La Función ejecutiva y su necesaria intervención en la materialización de los derechos constitucionales - Núm. 36, Enero 2019 - Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas - Libros y Revistas - VLEX 772107621

La Función ejecutiva y su necesaria intervención en la materialización de los derechos constitucionales

AutorJuan Felipe Solórzano-Quintero
CargoAbogado con máster en Derecho Administrativo de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario
Páginas58-83
Revista CIVILIZAR: Ciencias Sociales y Humanas, 19(36) enero junio 2019
DOI: http://dx.doi.org/10.22518/usergioa/jour/ccsh/2019.1/axx
p-ISSN: 1657-8953 | e-ISSN: 2619-189X
La función ejecutiva y su necesaria intervención en la
materialización de los derechos constitucionales
The intervention of executive power in the materialization of constitutional
rights
Juan Felipe Solórzano Quintero
1
Recibido: 28 de julio de 2017 - Revisado: 2 de noviembre de 2017 - Aceptado: 19 de febrero de 2018
Resumen
El escrito evidencia como a partir de las transformaciones del modelo de Estado el poder
Ejecutivo adquiere un papel especial en la garantía de los derechos de la persona. Teniendo
en cuenta lo anterior, se hacen una serie de exigencias que permiten que tanto la
Administración como el Gobierno se sometan a los postulados constitucionales. Sin
embargo, en la actualidad el Ejecutivo no del todo se ciñe a la Norma Superior. A, el
presente artículo pretende a través de un análisis jurídico tomar conceptos del derecho
constitucional que permitirán dar génesis a los conceptos de buen gobierno y buena
administración como principios que vienen a hacerle frente al quehacer errado de la
Administración y el Gobierno y permiten que su actuar se encamine a la protección de la
persona, que es el fin principal de la organización administrativa.
Palabras clave: Administración, Gobierno, buen gobierno, buena administración,
prevención, principios administrativos, principios constitucionales.
1
Abogado con máster en Derecho Administrativo de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del
Rosario. Doctor de la Universidad de Salamanca y miemb ro de la red Alumni del Max-Planck-Institut für
ausländisches öffentliches Recht und Völkerrecht. Correo electrónico: juansolorzano@usal.es
https://orcid.org/0000-0002-5260-6464
Revista CIVILIZAR: Ciencias Sociales y Humanas, 19(36) enero junio 2019
DOI: http://dx.doi.org/10.22518/usergioa/jour/ccsh/2019.1/axx
p-ISSN: 1657-8953 | e-ISSN: 2619-189X
Abstract
The executive power in the current Model State acquires a special role in the guarantee of
the constitutional rights. On this basis, the constitution demands that the Administration and
the Government comply fully the constitutional postulates. Nevertheless, in the praxis the
Executive not completely adheres to the constitutional norm. So this article pretend through
a legal analysis to take concepts of constitutional law and with this basis we can create the
good government and good administration, they are principles that prevent the mistakes of
the Administration and the Government and allow that in the daily job protect the person,
that is the main target for the administrative organization.
Keywords. Administration, Government, Good Administration, Good Government,
prevention, administrative principles, constitutional principles.
Introducción
El objeto del presente artículo es evidenciar la importancia que tienen el Gobierno y la
Administración en la consecución de los derechos constitucionales, particularmente los
referidos al postulado social. Para sustentar la anterior afirmación nos basamos en tres
premisas:
La primera de ellas, es que la Constitución política de 1991 en su artículo primero
preceptúa que Colombia es un Estado social y democrático de Derecho, garante de los
principios democráticos, de la dignidad humana y del interés general. De aquí se desprende
el carácter social e interventor del Estado, el cual no solo pretende garantizar el aspecto
formal de las normas y principalmente de los derechos, sino que debe incluir el aspecto
material. Este mandato está establecido en los artículos 2 y 5 de la Norma Superior.
La segunda, se relaciona con la primera ya que parte de la obligación del Estado de
remover todas las rémoras que obstaculizan la garantía de los derechos de las personas. Esto
implica una visión en que el principal objeto del Estado es promover cambios en busca de
mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Por lo tanto, la satisfacción de las

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