La importancia de decolonizar la enseñanza del derecho internacional de los derechos humanos: el caso de la consulta previa en Colombia - Núm. 39, Julio 2017 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 736457533

La importancia de decolonizar la enseñanza del derecho internacional de los derechos humanos: el caso de la consulta previa en Colombia

AutorJimena Sierra-Camargo
CargoVisiting Fellow del Centre for Critical International Law CeCIL, Kent Law School, University of Kent (2015-2016); Visiting Fellow del Transnational Law Institute (tli), The Dickson Poon School of Law, King's College London (2015); becaria doctoral Colciencias (2012-2016) y candidata a doctora de la Universidad del Rosario; magíster en ...
Páginas137-186
Revista Derecho del Estado n.º 39, julio-diciembre de 2017, pp. 137-186
JIMENA SIERRA-CAMARGO*
La importancia de decolonizar
el derecho internacional de los derechos
humanos: el caso de la consulta previa
en Colombia**
The importance of decolonizing
International Human Rights Law:
The prior consultation in Colombia case
RESUMEN
La consulta previa ha sido reconocida como uno de los instrumentos más
emacipatorios en el marco del derecho internacional de los derechos huma-
nos, con el que cuentan los pueblos indígenas y las comunidades étnicas para
* Visiting Fellow del Centre for Critical International Law CeCIL, Kent Law School, Uni-
versity of Kent (2015-2016); Visiting Fellow del Transnational Law Institute (tli), The Dickson
Poon School of Law, King’s College London (2015); becaria doctoral Colciencias (2012-2016)
y candidata a doctora de la Universidad del Rosario; magíster en Sociología Jurídica de la Uni-
versidad Nacional de La Plata (Argentina); abogada de la Universidad Externado de Colombia;
alumni 2014 del Institute for Global Law and Policy iglp, Harvard Law School, the Workshop
2014 (Doha, Qatar) y alumni del mismo Instituto, en the African Workshop 2016 (Cape Town,
South Africa). Se ha desempeñado como docente de Derecho Internacional, Derechos Humanos
y Derecho Internacional Humanitario, Ambiente y Desarrollo, Argumentación y Hermenéutica
Jurídicas, Cine y Derechos Humanos, inter alia. Ha sido abogada en la Comisión Colombiana
de Juristas y la Coalición contra la Vinculación de Niñas, Niños y Jóvenes al Conflicto Armado
en Colombia y en la Defensoría Delegada para los Derechos de la Mujer, la Niñez y la Juventud.
Contacto: jimenasierra@gmail.com
** Una versión previa de este artículo fue presentada en la conferencia “Third World Ap-
proaches to International. On Praxis and the Intellectual” que se llevó a cabo en The American
University of Cairo (El Cairo, Egipto) entre el 21 y el 24 de febrero de 2015; así como en el
Workshop auspiciado por Windsor University, que tuvo lugar en Windsor University (Windsor,
Canadá) entre el 6 y el 8 de junio de 2015. Quiero agradecer a Windsor University y al Institute
for Global Law and Policy (iglp) por su apoyo. Asimismo, quiero extender mi especial agra-
decimiento, por sus comentarios y lecturas a borradores y versiones previas de este artículo, a
los profesores y colegas William Conklin, Sujith Xavier, Usha Natarajan, John Reynolds, Tyler
McCreary, Laura Gutiérrez-Escobar y, especialmente, a Amar Bhatia. Las limitaciones de este
artículo son solo mías.
Recibido el 31 de enero de 2017, aprobado el 19 de abril de 2017.
Para citar el artículo: Sierra-Camargo, J. La importancia de decolonizar el derecho in-
ternacional de los derechos humanos: el caso de la consulta previa en Colombia. Derecho del
Estado n.º 39, Universidad Externado de Colombia, julio-diciembre de 2017, pp. 137-186.
DOI: https://doi.org/10.18601/01229893.n39.07
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defender sus territorios en la actualidad. Sin embargo, la consulta previa
también ha tenido en algunos casos un uso ambivalente por diversos actores
que han acudido a este instrumento para fines diferentes a los contemplados
en el Convenio 169 de la oit, uso que, lejos de proteger los derechos de los
pueblos y comunidades, ha redundado en su afectación y en el detrimento
de estos grupos. El propósito principal de este artículo es cuestionar el uso
ambivalente de la consulta previa en Colombia desde la perspectiva del
pensamiento decolonial, partiendo de la noción de la ‘colonialidad’. Espe-
cíficamente se argumenta que el problema de las restricciones y limitaciones
de la consulta que se explican en este artículo obedece a los sesgos coloniales
que arrastra la consulta y que a su vez se encuentran imbuidos en la lógica
liberal a la que responde dicha institución.
PALABRAS CLAVE
Consulta previa, ambivalencia, crítica decolonial, colonialidad, paradoja
inclusión/exclusión.
ABSTRACT
Prior consultation has been recognized as one of the most emancipatory
instruments within the framework of international human rights law, which
currently allows indigenous peoples and ethnic communities defend their
territories. Nevertheless, in some cases the prior consultation has had an
ambivalent use by other agents who have used this instrument for different
purposes than those stated in ilo Convention 169 and that have caused serious
damages on these groups. In this sense, the main purpose of this article is
to question the ambivalent use of prior consultation in Colombia from the
perspective of ‘decolonial thinking’, and in particular, from the notion of
‘coloniality’. I argue that the problem of the restrictions and limitations of the
prior consultation described in this article is due to the colonial bias of this
instrument, which in turn is embedded in a liberal rationality.
KEYWORDS
Prior consultation, ambivalence, decolonial critique, coloniality, the inclusion/
exclusion paradox.
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SUMARIO
Introducción: el problema de la ambivalencia de la consulta previa en
Colombia. 1. Un breve resumen de los estándares de la consulta previa en
Colombia. 2. El uso ambivalente de la consulta previa en Colombia: tres
casos emblemáticos. 3. Repensar la consulta previa desde una perspectiva
decolonial. Conclusión: la importancia de decolonizar la consulta previa en
Colombia. Referencias.
Este es, amigos, el nudo de nuestra soledad […].
Es comprensible que insistan en medirnos con la misma vara
con que se miden a sí mismos, sin recordar que los estragos de la vida
no son iguales para todos, y que la búsqueda de la identidad propia
es tan ardua y sangrienta para nosotros como lo fue para ellos.
La interpretación de nuestra realidad con esquemas ajenos
sólo contribuye a hacernos cada vez más desconocidos,
cada vez menos libres, cada vez más solitarios. Tal vez la Europa venerable
sería más comprensiva si tratara de vernos en su propio pasado.
Gabriel García Márquez
Discurso de recepción del Premio Nobel de Literatura
8 de diciembre de 1982, Estocolmo (Suecia)
INTRODUCCIÓN: EL PROBLEMA DE LA AMBIVALENCIA
DE LA CONSULTA PREVIA EN COLOMBIA
El derecho internacional de los derechos humanos (en adelante, diddhh) es
reconocido como una de las instituciones jurídico-políticas más importantes
de la modernidad por su carácter emancipatorio. Sin embargo, este conjun-
to de normas también arrastra un profundo sesgo colonial. Los orígenes
europeo-occidentales del diddhh han impregnado a este derecho de un sello
que responde a una mirada del mundo profundamente eurocéntrica. Esta
mirada tiende a inhibir la capacidad de imaginar ‘otros’ mundos posibles
que difieren de una forma de vida que se presenta como única y que a su vez
responde a las condiciones prácticas y legales que impone una racionalidad
económica dominante.
Los usos que se la han dado por parte de algunos actores a la consulta
previa son un ejemplo de las restricciones que conlleva el diddhh, como
consecuencia de las continuidades del pensamiento colonial, que a su vez
se encuentran imbuidas en una visión liberal. En efecto, la consulta previa
suele ser percibida como una de las instituciones más emancipatorias en el
marco del diddhh, en la medida que tiene como propósito incluir en la toma
de decisiones que implican la afectación de territorios ancestrales a pueblos
y comunidades étnicas que han sido discriminadas históricamente.

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