Editorial - Núm. 15, Enero 2016 - Revista Digital de Derecho Administrativo - Libros y Revistas - VLEX 736895565

Editorial

AutorAníbal Zárate
Páginas3-6
REVI STA DIGITAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, N. º 15, PRIMER SEM EST RE/ 2016, PP. 3-6
Editorial
ANÍB AL Z ÁR ATE1
El pasado 3 de marzo de 2016 la Autoridad Nacional de Contratación Pública
“Colombia Compra Eficiente”2 anunció que se encuentra preparando un pro-
yecto de reforma del Estatuto General de la Contratación de la Administra-
ción Pública3. De acuerdo con los autores de la reforma, un primer objetivo
consiste en eliminar los regímenes especiales de contratación que tienen varios
organismos y entidades públicas con el fin de fijar un marco regulatorio único
al que esté sometida la mayor parte de órganos que ejercen las actividades y
funciones administrativas o que tienen a su cargo la prestación de servicios
públicos del Estado colombiano. Como se está estructurando el proyecto de
reforma, quedarían pocas excepciones4; una de ellas sería el caso de las emba-
jadas, quienes seguirían teniendo un régimen especial para la adquisición de
productos y servicios en el exterior; otra, el caso de las compras que se hagan
con cargo a créditos de entes multilaterales o con ayuda internacional, en la
medida en que en esos supuestos el país o el órgano multilateral donante es-
tablece las condiciones de contratación. Se prevé asimismo que las empresas
industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta en
1 Doctor en Derecho de la Universidad Panthéon-Assas, Paris II, Paris, Francia. Docente
investigador y director del Grupo de Investigación del Departamento de Derecho Admi-
nistrativo de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, Colombia. Correo-e: anibal.
zarate@uexternado.edu.co Para citar el artículo: Zárate, A. (2016). Editorial. Revista digital
de Derecho Administrativo n.º 15, primer semestre, Universidad Externado de Colombia, 2016,
pp. 3-6, DOI: http://dx.doi.org/10.18601/21452946.n15.01.
2 El artículo 1.º del Decreto-Ley 4170 de 2011 establece que la Autoridad Nacional de
Contratación Pública “Colombia Compra Eficiente” es una unidad administrativa especial
descentralizada de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimo-
nio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional
de Planeación.
3 Esto implica la tarea de derogar la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, así como sus
decretos reglamentarios. También se espera que sean eliminados algunos apartes de
las leyes 30 de 1992 y 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción). Uno de los objetivos
expresados por los autores de la reforma consiste en hacer menos enredado y unificar
el Estatuto de Contratación. Hoy en día, incluso la Ley 100 de 1993, que define las
condiciones del sistema pensional, incluye normas de contratación que se prevé sean
derogadas.
4 Actualmente se encuentran por ejemplo exentas las empresas de servicios públicos, las
universidades estatales, el Banco de la República, las empresas sociales del Estado, el sector
defensa, las entidades financieras estatales.

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