Clínicas jurídicas iberoamericanas: retos para el siglo XXI - Nuevos retos y perspectivas de la educación legal clínica - Experiencias de educación legal clínica - Parte I. Reflexiones desde la Educación legal clínica - El interés público en América Latina. Reflexiones desde la educación legal clínica y el trabajo probono - Libros y Revistas - VLEX 648753161

Clínicas jurídicas iberoamericanas: retos para el siglo XXI

AutorBeatriz Londoño, Sebastián Senior, Jaime León Durán y Mónica Avella
Páginas427-449
427
1.5.2. Clínicas jurídicas iberoamericanas: retos
para el siglo *
Beatriz Londoño**
Sebastián Senior***
Jaime León Durán****
Mónica Avella*****
La educación legal es complemento y desafío con respecto a los
métodos de enseñanza jurídicos tradicionales: la Clínica es
un excelente complemento de la formación que desaará a los
cursos positivistas y formalistas y limitará sus excesos.
Mariela Puga
* Este artículo es resultado de la investigación “Litigio estratégico en derechos colectivos y su
ejercicio a través de las Clínicas Jurídicas en Iberoamérica. Estudios de caso en México, Argentina,
Colombia y España. 1992-2012”, desarrollada por Beatriz Londoño Toro como investigación resul-
tado de año sabático, nanciada por la Universidad del Rosario. Duración: un año (noviembre del
2012 - noviembre de 2013).
** Abogado de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Bogotá (Colombia).
Supervisor del Grupo de Acciones Públicas () de la mencionada institución. Autor de diferentes
artículos en Derechos Humanos. Becario de la Maestría en Derecho de la Universidad del Rosario.
Correo electrónico: sebastian.seniors@urosario.edu.co.
*** Abogada de la Universidad Ponticia Bolivariana, Medellín (Colombia). Profesora titular de
la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Bogotá (Colombia). Directora del Grupo
de Investigación en Derechos Humanos y de la Clínica Jurídica  de la Universidad del Rosario.
Investigadora con doctorado en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y especialización
en Derecho Constitucional y Ciencia Política del Centro de Estudios Constitucionales de Madrid.
**** Abogado de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Bogotá (Colombia).
Desarrolla estudios de posgrado en Derecho Comercial en dicha institución. Periodista en proceso
de grado, también en la Universidad del Rosario. Correo electrónico: leon.jaime@urosario.edu.co.
***** Estudiante de séptimo semestre de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Ro-
sario, Bogotá (Colombia). Correo electrónico: avella.monica@urosario.edu.co.
El interés público en América Latina. Reexiones desde la educación legal clínica y el trabajo probono
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Introducción: retos de la educación legal clínica
en Iberoamérica
Las clínicas jurídicas han sido denidas como espacios de formación donde
se prioriza el estudio, la investigación y el análisis de casos reales, con una
“mentalidad jurídica abierta, crítica e imaginativa” (Arcos, 2000, p. 183). La
labor de los estudiantes se realiza bajo la orientación o supervisión de pro-
fesores que promueven una educación en valores y responsabilidad social,
además de fortalecer en sus alumnos competencias para la vida profesional
y el desempeño en la sociedad: “Lo característico de las clínicas, es que lo
que allí se enseña, lo que se transmite, es un saber compartido y recreado
en la experiencia colectiva de trabajo” (Baladrón, 2013, p. 53).
Es por ello que existen experiencias que resultan de vital importancia
para el buen desarrollo de una clínica. Entre estas se encuentran las siguientes:
Los estudiantes se enfrenten a problemas y situaciones como las que
viven los abogados y juristas en la práctica: “Ellos deben enfrentarse
a casos reales, en oposición a las tradicionales y anacrónicas prác-
ticas, que generan abstracciones en el imaginario del estudiante,
distantes de la realidad” (Maury, 2010).
La metodología clínica se orienta a que los estudiantes resuelvan
problemas auténticos, bien desde una interpretación, o bien en
casos reales con clientes verdaderos. Se exige a los estudiantes que
interactúen con estas personas, para facilitar la identicación y
solución del problema.
Los casos elegidos tratan problemas sociales o de interés pblico,
donde los usuarios suelen ser personas de escasos recursos económi-
cos o que se relacionan con situaciones de alto impacto social.
El estudiante es sometido a un intenso control y evaluacin per-
sonal, que comienza por el fomento de la autoevaluación.
La evaluacin, el control y la supervisin los llevan a cabo profesores
universitarios (Blazquez, 2005, p. 48).
En este sentido, la diferencia central entre el modelo clínico y el de los
consultorios jurídicos o servicios legales gratuitos radica en que las clínicas
centran su campo de acción en casos de interés público y de alto impacto
social, en tanto que los consultorios y dichos servicios asumen el acceso a la

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