comparado sobre el particular.

Indiscutiblemente, cualquier sondeo relacionado sobre un tema jurídico común a los latinoamericanos encuentra su punto de partida en el célebre Congreso de Panamá,4convocado por el Libertador y el cual se reunió del 22 de junio al 15 de julio de 1826,5toda vez que allí se encuentra la génesis político-jurídica de la actual Organización de los Estados Americanos (OEA), gestora de algunos de los instrumentos internacionales que regulan el arbitraje comercial internacional en nuestras latitudes. De igual manera, las denominadas Conferencias para la Codificación del Derecho Internacional Privado, reunidas en Lima promediando el siglo XIX,6si bien no produjeron resultados...

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