La investigación en el departamento de derecho fiscal - Núm. 4, Marzo 2011 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 736961157

La investigación en el departamento de derecho fiscal

AutorCentro de Estudios Fiscales
Páginas57-72
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LA INVEsTIgACIÓN EN EL
DEPARTAmENTO DE DEREChO
fIsCAL
CE N T RO D E ES T U D I O S FI S C A L E S
sus gastos públicos, en todos los niveles,
nacional, departamental y distrital y muni-
cipal, de un lado, y la amplia cobertura de
las discusiones entre el Estado y los contri-
buyentes alrededor del monto de las obliga-
ciones tributarias, y también la amplia gama
de relaciones entre particulares alrededor de
las cláusulas tributarias en sus relaciones
económicas, han extendido de manera muy
notable el ámbito de la realidad dentro de
la cual la especialidad de los conocimientos
fiscales tiene cabida. Este tipo de situaciones
fácticas, que son de carácter económico pero
que tienen una dimensión jurídica, son cada
vez más crecientes y se incrustan tanto en el
Derecho Público, que es su espacio natural,
como en los demás ámbitos del Derecho,
comoquiera que es un Derecho transversal
que tiene relaciones directas con el Derecho
Civil y Comercial, el Derecho Internacional
Público y Privado, el Derecho Laboral y
hasta el Derecho Penal.
Si bien es necesario comprender los fe-
nómenos económicos sobre los cuales se
estructuran las relaciones jurídicas en el
ámbito fiscal, también lo es entender que,
como consecuencia de la naturaleza jurídica
del Derecho Fiscal, se configura como una
I. Consideraciones generales
La investigación como un espacio de
generación de nuevos conocimientos en el
área del Derecho Fiscal hace parte del que-
hacer natural de una universidad. En nuestro
caso, luego de diseñar, ejecutar y evaluar los
programas académicos en pregrado, con la
cátedra de Hacienda Pública, en posgrados,
en el prime nivel con las especializaciones
a nuestro cargo y, en el segundo nivel, con
la maestría, fue necesario crear un espacio,
inicialmente de discusión de los temas fun-
damentales y, posteriormente, de búsqueda
de respuestas a interrogantes concretos de
nuestra área a través de procesos estructu-
rados de investigación.
La importancia de generar conocimiento
en esta área del Derecho se ha convertido
en una realidad inaplazable, por la dinámica
de los cursos académicos, tanto en pregrado
como en posgrado, y especialmente por la
maestría que les exige a los estudiantes ade-
lantar un proyecto de tesis, para lo cual el
Departamento tuvo que adaptar su estructura
para acompañar y fortalecer este proceso1.
La realidad fiscal,entendida como la for-
ma en que las entidades públicas financian
1. El Centro de Estudios Fiscales, CEF , fue creado en el año 1998, pero es a partir de la iniciación
de los cursos de Maestría en Derecho con énfasis en Tributación (2002) que se ve fortalecido por
la reestructuración de las funciones a desarrollar.
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rama del Derecho propia y autónoma, es-
tando fuertemente imbricada con las demás
ramas del Derecho, y correspondiéndole las
normas de todo tipo, constitucionales, lega-
les y reglamentarias, la jurisprudencia que le
es consustancial y la doctrina respectiva.
En este contexto, la ausencia de una le-
gislación clara y la existencia de una juris-
prudencia prolija en decisiones que muchas
veces no se caracteriza por su coherencia,
hacen necesaria la promoción de procesos
de investigación que permitan proponer y
reflexionar en torno a la generación de ins-
trumentos jurídicos que, con los elementos
de tipo económico y contable inherentes a
la materia, contribuyan a la generación de
una estructura legal que obedezca y pueda
ajustarse a las finalidades establecidas en el
modelo de Estado constitucional adoptado
en 1991. Y aún más, incluso con una legis-
lación de mejor calidad será inevitable que
los particulares interpreten las disposiciones
tributarias al momento de cumplir con sus
obligaciones de igual índole, por la propia
naturaleza de estas obligaciones que tienen
un carácter masivo y que cubren todas las
actividades económicas de un sujeto al
momento de cuantificar su obligación. Pero
igualmente en los distintos ámbitos de las
actuaciones públicas la aplicación de las
disposiciones a los casos particulares es
inevitable y cada vez más expansiva. Tanto
en la rama ejecutiva como, desde luego, en
la jurisdiccional.
Bajo tales circunstancias, el Departa-
mento de Derecho Fiscal ha estructurado
el Centro de Estudios Fiscales (C E F ) con
el ánimo de abrir una instancia de estudio
y reflexión, que examine con un análisis
crítico los problemas de carácter fiscal des-
de una perspectiva esencialmente jurídica,
sin abandonar los requerimientos de otras
disciplinas necesarias para comprender el
fenómeno fiscal y tributario, con el fin de
conocer a profundidad la estructura fiscal
del Estado colombiano y, en segundo lugar,
indagar por los problemas más críticos de las
finanzas públicas, iniciar a los estudiantes
y profesores en la necesidad de adelantar
estudios, fomentar la investigación y la
divulgación de los trabajos adelantados, y
propiciar escenarios de debate que estimu-
len el desarrollo del país en el ámbito de su
política fiscal y tributaria.
Como lo manifestara el profesor español
SA I N Z D E BU JA N D A 2,
“el ritmo vertiginoso de la vida moderna,
al que no escapa el Estado, ha dado origen
a una c opiosa legislación fiscal que no
participa ciertamente de esas virtudes. Los
defectos que en ella se observan pueden ser
disculpados a la administrac ión pública,
que en muchas ocasiones se ve forzada a
dictar sus disposiciones dentro de plazos
irreba sables. Pero es necesario que los
profesionales del derecho comprendan la
necesi dad i mperiosa de que t odos esos
preceptos positivos sean cuidadosamente
estud iados, analiz ados, sistema tizados,
para que la envoltura doctrinal de que se
les revista pueda paliar sus deficiencias y
desterrar, en la medida de lo posible, los
criterios puramente burocráticos que hoy
imperan, y la solución de los problemas
fiscales no quede exclusivamente confiada a
2. FE R N A N D O SA I N Z D E BUJ A N D A , Hacienda y Derecho, t. I, Madrid, Ins tituto de Estudios
Políticos, 1975, p. 46.

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