La distinción entre reglas y principios y sus implicaciones en la aplicación del derecho - Núm. 20, Julio 2012 - Derecho y Realidad - Libros y Revistas - VLEX 737885697

La distinción entre reglas y principios y sus implicaciones en la aplicación del derecho

AutorRamón Ruiz Ruiz
CargoProfesor de Filosofía del Derecho Universidad de Jaén, España
Páginas143-166
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La distinción entre reglas y principios y susLa distinción entre reglas y principios y sus
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implicaciones en la aplicación del derecho*implicaciones en la aplicación del derecho*
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implicaciones en la aplicación del derecho*
The distinction between rules and principles and
their implications for law enforcement
Ramón Ruiz Ruiz*
__________
* Este trabajo se inserta en el ámbito de las investigaciones llevadas a cabo en el marco del programa
de investigaci ón Consolider Ingenio 2010 «El tiempo de los derechos» (CDS 2008-00007).
** Pro feso r de Fil osof ía del D erec ho Uni vers idad d e Jaén ( Espa ña). Co rreo e lect róni co:
ramonrr@ujaen .es
Derecho y RealidadDerecho y Realidad
Derecho y RealidadDerecho y Realidad
Derecho y Realidad
Núm. 20 z II semestre de 2012
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UPTC
ISSN: 1692-3936
ResumenResumen
ResumenResumen
Resumen
La lógica del constitucionalismo y de las exigencias limitativas del poder que
le son consustanciales, impone al juez la obligación de poner un especial
empeño a la hora de motivar su decisión, a la hora de explicar cuáles son las
razones que ha tenido en cuenta en su razonamiento intelectual y que le han
llevado a adoptar una concreta y determinada decisión, en contra de otras
posibilidades. Asimismo, la razonabilidad, entendida como elemento básico
del test de aceptabilidad al que debe ser sometida la dec isión judicial es, en
este sentido, una de las manifestaciones que presenta la seguridad jurídica en
el constitucionalismo contemporáneo.
Palabras clavePalabras clave
Palabras clavePalabras clave
Palabras clave
Interpretación jurídica, argumentación, proporcionalidad.
Derecho y Realidad
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AbstractAbstract
AbstractAbstract
Abstract
The logic of the constitucionalismo and of the limitative demands of the
power that they are him/her consustanciales, imposes the judge the obligation
of putting a special zeal a hour of motivating their decision, when explaining
which they are the reasons that he/she has had in it counts in their intellectual
reasoning and that they have taken him/her to adopt a concrete one and
determined decision, against other possibilities.
Key wordsKey words
Key wordsKey words
Key words
Juridic interpretation, argument, proportionality.

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