Considerando - - - Nuevo régimen aduanero colombiano 2019 - Libros y Revistas - VLEX 812077937

Considerando

AutorRamón Eduardo Guacaneme P.
Páginas1-2
1Título 1. Disposiciones generales
DECRETO 1165 DE 2 DE JULIO DE 2019
Diario O cial No. 51.002 de 2 de julio 2019
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de
la Ley 1609 de 2013.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las
Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, una vez oído el Comité de Asuntos Aduaneros,
Arancelarios y de Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 1609 de 2013, el Congreso de la República, teniendo en cuenta su
responsabilidad social y en procura de mantener la estabilidad jurídica nacional, dictó normas
generales a las cuales debe sujetarse el Gobierno para modi car los aranceles, tarifas y demás
disposiciones concernientes al Régimen de Aduanas;
Que, en desarrollo de dicha ley, mediante el *Decreto 390 de 2016, el Gobierno nacional
estableció una nueva regulación aduanera con el ánimo de armonizarla con los convenios
internacionales, particularmente con las normas de la Comunidad Andina y el Convenio
Internacional para la Simpli cación y Armonización de los Regímenes Aduaneros - Convenio
de Kioto revisado de la Organización Mundial de Aduanas, incorporando las mejores prácticas
internacionales, para facilitar el comercio exterior y el cumplimiento de los compromisos
adquiridos por el país dentro de los acuerdos comerciales;
Que mediante el mencionado decreto el Gobierno nacional promueve el fortalecimiento de los
criterios de gestión de riesgo en el ejercicio del control aduanero, en orden a neutralizar las
conductas de contrabando y lavado de activos, prevenir el riesgo ambiental y la violación de
los derechos de propiedad intelectual, defender la salud, garantizar la seguridad en fronteras
y, en general, la seguridad de la cadena logística;
Que el *Decreto 390 de 2016 dispuso la aplicación escalonada de su articulado, atendiendo
lo previsto por el numeral 3 del artículo 5 de la Ley 1609 de 2013;
Que la aplicación escalonada, ha implicado tener vigentes una diversidad de normas
previstas en los *Decretos 2685 de 1999, *390 de 2016, 2147 de 2016, 349 de 2018 y 659
de 2018, junto con sus respectivas resoluciones reglamentarias, y ha di cultado la correcta y
efectiva aplicación de la normatividad por parte de los usuarios aduaneros, y los operadores
administrativos y jurídicos en general;
Que la ley marco de aduanas, en los numerales 1 y 2 de su artículo 5, jó los criterios generales
que deben observar los decretos que expida el Gobierno nacional con ocasión de su desarrollo,
dentro de los cuales se encuentra, el de responsabilidad social de los funcionarios públicos y
los Operadores de Comercio Exterior, con el n de prevenir, evitar y controlar conductas que
Art. 1

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