Identidad de género infantil como derecho humano: una asignatura pendiente en el contexto jurídico estatal
Autor | Miguel Angel León Ortiz |
Cargo | Miguel Angel León Ortiz es Maestro y Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Actualmente cursa el quinto semestre del Doctorado Interinstitucional en Derecho (DID) de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN, México). líneas de investigación: Género y diversidades, bioética y derecho, derecho de familia. https:// |
Páginas | 119-152 |
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© The author; licensee Universidad de la Cost a - CUC.
JURÍDIC AS CUC vol. 17 no. 1, pp. 119–152. Enero - Diciembre, 2021
Barranquil la. ISSN 1692-3030 I mpreso, ISSN 2389-7716 Online
Resumen
El aparato ideológico en el que se fundó el dis-
forma concomitante la estructura del estado-
nacional. Este evento originó, en contraste con
entre las personas, restringiendo los derechos
-
sobre todo, si se confrontan con el ideal moderno
del buen ciudadano, quien requería cubrir tres
condiciones básicas, institucionalizadas social-
premisas ideológicas, generaron por muchos
años, condiciones de desventaja social hacia las
personas que no encajaban en esos presupues-
tos, por medio de su incorporación en la norma-
tividad jurídica estatal impidiendo, a través de
la invisibilidad, que otras formas distintas de
tenga como objetivo primordial, dilucidar algu-
nos aspectos novedosos sobre la tendencia que
priva en la esfera del derecho internacional de
derechos humanos en torno al reconocimiento
del derecho a la identidad de género infantil,
con base en tres cuestiones: el enfoque integral
de derechos de la niñez, el paradigma del rol
principio no patológico de las diversidades de
género, partiendo de la revisión de instrumen-
literatura especializada sobre la materia.
Palabras clave: Derechos humanos; identidad
género; infantes trans
•
JURÍ DICAS CUC, vol. 17 no . 1, pp. 119–152, E nero - Diciembre, 2021
Identidad de género infantil como derecho
humano: una asignatura pendiente en el
contexto jurídico estatal
A pending issue in the state legal context
Miguel Angel León Ortiz
.
Para citar este artículo:
en el contexto jurídico estatal. Jurídi cas CUC
juridcuc.17.1.2 021. 05
.
Abstract
The ideological device which the generic-sex
-
comitant form the structure of the national-
estate. This event originated, in contrast
with the postulates of the nineteenth-cen-
regime among people, restricting women,
children, corporate diversities and gender’s
rights because of the natural differences or
cultural that underlies among them, espe-
ideal of the good citizen, who needs to cover
-
ized: to be a man, to be white and to be an
owner. These ideological premises, generated
-
those budgets, with its incorporation in the
state legal regulations preventing, through
-
ceiving and expressing the gender, were rec-
ognized and respected in the social sphere,
sharpening in the child case. Therefore, this
deprives in the sphere of international and
human rights around the recognition of the
base in three issues: the integral approach
of children’s rights, the paradigm of the child
dealing role, and the acknowledgement of
the non-pathological principle of the gender
diversities, starting from the revision of the
multilevel legal instruments and some lit-
Key words: Human rights; child gender iden-
infants
120
IntroduccIón
-
gorías lingüísticas que reúnen a grupos de personas, prácticas,
social sobre los cuerpos, la identidad de género o las expresiones de
trans a partir
de la década de los setenta, exigió a los organismos internacionales a
llevar a cabo una serie de acciones tendentes a promover un modelo
de cultura jurídica respetuoso de los derechos humanos de las per-
miedo a la discriminación, rechazo, o violencia social basada en la
idea del pánico moral, que sirve, como señaló , para
estigmatizar a un grupo de personas por representar una supuesta
amenaza para el status quo relativo a ciertos valores e intereses
identidad– en la multitud de actividades de la vida diaria.
Corría el año 2006, cuando se gestaron los primeros esfuerzos
internacionales para intentar elaborar un documento que permitiera
enarbolar los estándares jurídicos que sirvieran de base para que
derivados de los instrumentos internacionales de derechos humanos
la normatividad nacional, garantías de protección para resolver
aquellos asuntos donde resultaran violentadas las prerrogativas
fundamentales de personas con motivo, entre otras razones, de la
identidad de género. En primer lugar, a partir de la Declaración de
MontrealConferencia Internacional sobre los derechos Humanos
más adelante, en el año 2007, con la aprobación, en el seno de la
JURÍ DICAS CUC, vol. 17 no . 1, pp 87–152, Enero - Diciembre, 2021
121
Principios sobre la
Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos
en relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género,
1
nacional de Juristas-CIJ, 2007
De ahí a la fecha, han sido varios los pronunciamientos, recomen-
-
trans en
-
una diversidad de género que contraviene el aparato jurídico cisnor-
mado, es decir, la falsa creencia o estereotipo social que presupone
-
La Discriminación-CONAPRED, 2016
La cuestión se torna todavía más compleja, si se agrega la
según el cual a los NNA, en tanto éstos son seres disminuidos
la potestad para decidir, con base en sus propias expectativas, lo
1 Es pertinente anotar que, el documento de referencia, fue presentado un año
antes por un grupo de expertos de veinticinco países ajenos a cualquier organismo
internacional, convirtiéndose en el primer esfuerzo de portavoces de la sociedad
civil, centrado en garantizar los derechos de este colectivo de personas.
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