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Las barreras económicas al comercio internacional. La valoración aduanera, ¿una barrera al comercio?

AutorJulia Inés Sánchez Arias
Cargo del AutorEconomista con una especialización en Negocios Transnacionales
Páginas327-344
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Las barreras económicas al comercio
internacional
La valoración aduanera, ¿una barrera al comercio?
Julia Inés Sánchez Arias
Partamos de este principio, la valoración aduanera no puede convertirse en un
obstáculo al libre comercio. Esta premisa es la que debe marcar el derrotero
en la aplicación de los tratados internacionales que rigen en esta materia, así
como también en el desarrollo de medidas que tienen que ver con la facilita-
ción y el control aduanero, aspectos de gran preocupación para los organis-
mos internacionales que regulan el intercambio comercial entre países y que,
de manera más especíca ocupa, principalmente, las actividades técnicas de
la Organización Mundial de Aduanas () en su propósito de asegurar la
uidez de los procedimientos aduaneros.
En el contexto actual de las economías globalizadas, no es sostenible un
modelo proteccionista que justique la existencia de trabas al libre tráco de
mercancías, razón que llevó, entre otras cosas, a la creación de una institución
como la Organización Mundial del Comercio (), que por primera vez se
constituye en un ente normativo y administrativo que regula y asegura el libre
intercambio de mercancías entre países. De ahí que, siendo la  un tratado
comercial, sus acuerdos se comporten de la misma manera. Al ser entonces
la valoración uno de sus acuerdos multilaterales, tiene su misma naturaleza,
es decir, es un acuerdo comercial que no puede utilizarse como un obstáculo
al comercio internacional.
De esta forma se entiende que el Acuerdo sobre Valoración de la 
no es ni tiene pretensiones meramente scalistas; es una técnica que busca
facilitar los intercambios entre las partes sin detrimento de la recaudación que
corresponda y de los controles que sean debidos.
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Acuerdos comerciales y aspectos relacionados con el comercio exterior
El Acuerdo, mediante la aplicación de su técnica clara y precisa, tiene una
gran importancia tanto para la aduana como para los comerciantes, pues, por
una parte, les facilita a los importadores la determinación del valor en aduana
con una mayor seguridad y certidumbre, a efectos del cálculo de los derechos
e impuestos que les corresponde pagar; y, por otra, le posibilita a la aduana
garantizar el recaudo y efectuar controles más racionales. Se puede armar
sin dudas que el Acuerdo sobre Valoración benecia tanto a la administración
como al administrado.
Mediante esta regulación, se establecen unas obligaciones a las adminis-
traciones aduaneras que apuntan principalmente a la prestación de un buen
servicio sin desconocer la facultad controladora que les corresponde. Al mismo
tiempo, se imponen obligaciones especícas a los importadores, referidas a
la correcta aplicación de la técnica de la valoración, acudiendo siempre a los
elementos de hecho y condiciones efectivas del negocio. Es así por cuanto
los principios de la valoración derivados del artículo VII del  de 1994
prevén que sean los mismos importadores quienes actúen en un sistema de
autoevaluación, teniendo en cuenta siempre los valores reales y no los arbi-
trarios o cticios. Finalmente, permite que se pueda autorizar el levante de
las mercancías sin obstáculos, aunque algunas veces las declaraciones de valor
le produzcan dudas a la autoridad aduanera.
¿Qué papel deben jugar las aduanas en la liberación del comercio
bajo los mandatos de estos acuerdos?
Algunas veces, y bajo determinadas circunstancias, no siempre la valoración
cumple con los propósitos esperados, y podría ser utilizada como una barrera
al libre ujo de mercancías por razones no siempre imputables a una admi-
nistración. Se sabe que la valoración en aduana así como los procedimientos
y demás actuaciones aduaneras deben ser consistentes y servir como instru-
mentos para el desarrollo de las estrategias de comercio exterior de un país,
y que la administración de aduanas es la que asegura el cumplimiento de las
directrices gubernamentales cuando lleva a cabo sus prácticas tanto en los
puntos de llegada como de salida de las mercancías, así como en sus opera-
ciones posteriores.
Es entonces responsabilidad de la misma administración aduanera reco-
nocer la importancia de asegurar que el Acuerdo sobre Valoración de la 

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