Auditoría a Diferidos
Autor | Hernán Cardozo Cuenca |
Páginas | 185-194 |
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Este tema abarca el conjunto de rubros representados en el valor de los gastos pagados por anticipados, en que ocurre la entidad solidaria en desarrollo de su actividad, así como aquellos otros comúnmente denominados como cargos diferidos, que representan bienes o servicios recibidos, de los cuales se espera obtener beneficios económicos en otros períodos futuros.
Son los gastos anticipados en que incurre la entidad solidaria en el desarrollo de su actividad, con el fin de recibir en el futuro servicios, los cuales se deben amortizar durante el período en que se reciben los servicios o se causen los costos o gastos y podrán ser recuperados directamente.
Corresponde los gastos pagados por anticipados:
- Intereses
- Seguros
- Arrendamientos
- Contrato de mantenimientos
- Honorarios
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- Comisiones
- Servicios
- Suscripciones
- Otros
Para darle tratamiento de amortizar los gastos pagados por anticipados, no se tienen en cuenta cuantía mínima ni máxima. Estos pagos se amortizarán de acuerdo al tiempo en que se considera que se va a utilizar o recibir el beneficio del activo diferido.
En la amortización mensual de estos gastos pagados por anticipados, se realizará directamente al gasto respectivo, es decir no se cargarán al grupo de cuentas de gastos “Amortizaciones” sino directamente al rubro correspondiente.
Corresponde a los desembolsos efectuados por la entidad solidaria, en las etapas de organización, explotación, construcción, instalación y los bienes y servicios recibidos de los cuales se espera obtener beneficios económicos futuros y son susceptibles de recuperación pero de forma indirecta.
No tendrán el tratamiento de cargos diferidos, aquellas erogaciones o gastos cuya cuantía, en su conjunto o individual, sea inferior a la siguiente escala en proporción a los activos de la entidad:
RANGOS DE ACTIVOS | -- | T O P E S en S.M.L.M.V. |
De 0 cero a $ 100.000.000 | -- | 2 (Dos) Salarios mínimos mensuales |
De $ 100.000.001 a $ 500.000.000 | -- | 3 (tres) Salarios mínimos mensuales |
De $ 500.000.001 a $ 1.000.000.000 | -- | 5 (Cinco) Salarios mínimos mensuales |
Mas de $ 1.000.000.000 | -- | 10 (Diez) Salarios mínimos mensuales |
La amortización de los cargos diferidos, debe reconocerse a partir de la fecha en que contribuyan a la generación de ingresos, teniendo en cuenta lo siguiente:
- Los cargos diferidos por concepto de organización y preoperativos se deben amortizar en el menor tiempo entre el estimado para su recuperación en el estudio de factibilidad y la duración del proyecto específico que lo originó, sin que exceda, en todo caso, de cinco (5) años.
- Los programas para computador (software), se amortizarán en un período no mayor a tres (3) años.
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Sin embargo, cuando se trate de programas de avanzada tecnología que constituyan una plataforma global que permita el crecimiento futuro de la entidad acorde con los avances del mercado y cuyos costos de desarrollo o adquisición superen el 30% del patrimonio técnico de la respectiva entidad, incluido el hardware, previo concepto de la Superintendencia de la Economía Solidaria, se podrá diferir a cinco (5) años a partir del momento en que cada producto inicia su etapa productiva, mediante un programa gradual y ascendente con porcentajes del 10%, 15%, 20%, 25% y 30%, respectivamente, o mediante alícuotas iguales.
- Los gastos incurridos en investigación y desarrollo de estudios y proyectos serán diferibles, siempre que los gastos atribuibles se puedan identificar separadamente y su factibilidad técnica esté demostrada, su amortización se hará en un período no mayor de dos (2) años, con cargo al código 512010.
- Los cargos diferidos por concepto de remodelación se amortizarán en un período no mayor a dos (2) años, con cargo al código 512010.
- Los cargos diferidos por concepto de útiles y papelería, se amortizarán en función directa con el consumo, con cargo al código 512010.
- Los cargos diferidos por concepto de mejoras a propiedades tomadas en arrendamiento, se amortizarán en el período menor entre la vigencia del respectivo contrato (sin tener en cuenta las prórrogas) y su vida útil probable.
- Los cargos diferidos por concepto de descuento en colocación de títulos de inversión, se amortizarán durante el plazo para la redención o conversión de los...
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