Introducción. Sobre la regulación judicial - - - Elementos sobre la justicia - Libros y Revistas - VLEX 648861609

Introducción. Sobre la regulación judicial

AutorFabrice Hourquebie
Páginas3-9
3
Sobre la regulación judicial
Regular es arbitrar. Ahora bien, el arbitraje de las relaciones entre los pode-
res públicos puede realizarse en distintos niveles: arbitraje organizacional,
arbitraje procedural, arbitraje normativo.
Desde esta perspectiva, la regulación ciertamente está al servicio del
equilibrio de poderes o de las relaciones interindividuales (aunque en este
caso se trata de una dimensión estática); pero está mucho más al servicio
del reequilibrio permanente de los poderes, supliendo, mediante ajustes in-
ducidos, ajustes que deberían ser espontáneos (perspectiva dinámica; lógica
sistémica del juego de poderes en la democracia constitucional).
A partir de esto surgen tres preguntas:
1. ¿Para un juez qué signica regular? Esta pregunta se relaciona con
la denición del ocio del juez.
2. ¿Hasta qué punto la justicia puede tener una funcin reguladora?
Esta pregunta se relaciona con la amplitud y el alcance de las com-
petencias movilizadas;
3. Y nalmente, ¿todo puede someterse a la regulación? Esta pregunta
se relaciona con los límites de la regulación y, por lo tanto, con la
crítica al gobierno de los jueces.
1. ¿Qué es la regulación?
El juez ejerce sin ambigüedad una amplia función reguladora. Aunque el
término no sea propio del derecho, no es ajeno a los juristas. Antes de que
la doctrina lo calicara como “órgano regulador”, el Consejo Constitucio-
nal francés, por ejemplo, se auto-atribuy esta misin de regulacin, en su
sentencia del 6 de noviembre de 1962, en la que se denió como “un órgano

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