La Inasistencia Alimentaria como Violencia Económica - Food non-Attendance as Economic Violence - Núm. 26, Enero 2020 - Nuevo Derecho - Libros y Revistas - VLEX 847816921

La Inasistencia Alimentaria como Violencia Económica - Food non-Attendance as Economic Violence

AutorDiana Maria Londoño Vasquez
CargoAbogada, maestranda en Derecho Procesal de la Universidad del Rosario de Argentina
Páginas1-16
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La inasistencia alimentaria como violencia económica
Food non-Attendance as Economic Violence
Diana María Londoño Vásquez1
Recibido: 15/11/2019. Aceptado: 30/04/2020 – Publicado: 11/05/2020
Cómo citar este artículo: Londoño, D. M. (2020). La inasistencia alimentaria como violencia económica. Nuevo
Derecho; 16(26): 1-16
Resumen
La violencia económica, mirada desde la mujer que ha sido víctima, ha tenido mayor
trascendencia desde la expedición de la Ley 1257 de 2008, sin embargo, ha sido objeto
de excepcionales pronunciamientos judiciales, administrativos, y se ha omitido analizar
desde otros factores que terminan incidiendo en la misma y generando nuevas violen-
cias, como la inasistencia alimentaria. Aspectos como el divorcio, la disolución de la
sociedad marital de hecho, la ruptura sentimental de una relación de noviazgo bajo la
cual se ha procreado descendencia, y en términos generales la suspensión de la vida
en común de los padres son la causa por las que se denomina como una nueva forma
de violencia económica, aspectos a los cuales se les deben sumar, los sentimientos
egoístas, egocéntricos y faltos de sentido común del alimentante o inmadurez e insen-
satez de uno de los progenitores. El legislador se ha quedado corto al momento de
denir las diferentes formas de violencia económica de las que puede ser víctima una
persona y ha desconocido la inasistencia alimentaria como integrante de esta, por lo
que es necesario replantear las diferentes concepciones que al respecto ha tenido la
jurisprudencia, la doctrina y el derecho comparado, a efecto de determinar la oportu-
nidad y necesidad de la inclusión de la inasistencia alimentaria, como factor generador
de violencia económica.
Palabras clave: violencia económica, inasistencia alimentaria, género, equidad,
igualdad, derechos.
Abstract
The economic violence seen from the woman as a victim of it, has had a greater
signicance since the issuance of Law 1257 of 2008. However, it has been subject to an
exceptional judicial and administrative pronouncements, and it has been omitted to be
analyzed from other factors that end up affecting in it and generating new violence, such
as food non-attendance. Aspects such as divorce, the dissolution of the marital society
in fact, the emotional breakdown of a relationship under it has been procreation, and in
general terms the suspension of the parents common life, are the cause of what we will
1 Abogada, maestranda en Derecho Procesal de la Universidad del Rosario de Argentina. Correo electrónico:
dianalondono.abogada@gmail.com.
Londoño. La inasistencia alimentaria como violencia económica
Nuevo Derecho, Vol. 16, No. 26, enero - junio de 2020, pp. 1-16 . ISSNe: 2500-672X. Envigado –Colombia
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call a new form of economic violence. Aspects to which it must be added, the selsh,
egocentric and lack of common sense by the one who provides the food or immaturity
and irrationality of one of the parents. The legislator has fallen short when dening the
different forms of economic violence that a person may be a victim of and has unknown
food absence as a member of it. So it is necessary to rethink the different conceptions
that had emerged about, from the jurisprudence, the doctrine and the comparative law,
in order to determine the opportunity and need for the inclusion of food non-atten-
dance, as a factor generating economic violence.
Keywords: Economic violence, food non-attendance, gender, equity, equality, human
rights.
1. Introducción
La Ley 1257 (Congreso de la República, 2008) denió en su ar tículo 2 la violencia
contra la mujer, por su parte el literal d) del artículo 3 extrae algunos elementos que
conguran el daño patrimonial contra la mujer. A su vez los ar tículos 24 y 130 del Código
de Infancia y Adolescencia (Congreso de la República, 2006, Ley 1098), de manera
única en toda la legislación colombiana, mencionan la obligatoriedad del pago o sumi-
nistro de la cuota alimentaria, en favor de los menores de edad y las diferentes formas
de coacción que tiene la persona beneciaria de la cuota alimentaria para hacerla exigir
ante las autoridades judiciales correspondientes.
Sin embargo, se ha quedado corto el legislador, y aún más la jurisprudencia y en
algunos casos las decisiones administrativas o judiciales, para encuadr ar como violencia
económica o de género este tipo de obligaciones constitucionales, que, por demás,
tienen un respaldo, fundamento u origen en las normas internacionales, especíca-
mente en el bloque de constitucionalidad.
Al ser en últimas el sujeto beneciario de la cuota alimentaria un menor de edad
diferente de la mujer, cuando es esta quien tiene su custodia y cuidados personales, no
se podría encuadrar en violencia de género o violencia contra la mujer, sin embargo,
en razón de las mismas facultades que se le otorgan a sus padres para administrar los
recursos económicos o patrimoniales cuando se trata de un menor de edad, ese incum-
plimiento en la obligación alimentaria o en el pago de la cuota alimentaria degenera
en una violencia de género bajo la modalidad de violencia económica, así cuando se
omite dicha obligación en razón de la persona que administra dichos recursos, que en la
mayoría de los casos es una mujer, estamos en presencia de una violencia económica.
De ahí que este texto está encaminado a demostrar los resultados que el análisis de la
legislación, la jurisprudencia, la doctrina y la casuística especíca han arrojado respecto
de la inclusión de la inasistencia alimentaria como violencia económica, violencia contra
la mujer y violencia basada en el género, que además pretende ser el punto de partida
de la nueva legislación, con sentido social y real, es decir que regule situaciones que se
den en la práctica y en la cotidianidad de las mujeres y los menores en Colombia.

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