Consecuencias de la clasificación de los derechos humanos en generaciones en relación a la justiciabilidad de los derechos sociales - Núm. 124, Enero 2016 - Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas - Libros y Revistas - VLEX 655802957

Consecuencias de la clasificación de los derechos humanos en generaciones en relación a la justiciabilidad de los derechos sociales

AutorAna María Bonet de Viola
CargoAbogada UNL, Argentina
Páginas17-32
17
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS - UPB
ISSN: 0120-3886 / ISSN (En línea): 2390-0016 / Vol. 46 / No. 124
enero - junio 2016 / Medellín, Colombia.
Consecuencias de la clasicación
de los derechos humanos en
generaciones en relación a la
jusciabilidad de los derechos
sociales
Consequences of the classicaon of human rights
in generaons in relaon to the jusciability of social
rights
Conséquences de la classicaon des droits de
l’homme en généraons par rapport à la jusciabilité
des droits sociaux
Consequências da classicação dos direitos humanos
em gerações em termos da jusciabilidade dos direitos
sociais
Ana María Bonet de Viola1
1 Abogada (UNL, Argentina), Mediadora, máster en Derecho – LLM (Universidad de Friburgo,
Alemania), doctora en Derecho (Universidad de Bremen, Alemania). Miembro del grupo de
investigación “Hacia la construcción de una regulación agroalimentaria. Perspectivas local,
internacional y global”, UNL, Argentina. Docente en la Universidad Católica de Santa Fe, Ar-
gentina. La autora agradece las críticas, comentarios y recomendaciones de Alexandra Aceve-
do Martínez, José Luis Luna Bravo y María Cecilia Chiappini. Correo eléctrónico: anitabonet@
gmail.com - http://orcid.org/0000-0002-9991-5475
REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS - UPB
ISSN: 0120-3886 / ISSN (En línea): 2390-0016 / Vol. 46 / No. 124 / PP. 17 - 32
enero - junio 2016 / Medellín, Colombia. hp://dx.doi.org/10.18566/rfdcp.v46n124.a02
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REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS - UPB
ISSN: 0120-3886 / ISSN (En línea): 2390-0016 / Vol. 46 / No. 124
enero - junio 2016 / Medellín, Colombia.
Resumen
Este artículo analiza el debate teórico acerca de la justiciabilidad de los derechos humanos de
segunda generación, en concreto, de los derechos sociales. Se sostiene que esta justiciabilidad
está pendiente a causa de la ya clásica concepción de los derechos humanos, que los asume
como libertades básicas fundamentales y que está plasmada en la tradicional clasicación
de los derechos humanos en generaciones. Esta clasicación permite, en efecto, una
sobrevaloración de los derechos civiles y políticos por sobre los derechos sociales. Como
contrapartida, el artículo aboga por un cambio de paradigma que supere esta clasicación
que se traduce en división, priorizando la interdependencia e indivisibilidad de los derechos
humanos en función de la justiciabilidad de los derechos sociales.
Palabras clave
Derechos de segunda generación, derechos sociales, derechos humanos, justiciabilidad.
Abstract
is paper analyzes the theoretical debate about the justiciability of the Human
Rights of Second generation, particularly on social rights. It is here sustained that this
justiciability is still pending due to the classic conception of Human Rights as basic
fundamental liberties expressed in the traditional classication of Human Rights in
generations. In fact, this classication allows the overvaluation of civil and politics rights
over social rights. In return, this article advocates a change of paradigm to overcome
this classication that translates into division, by prioritizing the interdependence and
indivisibility of human rights based on the justiciability of social rights.
Key Words
Second generation of human rights, social rights, human rights, justiciability of social
rights, fundamental rights.
Cómo citar este artículo:
Bonet de Viola, A. (2015). Consecuencias de la clasicación de los derechos humanos
en generaciones en relación a la justiciabilidad de los derechos sociales. Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 46(124), pp. 17-32.
Recibido: 11 de noviembre de 2015.
Aprobado: 21 de enero de 2016.
Ana María Bonet de Viola

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