Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 29° período de sesiones. Item 5 de la agenda, debate general. Informe del Foro Social de 2015: Acceso a los medicamentos en el contexto del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental (A/HRC/29/44) - Núm. 2015, Enero 2015 - Pronunciamientos de la Comisión Colombiana de Juristas - Libros y Revistas - VLEX 840663466

Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, 29° período de sesiones. Item 5 de la agenda, debate general. Informe del Foro Social de 2015: Acceso a los medicamentos en el contexto del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental (A/HRC/29/44)

Declaración oral de la Comisión Colombiana de Juristas y Misión Salud
29ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas
Ginebra, Suiza, 25 de junio de 2015
Item 5 de la agenda, debate general. Informe del Foro Social de 2015: Acceso a los med icamentos en el contexto del
derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental (A/HRC/29/44)
Señor Presidente:
La privación injusta a millones de seres humanos en el mundo del acceso a medicamentos
genéricos asequibles es causa, según la OMS, de la muerte de más de 10 millones de personas en
el mundo cada año. El Foro Social del mes de febrero de 2015 ofreció un v alioso escenario para
avanzar en la reflexión sobre la materia.
Como dice el Informe que se presenta: El acceso a los medicamentos es una cuestión compleja y
multidimensional que requiere soluciones integrales. Deben adoptarse medidas para mejorar las
cadenas de suministro, hacer frente a los determinantes sociales subyacentes en materia de salud,
promover la coherencia en materia de políticas sobre la base de la preeminencia de los derechos
humanos sobre los regímenes de comercio internacional, inversión y propiedad intelectual , y velar
por que los sistemas de atención de la sa lud sean adecuados para la población a la que se dirigen.
Las desigualdades deben erradicarse, y ello incluye los elevados costes para los pacientes en los
países de ingresos medios y bajos
1
.
El Foro concluyó que El acceso a los medicamentos es uno de los ejemplos más evidentes de cómo
las reglas de la economía y el comercio topan con los derechos humanos, en particular con los
derechos a la vida, la salud y el desarrollo. Todas las personas tienen derecho a disfrutar de los
beneficios del progreso científico y hay que proteger los conocimientos tradicionales. Las empresas
farmacéuticas deben cumplir con sus responsabilidades en materia de derechos humanos y sus
obligaciones éticas
2
.
Por ello, la Comisión Colombiana de Juristas y Misión Salud han planteado con insistencia que es
necesario modificar el Acuerdo de los ADPIC, con miras a la abolición de las patentes
farmacéuticas de medicamentos esenciales. Mientras esto se logra, hay que adoptar mecanismos
que permitan a los países en desarrollo aplicar automáticamente las salvaguardias de la salud
pública establecidas en la normativa internacional (Acuerdo de los ADPIC y Declaración de Doha), y
especialmente las licencias obligatorias.
También debería promoverse un debate internacional dirigido a lograr que el bloqueo de los
medicamentos genéricos asequibles, en la medida que se traduce en enfermedad y muerte de
millones de seres humanos, sea considerado un crimen de lesa humanidad
3
.
1
Informe del Foro Social de 2015, documento A/HRC/29/44 del 13 de abril de 2015, párrafo 62.
2
Informe del Foro Social de 2015, documento A/HRC/29/44 del 13 de abril de 2015, párrafo 65.
3
“La guerra contra los medicamentos genéricos: un crimen silencioso”, autor: Germán Holguín Zamo rano, publicado por
Penguin Random House bajo el sello Aguilar, agosto 2014.

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