El derecho operacional como una categoría dentro de la taxonomía del derecho
Autor | Francisco Alejandro Chíquiza Gómez, Juan Fernando Gil Osorio |
Cargo | Escuela Militar de Cadetes 'General José María Córdova', Colombia/Escuela Militar de Cadetes 'General José María Córdova', Colombia |
Páginas | 53-69 |
Artículos
El derecho operacional como una categoría dentro de la taxonomía del derecho*
e Operational Law as a Category Inside the Taxonomy of Law
DOI: https://doi.org/10.11144/Javeriana.vj68-139.doct
Recepción: 23 Julio 2019
Aceptación: 12 Agosto 2019
Fecha de publicación: 30 Diciembre 2019
Francisco Alejandro Chíquiza Góme
z
a
Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”,
Colombia
alejandro_chiquiza@hotmail.com
ORCID: http://orcid.org/0000-0001-9514-8080
Juan Fernando Gil Osorio
Escuela Militar de Cadetes “General José María Córdova”,
Colombia
ORCID: http://orcid.org/0000-0002-6605-6846
Resumen:
La presente investigación pretende reivindicar la importancia de construir, como objeto de estudio, una categoría del derecho
denominada derecho operacional[1], con el n de contribuir al debate socio-jurídico de las relaciones que se suscitan o se producen
en las actuaciones de la fuerza púb lica, entendidas estas como las Fuerzas Militares y la Policía Nacional. En ese sentido, resulta
completamente plausible construir todo un conocimiento alrededor de los imperativos normativos que reglan los procedimientos
de las instituciones castrense y policial, respectivamente. Así, se procura real izar una aproximación a los ejes axiales o denitorios
de esta ordenación jurídica y que, eventualmente, p odría dar explicaciones profundas a fenómenos del entorno social y que se
relacionan con la contención de las amenazas de una sociedad. Finalmente, el documento propone un análisis de validez y ecacia
de las reglas operacionales, dada su raigambre administrativa, justicándolas como principio de lex artis de la ciencia, el arte de las
operaciones militares y los operativos policiales.
Palabras clave: Derecho operacional, Fuerza Pública , Fuerzas Militares, Policía Nacional, derecho; proce dimientos, política,
constitución, norma, derechos humanos, derecho internacional humanitario, justicia transicional, reglas operacionales, validez,
ecacia, derecho internacional de los conictos armados, derecho administrativo, delegación, desconcentración, vinculante, lex
artis, paz, hostilidades, planeación, integración normativa.
Abstract:
is investigation seeks to vindicate the importance of constructing, as an object of study, a category of law called operational law,
to contribute to the socio-juridical debate of the relations that arise or occur in the actions of the Public Force, understood these
as Military Forces and National Police. In that sense, it is entirely plausible to build complete knowledge around the normative
imperatives that regu late the procedures of military and police institutions, respectively. us, an attempt is made to make an
approximation to the axial or dening axes of this legal arrangement. Eventually, it could give in-deep explanations to phenomena
of the social environment and that are related to the containment of the threats of society. Finally, the document proposes an
analysis of the validity and effectiveness of the operational rules, given their administrative roots, justifying them as a principle of
lex artis of the science and art of military operations and police operations.
Keywords: Operational law, Public Force, Military Forces, National Police, law, procedures, policy, constitution, norm, human
rights, international humanitarian law, transitional justice, operational rules, validity, effectiveness, international law of armed
conicts, administrative law, delegation, deconcentration, binding, lex artis, peace, hostilities, planning, normative integration.
Notas de autor
a Autor de correspondencia. Correo electrónico: alejandro_chiquiza@hotmail.com
Vniversitas, 2019, núm. 139, ISSN: 0041-9060 / 2011-1711
Introducción
El objetivo de la presente investigación es sentar las bases para un estudio jurídico de lo que debe concebirse
como "derecho operacional" aportando a que la denición de dicho concepto se desarrolle con una mejor
claridad aclarando sus nalidades y su estatuto epistemológico.
El estudio de la praxis de la fuerza pública implica, necesariamente, realizar una aproximación a las
disposiciones que regulan la actividad militar o policial desde su nalidad hasta el modo en que se operativiza
la misma, dada su especial característica de coerción y el involucramiento de derechos humanos[2].
En ese sentido, la presente investigación pretende, de manera tangencial, realizar un acercamiento a la
noción de DO PER[3] , como un “tipo o categoría” de ordenamiento jurídico dentro de la taxonomía o
clasicación del derecho, y analizar el contenido jurídico que lo compone y los hechos o actividades que
pretende controlar.
No obstante, desde ya, es necesario realizar algunas precisiones: primero, este artículo pretende reexionar
sobre la naturaleza jurídica y los niveles de validez y ecacia de las disposiciones que regu lan el proceder
estrictamente operacional, por lo que no se realizarán análisis de las disposiciones que normativizan la
actividad netamente administrativa, sin desconocer que estas inuyen directa y sustancialmente en las
operaciones mil itares y los operativos p oliciales. Segundo, para la valoración de las disposiciones, en este
caso, se procurará realizar una reivindicación del DOPER como un conjunto de normas indispensables para
entender distintos fenómenos o contextos en el marco de la conducción de hostilidades o el restablecimiento
del orden público.
Este análisis en particular tiene una justicación estructural respecto de las operaciones militares y los
operativos policiales, pero es a la vez coyuntural, ya que las reglas operacionales, según el acto legislativo 01
de 2017[4], tienen la vocación de determinar la calicación jurídica de los integrantes de la fuerza pública por
conductas cometidas por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conicto armado interno
en Colombia, en el contexto de la Jurisdicción Especial para la Paz ( JEP).
Así las c osas, el constituyente derivado, al menos en principio, entendió la necesidad de comprender
la dinámica institucional de la fuerza pública en el proceso de planeamiento, ejecución y evaluación de
operaciones militares u operativos policiales para que el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No
Repetición (SIV JRNR) pueda ofrecer un proceso de construcción de memoria completo. Lo que signica
incluir las voces de todos los actores en el marco del conicto armado interno y, a la vez, identicar las
deciencias en los procesos de toma de decisiones en la fuerza pública.
Lo anterior, destaca la ineludible responsabilidad de emprender un análisis sobre las prácticas y
procedimientos operacionales y operativos para comprender las complejas dinámicas sociales que se suscitan
en escenarios en los que se activan las capacidades y competencias de la f uerza pública. En contextos donde
se presentan altos umbrales de violencia este análisis puede ayudar a ofrecer respuestas a los fenómenos que
derivaron en macro-criminalidad y macro-victimización, de ahí que se haya incluido como imperativo de
estudio en una disposición de rango superior[5].
La metodología utilizada dentro del desarrollo del documento es de carácter cualitativa deductiva. Lo
que da como resultado un documento de carácter mixto ya que el resultado de investigación gira entorno
a la validez y ecacia del derecho operacional, pero también podría ubicarse en el campo de una reexión
académica con relación al concepto del derecho operacional.
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